MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Becas
Resolución de 11 de enero de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de Introducción a la Investigación para estudiantes universitarios, en el marco del Programa "Junta para la Ampliación de Estudios".
PDF (BOE-A-2011-1326 - 5 págs. - 189 KB)
Otros formatos
Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 150 becas de Introducción a la Investigación para alumnos que estén realizando cursos intermedios de una carrera Universitaria de grado superior. Las becas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad. El plan de trabajo de estas becas se desarrollará en los Centros o Institutos, propios o mixtos, del CSIC, bajo la dirección de los investigadores de su plantilla o pertenecientes a los Centros mixtos.
Becas
Resolución de 11 de enero de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de Introducción a la Investigación para estudiantes universitarios, en el marco del Programa "Junta para la Ampliación de Estudios".
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Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 150 becas de Introducción a la Investigación para alumnos que estén realizando cursos intermedios de una carrera Universitaria de grado superior. Las becas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad. El plan de trabajo de estas becas se desarrollará en los Centros o Institutos, propios o mixtos, del CSIC, bajo la dirección de los investigadores de su plantilla o pertenecientes a los Centros mixtos.
2. Plazo de solicitud. El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE de esta Resolución.{del 25 de Enero al 23 de febrero de 2011, a.i.}
3. Solicitantes. Podrán solicitar las becas objeto de la presente convocatoria los españoles, los nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea y los extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener aprobados igual o más del 40% y menos del 75% de los créditos correspondientes a su titulación. En el caso de titulaciones divididas en ciclos, el número total de créditos de la titulación será la suma de los correspondientes a ambos ciclos. Si el plan de estudios de la Universidad contempla que el acceso a la titulación superior pueda realizarse desde una titulación de grado medio cursada en la misma o en distinta Universidad, el número total de créditos necesarios para obtener la titulación se calculará como la suma de los créditos necesarios para superar los estudios de grado medio más los necesarios para superar el ciclo superior.
b) Estar matriculado durante el curso 2010-2011 en una Facultad o Escuela Técnica Superior Universitaria en asignaturas que sumen un número total de créditos igual o superior a 50.
El número total de créditos en que esté matriculado o pueda matricularse el solicitante durante el curso 2010-2011, sumado al número de créditos que tenga aprobados en la fecha de solicitud de la beca, deberá ser inferior al número total de créditos requeridos para obtener la titulación.
c) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero Superior o Arquitecto.
d) Haber obtenido una nota media igual o superior a 1,50 para alumnos de Escuelas Técnicas Superiores y a 2 para alumnos del resto de enseñanzas, después de aplicar el siguiente baremo: Aprobado=1, Notable=2, Sobresaliente=3 y Matrícula de Honor=4. El cálculo de la nota media se hará sobre las calificaciones de la totalidad de créditos aprobados desde el inicio de los estudios hasta la fecha de realización de la solicitud.
e) No estar incapacitado físicamente ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
4. Dotación económica. 4.1 La cuantía total de las becas será de 1.500 euros cuando la distancia entre su localidad de residencia y la localidad de ubicación del Centro donde vaya a cumplir su plan de trabajo, sea inferior a 60 km y de 2.000 euros para distancias iguales o superiores. A efectos de esta convocatoria se considera como lugar de residencia la localidad en que el solicitante esté empadronado en el momento de solicitud de la beca.
5. Formalización de solicitudes. Las solicitudes se efectuarán utilizando los medios telemáticos que estarán disponibles en los servidores de información del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, http://www.csic.es.
Los solicitantes deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso de los medios telemáticos. Dichas páginas con la firma original, junto con la documentación adicional que se relaciona a continuación, dirigidas al Presidente del CSIC, se presentarán en el Registro General del CSIC, c/ Serrano, n.º 117, 28006 Madrid, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Solicitantes. Podrán solicitar las becas objeto de la presente convocatoria los españoles, los nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea y los extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener aprobados igual o más del 40% y menos del 75% de los créditos correspondientes a su titulación. En el caso de titulaciones divididas en ciclos, el número total de créditos de la titulación será la suma de los correspondientes a ambos ciclos. Si el plan de estudios de la Universidad contempla que el acceso a la titulación superior pueda realizarse desde una titulación de grado medio cursada en la misma o en distinta Universidad, el número total de créditos necesarios para obtener la titulación se calculará como la suma de los créditos necesarios para superar los estudios de grado medio más los necesarios para superar el ciclo superior.
b) Estar matriculado durante el curso 2010-2011 en una Facultad o Escuela Técnica Superior Universitaria en asignaturas que sumen un número total de créditos igual o superior a 50.
El número total de créditos en que esté matriculado o pueda matricularse el solicitante durante el curso 2010-2011, sumado al número de créditos que tenga aprobados en la fecha de solicitud de la beca, deberá ser inferior al número total de créditos requeridos para obtener la titulación.
c) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero Superior o Arquitecto.
d) Haber obtenido una nota media igual o superior a 1,50 para alumnos de Escuelas Técnicas Superiores y a 2 para alumnos del resto de enseñanzas, después de aplicar el siguiente baremo: Aprobado=1, Notable=2, Sobresaliente=3 y Matrícula de Honor=4. El cálculo de la nota media se hará sobre las calificaciones de la totalidad de créditos aprobados desde el inicio de los estudios hasta la fecha de realización de la solicitud.
e) No estar incapacitado físicamente ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
4. Dotación económica. 4.1 La cuantía total de las becas será de 1.500 euros cuando la distancia entre su localidad de residencia y la localidad de ubicación del Centro donde vaya a cumplir su plan de trabajo, sea inferior a 60 km y de 2.000 euros para distancias iguales o superiores. A efectos de esta convocatoria se considera como lugar de residencia la localidad en que el solicitante esté empadronado en el momento de solicitud de la beca.
5. Formalización de solicitudes. Las solicitudes se efectuarán utilizando los medios telemáticos que estarán disponibles en los servidores de información del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, http://www.csic.es.
Los solicitantes deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso de los medios telemáticos. Dichas páginas con la firma original, junto con la documentación adicional que se relaciona a continuación, dirigidas al Presidente del CSIC, se presentarán en el Registro General del CSIC, c/ Serrano, n.º 117, 28006 Madrid, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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