martes, 16 de mayo de 2017

ayudas para el apoyo a programas formativos en el ámbito de la economía digital. Entidad Pública Empresarial Red.es

BDNS (Identif.): 346128.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el Perfil del Contratante de Red.es (perfilcontratante.red.es/).
Primero. Beneficiarios: Podrán participar en el proceso de selección aquellas entidades públicas o privadas que ofrezcan programas formativos en el ámbito de la economía digital, y que cumplan, y acrediten los siguientes requisitos específicos, de acuerdo con lo dispuesto en la base cuarta de las bases reguladoras:
a) Desarrollar programas formativos dentro del territorio español. En el caso de programas online, se considerará que dichos programas se desarrollan en territorio español siempre que la entidad solicitante tenga su sede en territorio español. Por sede se entenderá el domicilio fiscal y, en el caso de empresas comunitarias, habrán de disponer, al menos, de un establecimiento o de una sucursal en España.
b) Haber puesto en marcha, entre su oferta formativa, al menos un grado o un máster de carácter oficial en alguna de las temáticas y con los requisitos detallados en la base quinta de las bases reguladoras.
Alternativamente, en caso de entidades que no ofrezcan programas oficiales, podrán participar entidades cuya oferta formativa se dedique exclusivamente a programas formativos de economía digital y que dispongan de un master o equivalente (de al menos 400 horas) en alguna de las temáticas detalladas en la base quinta de las bases reguladoras, para el que se hayan realizado dos o más ediciones completas en formato presencial o mixto (presencial y online), en los últimos 3 años.
Segundo. Objeto: Las subvenciones dinerarias tienen por objetivo apoyar programas formativos de entidades educativas y universidades, tanto públicas como privadas, en el ámbito de la economía digital, a través de ayudas a la formación a estudiantes de dichos programas.
Tercero. Bases reguladoras: Resolución de 6 de abril de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se establecen las bases de las ayudas para el apoyo a programas formativos en el ámbito de la economía digital.
Cuarto. Importe: El importe máximo de la subvención será de 200.000 € por cada beneficiario y proyecto subvencionable. El porcentaje de cofinanciación dependerá de la región en la que esté establecida la entidad o se imparta el curso de formación (50% u 80%).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.{del 17 de mayo al 15 de junio de 2017, a.i.}
Sexto. Otros datos: Toda la documentación relativa a la convocatoria (solicitud, documentación acreditativa de requisitos, justificación o comunicación relacionada con las subvenciones) se deberá presentar a través de la Sede Electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/).
A la finalización de cada programa formativo propuesto por los beneficiarios al objeto de recibir las ayudas reguladas en las presentes bases, se deberá presentar la documentación detallada en los anexos II y III de la convocatoria, con el fin de justificar los trabajos realizados.
Con periodicidad mensual, el órgano instructor elaborará propuestas parciales de justificación y pago que autorizarán el abono de las ayudas correspondientes a los programas formativos realizados y correctamente justificados.

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