martes, 6 de septiembre de 2016

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para el Departamento de Tesorería. Diputacio d'Alacant.


Extracto del Acuerdo de 3 de febrero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante por la que se convoca la segunda beca de Formación en Gestión de Tesoería de las Entidades Locales para el Departamento de Tesorería, según Convenio de Colaboración de la Excma. Diputación de Alicante y el Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante.
BDNS(Identif.):301143
Extracto del Acuerdo de 3 de febrero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante por la que se convoca la segunda beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para el Departamento de Tesorería, según Convenio de Colaboración de la Excma. Diputación de Alicante y el Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.           
Segundo. Finalidad: Es objeto de este Convenio, la colaboración de la Excma. Diputación Provincial con el Colegio de Economistas para fomentar un programa común para la promoción y apoyo a los jóvenes licenciados y graduados en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante, a fin de que tales titulados universitarios completen y perfeccionen su formación teórica mediante la realización de prácticas profesionales en las tareas de Gestión de Tesorería de las Entidades Locales.
Tercero. Bases reguladoras: Convenio de Colaboración de la Excma. Diputación de Alicante y el Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante, publicado en la Sede Electrónica de la Excma.  Diputación Provincial de Alicante (http://sede.diputacionalicante.es/becas-deformacion-en-gestion-de-tesoreria-de-las-entidades-locales ), y Bases Específicas incluidas en la convocatoria
Cuarto. Importe:  Se concederá una beca, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses.
El gasto mensual total que supone a la Corporación, será de 800,00 € que incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación.
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 - 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. El modelo de solicitud podrá recogerse tanto en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General, así como en la propia sede del Colegio.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.{del 2 al 19 de septiembre de 2016, a.i.}

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