domingo, 16 de enero de 2011

"La Juventud en acción". Ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del programa de acción comunitario.

MINISTERIO DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD
Ayudas
Resolución de 7 de diciembre de 2010, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del programa de acción comunitario "La Juventud en acción".
PDF (BOE-A-2011-735 - 16 págs. - 376 KB)
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Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.
1. Según dispone la Decisión 1719/2006/CE, el Programa de acción comunitario «La juventud en acción» tiene por objeto desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea, con los siguientes objetivos generales:
a) Promover la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea.
b) Potenciar la solidaridad y promover la tolerancia.
c) Favorecer el entendimiento mutuo entre jóvenes
d) Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud.
e) Favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.
Todo ello, dentro del ámbito de las Acciones que se describen en el apartado primero de las bases reguladoras.
2. Las entidades y organizaciones de carácter no gubernamental así como las personas físicas representantes de un grupo de jóvenes no asociados, que concurran a la presente convocatoria, deberán cumplir, necesariamente, los requisitos establecidos en la Decisión, la Guía del Programa y, supletoriamente, en la Ley de Subvenciones y en su Reglamento.
3. Los proyectos subvencionados deberán contar con las medidas que garanticen la seguridad y protección de las personas en el mismo, de acuerdo con lo establecido en la Guía del Programa.
4. Las ayudas concedidas a grupos de jóvenes no asociados para la realización de proyectos serán canalizadas a través de la persona que se indique en la solicitud, que será asimismo el/la representante del grupo en el procedimiento económico-administrativo. Por tanto, el/la representante del grupo gestionará la ayuda para la realización del proyecto en nombre de todos sus componentes.
Requisitos para solicitar la subvención .- Tendrán la consideración de solicitantes, tanto las personas físicas representantes de un grupo de jóvenes no asociados como las entidades u organizaciones que concurran a la presente convocatoria siempre que reúnan los siguientes requisitos y teniendo en cuenta las obligaciones de las personas o entidades beneficiarias a que se refiere el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.- 1. Las solicitudes, dirigidas tanto a la Dirección General del Instituto de la Juventud como a los correspondientes Organismos de Juventud de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía, se formalizarán en los distintos modelos de solicitud, que figuran en la dirección de Internet:
http://www.juventudenaccion.migualdad.es/opencms/opencms/programa/formularios/?categoryfolder=/modules/downloads/programa/&__locale=es
En el supuesto de no reunir las solicitudes o la restante documentación requerida todos y cada uno de los requisitos previstos en la convocatoria, se estará a lo previsto en el artículo 23.5 de la Ley General de Subvenciones.
2. Dichas solicitudes, así como el anexo que se citan en esta convocatoria, podrán ser obtenidas en la dirección de Internet antes mencionada; en la sede central del Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid; en la sede de los Organismos de Juventud de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía, y podrán ser presentadas en las sedes y direcciones señaladas y en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
Plazo de presentación de solicitudes.–A efectos de la presente convocatoria, los plazos para las «rondas» previstas en el apartado Tercero de las bases reguladoras serán los siguientes:
Para proyectos que empiezan entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de 2011 el plazo límite es 1 de febrero de 2011.
Para proyectos que empiezan entre el 1 de julio y el 30 de noviembre de 2011 el plazo límite es 1 de abril de 2011.
Para proyectos que empiezan entre el 1 de septiembre de 2011 y el 31 de enero de 2012 el plazo límite es 1 de junio de 2011.
Para proyectos que empiezan entre el 1 de diciembre de 2011 y el 30 abril de 2012 el plazo límite es 1 de septiembre de 2011.
Para proyectos que empiezan entre el 1 de febrero de 2011 y el 31 de julio de 2012 el plazo límite es 1 de noviembre de 2011.
Países participantes en el programa.–Al objeto de la participación en las distintas acciones del programa se distingue entre:
a) Países del programa. Este grupo incluye a los países pertenecientes a la Unión Europea y a Islandia, Liechtenstein, Noruega, Turquía, Croacia y Suiza.
b) Países socios vecinos. Este grupo incluye los países participantes en el proceso de estabilización y asociación del Sudeste de Europa y los países contemplados por las disposiciones de la política europea de vecindad que hayan firmado acuerdos con la Comunidad Europea en el ámbito de la juventud. La lista de países puede consultarse en la Guía del programa.

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