El Ayuntamiento de Mutxamel convoca pruebas de selección para la constitución de una bolsa de trabajo de Oficial de Instalaciones y Eventos y otra de Conserje de Dependencias Municipales, Instalaciones y Eventos.
El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 12 al 22* de Noviembre de 2010,a.i.}(*por ser domingo el 21).
Los sucesivos anuncios se publicarán, únicamente, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Mutxamel (http://www.mutxamel.org).
El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 12 al 22* de Noviembre de 2010,a.i.}(*por ser domingo el 21).
Los sucesivos anuncios se publicarán, únicamente, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Mutxamel (http://www.mutxamel.org).
Las Bases que regirán las pruebas de esta convocatoria son las que figuran a continuación:
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE OFICIAL DE INSTALACIONES Y EVENTOS.
Base primera. Objeto y características. 1.- El objeto de la convocatoria consiste en crear de una bolsa de trabajo de Oficial de Instalaciones y Eventos, para hacer frente a las necesidades de personal de dicha categoría que puedan surgir por la puesta en funcionamiento de nuevos servicios, ausencias, incapacidades temporales, necesidades urgentes, etc.
2.- Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
3.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
4.- El puesto de Oficial de Instalaciones y Eventos está retribuido con el sueldo base, que será, por equiparación, el establecido para el Grupo «C2» y con los complementos estipulados en el Catálogo/Relación de Puestos de Trabajo.
5.- Corresponde al Oficial de Instalaciones y Eventos, entre otras, las siguientes funciones y tareas:
a) Organizar la ejecución y realizar el montaje y desmontaje de infraestructuras y equipamientos técnicos dirigidos a la producción de cualquier tipo de evento o proyecto sociocultural, tales como audiovisuales, multimedia, exposiciones, representaciones escénicas y espectáculos, cuya localización se haya programado en cualquiera de los diversos equipamientos municipales o bien en espacios abiertos.
b) Realizar los trabajos de adecuación de los espacios escénicos, abiertos o cerrados, traslados de material y de equipamiento mediante vehículos automóviles para la realización de las actividades socioculturales contenidas en la programación cultural del ayuntamiento.
c) El manejo, guardia y custodia, conservación e inventario de cualquiera elementos tecnológicos y materiales escénicos depositados en los equipamientos gestionados por la concejalía de Cultura, tales como equipos de iluminación y sonido, audiovisuales, equipos informáticos, decorados, utilería y atrezzo, vestuario, y similares.
d) Custodiar, conservar e inventariar permanentemente el patrimonio cultural municipal que se halle depositado en la Casa de la Cultura.
e) Realizar la gestión de la venta de entradas a los eventos socioculturales, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
f) En general, cumplir y realizar todas aquellas tareas inherentes a la categoría profesional de Oficial que le sean asignadas por sus superiores jerárquicos por necesidades del servicio.
6.- La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
Base segunda. Requisitos. 1.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
f) Estar en posesión del permiso que habilite para la conducción de vehículos de la clase B.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.(22 de Noviembre de 2010).
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE CONSERJE DE DEPENDENCIAS MUNICIPALES, INSTALACIONES Y EVENTOS.
Base primera. Objeto y características. 1.- El objeto de la convocatoria consiste en crear de una bolsa de trabajo de Conserje de Dependencias Municipales, Instalaciones y Eventos, para hacer frente a las necesidades de personal de dicha categoría que puedan surgir por la puesta en funcionamiento de nuevos servicios, ausencias, incapacidades temporales, necesidades urgentes, etc.
2.- Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
3.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
4.- El puesto de Conserje de Dependencias Municipales, Instalaciones y Eventos está retribuido con el sueldo base, que será, por equiparación, el establecido para las Agrupaciones Profesionales y con los complementos estipulados en el Catálogo / Relación de Puestos de Trabajo.
5.- Corresponde al Conserje de Dependencias Municipales, Instalaciones y Eventos, entre otras, las siguientes funciones y tareas:
a) Colaborar mediante actuaciones materiales en la gestión y preparación de los espacios para la realización de las actividades socioculturales, siguiendo las instrucciones de los superiores jerárquicos.
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE OFICIAL DE INSTALACIONES Y EVENTOS.
Base primera. Objeto y características. 1.- El objeto de la convocatoria consiste en crear de una bolsa de trabajo de Oficial de Instalaciones y Eventos, para hacer frente a las necesidades de personal de dicha categoría que puedan surgir por la puesta en funcionamiento de nuevos servicios, ausencias, incapacidades temporales, necesidades urgentes, etc.
2.- Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
3.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
4.- El puesto de Oficial de Instalaciones y Eventos está retribuido con el sueldo base, que será, por equiparación, el establecido para el Grupo «C2» y con los complementos estipulados en el Catálogo/Relación de Puestos de Trabajo.
