miércoles, 14 de junio de 2017

10 plazas Escala Técnica Básica de Investigación, C1, de la Universitat de València.

Primera. Normas generales.
1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir 10 puestos vacantes del grupo C, subgrupo C1, por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica básica de investigación, mediante el sistema de concurso-oposición. Los puestos vacantes se subdividen en 6 para el perfil C2 y en 3 para el perfil C3. Las personas interesadas deberán elegir en la solicitud el perfil al que se presentan.
1.2 Se convoca también, dentro del turno libre, un turno para personas con discapacidad. Para este turno se reserva 1 vacante para el perfil C2. Si los puestos no se ocupan por este turno se acumularán en el turno general en el perfil correspondiente. Las personas aspirantes sólo podrán participar o en el turno para personas con discapacidad o en el turno general.
1.4 El proceso selectivo constituido por el concurso-oposición lo integrarán las pruebas, las valoraciones, las puntuaciones y las materias que figuran en el anexo I. El temario que tiene que regir estas pruebas figura en el anexo II.
1.5 La adjudicación de los puestos a las personas que superen este proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación obtenida por éstas en el concurso-oposición.
1.6 De acuerdo con lo que prevé el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, esta convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). Esta última publicación es la que se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV).
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1 Para ser admitidos/as en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea, o tener la nacionalidad de algún estado en el cual se aplique la libre circulación de trabajadores en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, en los términos en que se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Igualmente podrán participar los familiares (cónyuges, ascendientes o descendientes) de dichos trabajadores o trabajadoras que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
2.1.2 Haber cumplido dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Poseer el título de Bachiller Superior, BUP, Formación Profesional de 2.º grado, tener superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, o titulación equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero la persona deberá estar en posesión de la credencial que acredita su homologación.
2.1.4 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para ejercer las funciones correspondientes.
2.1.5 No estar inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
2.1.6 No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, de alguna administración u ocupación pública. Los y las aspirantes con nacionalidad no española, deberán acreditar igualmente no encontrarse sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que le impida el acceso a la función pública en su Estado.
2.1.7 Para participar en el turno de personas con discapacidad se requiere, además:
a) Poseer un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Deben aportar fotocopia del certificado del grado de discapacidad expedido por el órgano competente.
b) Manifestarlo expresamente en la solicitud.
2.2 Los requisitos para la admisión a estas pruebas recogidas en el apartado 2.1, deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá una declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria, los cuales se deberán acreditar posteriormente en caso de aprobar el concurso-oposición.
Tercera. Solicitudes.
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán de hacerlo constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria como anexo V y que facilitará gratuitamente el Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta Universidad, en la avenida de Blasco Ibáñez, número 13 (nivel 1), 46010 Valencia. También podrán acceder a una copia de la solicitud citada a través de la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), la dirección de la cual, es http://www.uv.es/pas.
3.2 Las solicitudes se cumplimentarán por duplicado (una para la Universitat de València i otra para el interesado/a) y estarán dirigidas al Rectorado de la Universitat de València.
Las distintas opciones de presentación de solicitudes se explican en la base 3.4 de esta convocatoria.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).{del 15 de junio al 12 de julio de 2017, a.i.} La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) tendrá sólo carácter informativo.
3.4 Presentación de solicitudes.
3.4.1 Las solicitudes se podrán presentar en:
a) El registro de entrada de la Universitat de Valencia (avenida de Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia), que se encuentra abierto al público de lunes a viernes (horario: de 9 a 14 y de 16 a 18 horas).
b) El registro de cualquier otra Administración pública, o las oficinas de Correos, en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Si se presenta la solicitud en una oficina de Correos deberá cumplir el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: la solicitud se presentará en sobre abierto para que el/la empleado/a la selle, y tendrá que figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta Universidad.
En el sobre deberá constar la siguiente dirección: Universitat de València, Servei de Recursos Humans (PAS), avenida de Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia.
3.4.2 De conformidad con el apartado b) del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no tendrán la consideración de oficinas de registro las de otras universidades distintas a la convocante.
3.5 Deberá adjuntarse a la solicitud la documentación siguiente:
3.5.1 Una fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas que no posean la nacionalidad española pero sí el derecho a participar en estas pruebas, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
3.5.2 Resguardo original del ingreso de los derechos de examen o justificante por el que se acogen a la exención de tasas (apartado 3.7 de esta convocatoria).
3.6 Los derechos de examen serán 13,76 euros, que se ingresarán en la cuenta corriente «Derechos de examen. Universitat de València», número ES 21.0049.6721.65.2010001382 del Banco Santander.
La falta de abono de la cantidad indicada como derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes se considerará incumplimiento insubsanable y determinará la exclusión en las pruebas de la persona aspirante.
3.8 Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de adaptación deberán indicarlo expresamente en el impreso de solicitud, no sólo marcando la casilla correspondiente sino especificando el tipo de medida requerida. En el anexo IV figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea aplicada la medida de adaptación correspondiente, deberán presentar junto con la solicitud, las fotocopias del certificado del grado de discapacidad y del dictamen técnico facultativo expedido por el órgano competente.
Sin la presentación de este último no será posible la concesión de la adaptación solicitada.
3.9 Como la convocatoria prevé la realización de una prueba de idioma comunitario, voluntaria y de méritos, la persona aspirante deberá hacer constar su opción en el impreso de solicitud además de indicar el idioma elegido para la misma. Si no lo hace así, se entenderá que renuncia a realizar esta prueba.
3.10 Los errores que se puedan advertir en la solicitud se corregirán en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.

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