
1. Características generales de las ayudas 1.1 En las condiciones y con los límites e incompatibilidad señalados en los epígrafes 1.3, 2 y 7 siguientes de esta Resolución, las ayudas consistirán en la cobertura por Muface de 0,20 puntos del tipo de interés de los préstamos hipotecarios concedidos a los mutualistas por entidades de crédito para la adquisición por aquéllos, de primera vivienda para domicilio habitual durante el año 2011, mediante compraventa o construcción. Las ayudas se aplicarán a un solo préstamo por vivienda.
5. Procedimiento de concesión de las ayudas. 5.1 Lugar y forma de presentación de las solicitudes.– Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la Muface y se presentarán en cualquiera de sus oficinas de registro, ya sea directamente o bien por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y deberán ser formuladas, precisamente, en el impreso que, previa petición personal o por correo, será facilitado en los citados Servicios Provinciales y que, asimismo, podrá ser obtenido a través de la página web de Muface (www.muface.es).
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia