martes, 13 de junio de 2017

Ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. convocatoria 1/2017

BDNS(Identif.):350390
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Empresas, organismos de investigación y agrupaciones o asociaciones empresariales excepto las pertenecientes al sector público y los profesionales autónomos.
Segundo. Objeto.
Concesión de ayudas para proyectos en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y la sociedad de la información en el marco de la Acción Estratégica en Economía y Sociedad Digital, dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, dirigidas tanto a proyectos nacionales como a proyectos internacionales pertenecientes a alguno de los clústeres TIC de EUREKA, PENTA, EURIPIDES, ITEA3 y CELTIC-PLUS.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden IET/786/2013, de 7 de mayo, publicada en el BOE de 9 de mayo de 2013, modificada por la Orden IET/457/2015, de 11 de marzo, publicada en el BOE de 17 de marzo de 2015 y por la Orden ETU/508/2017, de 2 de junio publicada en el BOE de 3 de junio de 2017).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 20.000.000,00 euros en subvención y 60.000.000,00 euros en préstamo con un tipo de interés del 0%.
Individualmente, la subvención podrá alcanzar:
Para proyectos nacionales, hasta el 50% para PYME y 40% para el resto de beneficiarios.
Para proyectos internacionales pertenecientes a alguno de los clústeres TIC EUREKA, hasta el 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas y 40% para el resto de beneficiarios.
La intensidad final de subvención se determinará en función del grado de innovación del proyecto, pudiéndose completar la ayuda con financiación en forma de préstamo hasta cubrir el 100% del presupuesto del proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE. {del 14 de juno al 12 de julio de 2017, a.i.}
Sexto. Otros datos.
Antes de recibir el pago de la ayuda, se deberán constituir garantías que serán determinadas a partir de la calificación de la solvencia económico-financiera de la entidad, conforme a las prácticas del sector.
El pago de la ayuda se realizará de forma anticipada y en dos fases. Se ordenará el pago del 75 por ciento de la subvención y del préstamo en el momento de la concesión de la ayuda y tras la constitución de garantías. Asimismo, se ordenará el pago del 25 por ciento restante tras la justificación de la actividad de la primera anualidad.

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