domingo, 18 de junio de 2017

ayudas para proyectos de conservación, protección y difusión de Bienes declarados Patrimonio Mundial.

BDNS(Identif.):350768
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios:
Entidades Locales en cuyo ámbito territorial se ubiquen bienes declarados Patrimonio Mundial por la UNESCO, y que así figuren recogidas expresamente en el expediente de declaración de la UNESCO, en cualquiera de sus categorías. Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de Entidades Locales que, reuniendo los requisitos anteriormente citados, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de la presente convocatoria.
Asimismo, podrán solicitar la ayuda las agrupaciones de entidades locales, organismos y entidades que dependan íntegramente de ellas, que, incluso cuando procedan de más de una Comunidad Autónoma y aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos para los que soliciten estas ayudas.
Segundo.- Objeto.
Las ayudas dirigidas a la realización de proyectos de conservación, protección y difusión de bienes declarados Patrimonio Mundial tiene como objeto:
a. Actividades de restauración y conservación preventiva que sirvan al mantenimiento de elementos patrimoniales que hayan sido declarados Patrimonio Mundial.
b. Elaboración de planes de gestión de los bienes declarados Patrimonio Mundial en España.
c. Redacción de proyectos de ejecución para actividades que impliquen intervención directa en bienes declarados Patrimonio Mundial.
d. Realización de estudios sobre materias relacionadas con la Convención de Patrimonio Mundial y los bienes declarados Patrimonio Mundial en España.
e. Organización de encuentros, seminarios y congresos en materia de Patrimonio Mundial.
f. Preparación de publicaciones cuyo objeto sea facilitar información sobre la Convención de Patrimonio Mundial y los bienes incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial.
g. Organización de exposiciones y otras acciones de difusión dirigidas a favorecer el conocimiento del Patrimonio Mundial.
h. Cualquier otra actividad que contribuya a reforzar pautas y modelos de conservación, protección y difusión del Patrimonio Mundial en España.
Tercero.- Bases reguladoras
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía del crédito destinado a esta convocatoria es de un máximo total de 560.320.000€. Para la distribución de las ayudas se tendrá en cuenta, junto a las disponibilidades presupuestarias, el número de solicitudes presentadas.
La cuantía máxima individual de las ayudas será la necesidad de financiación declarada por el solicitante, que no podrá superar el 75% del coste total estimado del proyecto. El 25% restante del coste estimado del proyecto se podrá financiar tanto con fondos propios y ayudas privadas o públicas compatibles, como a través de la participación de terceros, debiendo quedar debidamente acreditada su cuantía.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 18 de junio al 7 de julio de 2017, a.i.}

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