martes, 24 de julio de 2018

Bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo/a (C2), del Ayuntamiento de Jacarilla. (Bajo Segura-Alacant)

Resultado de imagen de Jacarilla comarcaAyuntamiento de Jacarilla.  BASES ESPECÍFICAS PARA LA REGULACIÓN DE LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN CONVOCADA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO CUYO OBJETO ES LA COBERTURA INTER...ina del puesto de Auxiliar administrativo mediante sistema de
concurso-oposición.
La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de Julio de 2018, acordó la aprobación de las bases que han de regir la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para el nombramiento en régimen de interinidad del puesto de Auxiliar administrativo mediante sistema de concurso-oposición.
El plazo de presentación de instancias será de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletin Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 140 de 24/07/2018] {del 25 de julio al 3 de agosto de 2018, a.i.}
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES ESPECÍFICAS PARA LA REGULACIÓN DE LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN CONVOCADA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO CUYO OBJETO ES LA COBERTURA INTERINA DEL PUESTO DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa para el nombramiento como funcionario interino de Auxiliares Administrativos, por el sistema de Concurso-Oposición libre, encuadrados en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, dotadas con los emolumentos correspondientes al Subgrupo de Clasificación “C2”, del art. 76 del Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y demás que correspondan de conformidad con la normativa vigente.
TERCERA.- PERIODO DE VIGENCIA. La Bolsa de Empleo tendrá una vigencia de cinco años, a contar desde la fecha en que se dicte la Resolución de aprobación de la bolsa de empleo con el resultado del proceso selectivo, sin perjuicio de que, en cualquier momento quede extinguida con motivo de la convocatoria de un nuevo proceso selectivo, ya fuere para la formación de una nueva bolsa, ya por tratarse de un proceso selectivo de funcionario de carrera.
CUARTA.- CONDICIONES GENERALES DE LOS Y LAS ASPIRANTES. Según lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995 del Consell de la Generalitat Valenciana por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana, así como en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, por la que se Regula el Acceso a Determinados Sectores de la Función Pública de los Nacionales de los demás Estados Miembros de la Comunidad
Europea, y en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
para ser admitido/a a estas pruebas selectivas, será necesario:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en la ley estatal que regule esta materia, esto es, en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, citada.
- Tener cumplidos los 16 años, y no exceder en su caso, de la máxima de jubilación forzosa, el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
- Estar en posesión del Título de Graduado en E.S.O. o F.P. 1 rama administrativa o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la Credencial que acredite su homologación.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
- No hallarse inhabilitado o inhabilitada penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
- No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario, de cualquier Administración o empleo público.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
Las condiciones para ser admitido o admitida a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.

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