5.- Corresponde al Oficial de Instalaciones y Eventos, entre otras, las siguientes funciones y tareas:
a) Organizar la ejecución y realizar el montaje y desmontaje de infraestructuras y equipamientos técnicos dirigidos a la producción de cualquier tipo de evento o proyecto sociocultural, tales como audiovisuales, multimedia, exposiciones, representaciones escénicas y espectáculos, cuya localización se haya programado en cualquiera de los diversos equipamientos municipales o bien en espacios abiertos.
b) Realizar los trabajos de adecuación de los espacios escénicos, abiertos o cerrados, traslados de material y de equipamiento mediante vehículos automóviles para la realización de las actividades socioculturales contenidas en la programación cultural del ayuntamiento.
c) El manejo, guardia y custodia, conservación e inventario de cualquiera elementos tecnológicos y materiales escénicos depositados en los equipamientos gestionados por la concejalía de Cultura, tales como equipos de iluminación y sonido, audiovisuales, equipos informáticos, decorados, utilería y atrezzo, vestuario, y similares.
d) Custodiar, conservar e inventariar permanentemente el patrimonio cultural municipal que se halle depositado en la Casa de la Cultura.
e) Realizar la gestión de la venta de entradas a los eventos socioculturales, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
f) En general, cumplir y realizar todas aquellas tareas inherentes a la categoría profesional de Oficial que le sean asignadas por sus superiores jerárquicos por necesidades del servicio.
6.- La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
Base segunda. Requisitos. 1.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
f) Estar en posesión del permiso que habilite para la conducción de vehículos de la clase B.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.(22 de Noviembre de 2010).
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE CONSERJE DE DEPENDENCIAS MUNICIPALES, INSTALACIONES Y EVENTOS.
Base primera. Objeto y características. 1.- El objeto de la convocatoria consiste en crear de una bolsa de trabajo de Conserje de Dependencias Municipales, Instalaciones y Eventos, para hacer frente a las necesidades de personal de dicha categoría que puedan surgir por la puesta en funcionamiento de nuevos servicios, ausencias, incapacidades temporales, necesidades urgentes, etc.
2.- Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
3.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
4.- El puesto de Conserje de Dependencias Municipales, Instalaciones y Eventos está retribuido con el sueldo base, que será, por equiparación, el establecido para las Agrupaciones Profesionales y con los complementos estipulados en el Catálogo / Relación de Puestos de Trabajo.
5.- Corresponde al Conserje de Dependencias Municipales, Instalaciones y Eventos, entre otras, las siguientes funciones y tareas:
a) Colaborar mediante actuaciones materiales en la gestión y preparación de los espacios para la realización de las actividades socioculturales, siguiendo las instrucciones de los superiores jerárquicos.
b) Realizar la gestión y el mantenimiento de tablones de anuncios, paneles y espacios divulgativos en general, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
c) Realizar la gestión de la venta de entradas a los eventos socioculturales, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
d) Actividades de mantenimiento básico de equipamientos e instalaciones.
e) En general, cumplir y realizar todas aquellas tareas inherentes a la categoría profesional de Conserje que le sean asignadas por sus superiores jerárquicos por necesidades del servicio.
6.- La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
Base segunda. Requisitos. 1.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) Estar en posesión del permiso que habilite para la conducción de vehículos de la clase B.
DISPOSICIONES COMUNES:
Base tercera. Solicitudes y plazo de presentación de instancias. 1.- Las personas que deseen participar en la selección lo solicitarán mediante instancia dirigida a la Sra. Alcaldesa de este Ayuntamiento, en la que harán constar que reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases.
2.- Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previst en la normativa reguladora del procedimiento administrativo, en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo, dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax, telegrama o burofax.
3.- A la instancia se acompañará justificante de haber abonado las tasas por derechos de examen y fotocopia autenticada de los documentos acreditativos que hayan de ser valorados en el concurso. No podrán ser objeto de valoración los aportados a posteriori.
4.- Las tasas por derechos de examen para participar en el procedimiento selectivo están fijadas en 6,01 €. La falta de pago de los derechos de examen será motivo de exclusión.
5.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 12 al 22* de Noviembre de 2010,a.i.}(*por ser domingo el 21).
www.mutxamel.org
c) Realizar la gestión de la venta de entradas a los eventos socioculturales, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
d) Actividades de mantenimiento básico de equipamientos e instalaciones.
e) En general, cumplir y realizar todas aquellas tareas inherentes a la categoría profesional de Conserje que le sean asignadas por sus superiores jerárquicos por necesidades del servicio.
6.- La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
Base segunda. Requisitos. 1.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) Estar en posesión del permiso que habilite para la conducción de vehículos de la clase B.
DISPOSICIONES COMUNES:
Base tercera. Solicitudes y plazo de presentación de instancias. 1.- Las personas que deseen participar en la selección lo solicitarán mediante instancia dirigida a la Sra. Alcaldesa de este Ayuntamiento, en la que harán constar que reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases.
2.- Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previst en la normativa reguladora del procedimiento administrativo, en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo, dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax, telegrama o burofax.
3.- A la instancia se acompañará justificante de haber abonado las tasas por derechos de examen y fotocopia autenticada de los documentos acreditativos que hayan de ser valorados en el concurso. No podrán ser objeto de valoración los aportados a posteriori.
4.- Las tasas por derechos de examen para participar en el procedimiento selectivo están fijadas en 6,01 €. La falta de pago de los derechos de examen será motivo de exclusión.
5.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 12 al 22* de Noviembre de 2010,a.i.}(*por ser domingo el 21).
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