martes, 14 de agosto de 2012

Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2012: Programas de Asociaciones, Centros, Comunicación, Mayores y Dependientes, Proyectos e Investigación.

Ayudas. 
Resolución de 7 de agosto de 2012, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2012, del programa de Asociaciones de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.  
2. Objeto. El objeto de estas ayudas es:
1. Conceder ayudas destinadas a contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las Federaciones, Asociaciones y Centros de españoles en el exterior.
2. Subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural en favor de los españoles del exterior.
4. Beneficiarios. 1. Podrán beneficiarse de estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.
2. Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
7.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución de convocatoria.{del 12 al 31 de agosto de 2012,a.i.}

Resolución de 7 de agosto de 2012, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2012, del programa de Centros de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.  
2. Objeto. El objeto de estas ayudas es:
Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a sufragar los gastos de obra nueva, obras de rehabilitación y adaptación de los edificios e instalaciones, y adquisición de equipamiento, de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.
4. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta y que desarrollen una labor sociocultural, sanitaria o asistencial a favor de los españoles del exterior.
2. Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones de la Dirección General de Migraciones con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
8.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución de convocatoria. {del 12 al 31 de agosto de 2012,a.i.}

Resolución de 7 de agosto de 2012, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2012, del programa de Comunicación de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.  
2. Objeto. Las ayudas que se convocan por la presente Resolución tienen por objeto:
1. La realización de acciones en el ámbito de la comunicación dirigida a la ciudadanía española en el exterior a través de medios escritos o audiovisuales, tales como prensa, radio, cine, televisión e Internet.
2. La realización de acciones referidas a la distribución de publicaciones periódicas especializadas de prensa escrita entre los centros y asociaciones de españoles en el exterior.
4. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones empresas españolas, personas físicas o entidades públicas o privadas del exterior, entre cuyos fines se encuentren las actividades objeto de este programa, según la distribución presupuestaria prevista en el artículo 3.1 de esta Resolución.
8.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución de convocatoria. {del 12 al 31 de agosto de 2012,a.i.}

Resolución de 7 de agosto de 2012, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2012, del programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.  
2. Objeto. Estas subvenciones tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores, para la realización de actividades de carácter informativo, social o asistencial de las instituciones que tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.
4. Beneficiarios. Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas los centros de día, residencias de mayores u otras instituciones que acojan a personas mayores y/o dependientes no pertenecientes a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior, o sean cónyuges de éstos, y carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.
8.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución de convocatoria. {del 12 al 31 de agosto de 2012,a.i.}

Resolución de 7 de agosto de 2012, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2012, del programa de Proyectos e Investigación de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.  
2. Objeto. El objeto de estas ayudas es la realización de actividades dirigidas a:
1. Fomentar la realización de estudios de investigación dirigidos al conocimiento histórico o actual de la situación de los españoles en el exterior y de los retornados.
2. Posibilitar la ejecución de proyectos cuya finalidad sea la de mejorar la calidad de vida de los españoles en el exterior y retornados.
4. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones empresas españolas, personas físicas o entidades públicas o privadas del exterior, entre cuyos fines se encuentren las actividades objeto de este programa, según la distribución presupuestaria prevista en el artículo 3.1 de esta Resolución.
8.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución de convocatoria. {del 12 al 31 de agosto de 2012,a.i.}

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