lunes, 27 de agosto de 2012

1 Psicólogo/a (Bases y Bolsa de Empleo). Ajuntament de San Joan d' Alacant (Alacantí-Alacant)


Ajuntament de San Joan d'Alacant. Bases Específicas que han de regir el proceso selectivo para cubrir una plaza de psicólogo, Grupo A1, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, a través de concurso oposición libre. A continuación se incluye el texto completo de dichas bases y se hace constar, asimismo, que el plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
El modelo de solicitud para poder concurrir al citado proceso selectivo se acompaña como anexo II de las presentes bases, y se facilitará a los interesados desde el día de la citada publicación en la página web y en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant.
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR POR FUNCIONARIO DE CARRERA UNA PLAZA DE PSICÓLOGO Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO.
Base 1ª.- Carácter y Alcance de las Bases. 1.1. Las presentes Bases regulan las normas específicas del proceso selectivo que se convoca. Para lo no dispuesto en ellas será de aplicación lo establecido en las Bases Generales de Selección de Personal, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 2 de marzo de 2010 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, BOP de Alicante número de fecha 29 de abril de 2010, número 79.
1.2. La presente convocatoria tiene por objeto cubrir por funcionario de carrera una plaza de Psicólogo. La plaza está encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Categoría Superior, Grupo de Clasificación A, subgrupo A1 de los previstos por el artículo 76 de la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Nivel de Complemento de Destino 26 y demás emolumentos que correspondan según la legislación vigente y acuerdos municipales, y está incluida en la Oferta de Empleo Público de 2008.
1.3. El sistema de selección es el de concurso oposición libre.
Base 2ª.- Condiciones de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a. Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c. Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d. Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología; Grado de Psicología o equivalente. La equivalencia u homologación de títulos deberá acreditarse mediante certificación expedida por la Administración educativa.
e. No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilitado en los términos establecidos en el artículo 56.1.d) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Base 3ª.- Publicidad de la Convocatoria. Solicitudes. Las Bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la provincia de Alicante, y en extracto en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado, siendo la publicación en este último Boletín la que abra plazo de 20 días naturales para la presentación de instancias
Base 4ª.- Solicitudes. Las instancias se presentarán en el registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo. El plazo de presentación de instancia será de veinte días naturales, contados a partir de siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Si el último día de plazo fuera sábado, domingo o día inhábil, el plazo se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente.
En las instancias, los interesados harán constar que reúnen todos los requisitos establecidos en la base segunda.
A las instancias se acompañarán los siguientes documentos:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia de la titulación exigida.
Relación de méritos a tener en cuenta en la fase de concurso. No se admitirán, en ningún caso, méritos obtenidos con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. Sin embargo los documentos originales que los justifiquen, acompañados de fotocopia para su compulsa, se presentarán únicamente por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, en el plazo de diez días hábiles que se establezca al efecto.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Concejal Delegado de RR.HH., dictará resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, aprobando la lista provisional
de admitidos y excluidos y estableciendo un plazo de 10 días hábiles para reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.

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