Anuncio del Ayuntamiento de Chiva sobre exposición pública de las bases del proceso selectivo para cubrir por procedimiento de oposición libre una plaza de Técnico Medio Gestor Cultural, funcionario, grupo A, subgrupo A2, nivel de complemento de destino 22 y demás retribuciones complementarias.
ANUNCIOPor el señor alcalde-presidente ha sido dictada la Resolución de Alcaldía número 40/2011, que aprueba las bases que han de regir el proceso selectivo para la cobertura definitiva de una plaza de Técnico Medio Gestor Cultural, funcionario, cuyo contenido es el siguiente:
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria es la selección como funcionario de carrera mediante oposición libre, de una plaza de Técnico Medio Gestor Cultural, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, clase de Técnico Medio, dotada con el sueldo base correspondiente al grupo de clasificación A2, nivel de complemento de destino de puesto 22, y resto de retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente y al Presupuesto General Municipal
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de la presentación de instancias y mantenerse durante el proceso selectivo:1.- Tener la nacionalidad española o de pertenencia a cualquiera de los Estados integrantes de la Unión Europea o de otros estados en los términos del artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 abril.
2.- Estar en posesión de la titulación propia del grupo A2 o titulación superior o cumplidas las condiciones para obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias o titulación que habilite para el desempeño de las funciones de la plaza convocada, que son las siguientes:
Informar, asesorar y gestionar los programas culturales
Tramitación y seguimiento de las subvenciones de las diferentes Administraciones Públicas.
Coordinar y desarrollar las demandas culturales del municipio.
Cualquiera otra función accesoria a las anteriores o que se le encomiende que requieran un nivel de conocimiento, habilidad y esfuerzo similares en relación con el contenido del puesto de trabajo.
Informar, asesorar y gestionar los programas culturales
Tramitación y seguimiento de las subvenciones de las diferentes Administraciones Públicas.
Coordinar y desarrollar las demandas culturales del municipio.
Cualquiera otra función accesoria a las anteriores o que se le encomiende que requieran un nivel de conocimiento, habilidad y esfuerzo similares en relación con el contenido del puesto de trabajo.
3.- No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones acreditado mediante Certificado Médico Oficial.
4.- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las entidades locales o de cualquier otra institución jurídica pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
6.- Abonar los derechos de examen4.- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las entidades locales o de cualquier otra institución jurídica pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
TERCERA.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Las instancias para tomar parte en las presentes pruebas selectivas, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en estas bases, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, así como que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa, deberán ir firmadas por el aspirante y se dirigirán al señor Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, debiendo utilizarse la instancia que se facilitará en las dependencias municipales de información al público. Las instancias se presentarán en el Registro General de la Corporación o en las demás formas que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
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