miércoles, 14 de septiembre de 2016

45 plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema general de acceso libre;

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU73416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del 27 de noviembre), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio (Boletín Oficial del Estado del 30 de julio).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará en la página (http://administracion.gob.es), en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss, en la página web del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña: (inspecciotreball.gencat.cat), y en la página web del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP): http://www.ivap.euskadi.eus/r61-venplegu/es/.
1. Descripción de las plazas
1.1.A) Se convocan pruebas selectivas para cubrir un total de 45 plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema general de acceso libre; 34 plazas son las comprendidas en el anexo I del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016; 10 plazas se convocan a petición del Departament de Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña en base a lo establecido en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la Generalitat de Cataluña en puestos de su Relación de Puestos de Trabajo y 1 plaza se convoca a petición del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, en base a los establecido en el apartado B.2. del Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco, en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo.
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Del total de las 45 plazas antes señaladas, se reservarán 2 plazas para quien tenga la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondiendo estas plazas a las comprendidas en el anexo I del Real Decreto 105/2016 de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016.
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4. Titulación. Los aspirantes deberán estar en posesión o condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad. Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
7. Solicitudes. 7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 (aprobado por Resolución de 16 de junio de 2016 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas («B.O.E» de 21 de junio), disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/pag/ips), en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss, en la página web del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña: (inspecciotreball.gencat.cat) donde también estará disponible en lengua catalana, y en la página web del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del País Vasco, (http://www.ivap.euskadi.eus/r61-venplegu/es/), donde estará disponible en euskera.
7.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/pag/ips), siguiendo las instrucciones que se vayan indicando en el mismo. Para la presentación por este medio es requisito previo poseer un certificado digital de persona física válido, o el DNI electrónico con los certificados activados.
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b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/pag/ips), en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss, en la página web del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña: (inspecciotreball.gencat.cat), y en la página web del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del País Vasco, (http://www.ivap.euskadi.eus/r61-venplegu/es/.) Una vez cumplimentados todos los datos solicitados de dicho formulario, se pulsará, en la parte inferior del mismo, la opción «generar solicitud», imprimiendo de esta forma tres copias. («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
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7.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en un plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 14 de septiembre al 3 de octubre de 2016, a.i.}, en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña», y en el «Boletín Oficial del País Vasco», y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En el caso de que la publicación no fuese simultánea, los plazos se computarán a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

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