Extracto de la Resolución de 10 de mayo de 2017 de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convocan las ayudas para el apoyo a programas formativos en el ámbito de la economía digital.
BDNS (Identif.): 346128.
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el Perfil del
Contratante de Red.es (perfilcontratante.red.es/).
Primero. Beneficiarios: Podrán participar en el proceso de selección
aquellas entidades públicas o privadas que ofrezcan programas formativos
en el ámbito de la economía digital, y que cumplan, y acrediten los
siguientes requisitos específicos, de acuerdo con lo dispuesto en la
base cuarta de las bases reguladoras:
a) Desarrollar programas formativos dentro del
territorio español. En el caso de programas online, se considerará que
dichos programas se desarrollan en territorio español siempre que la
entidad solicitante tenga su sede en territorio español. Por sede se
entenderá el domicilio fiscal y, en el caso de empresas comunitarias,
habrán de disponer, al menos, de un establecimiento o de una sucursal en
España.
b) Haber puesto en marcha, entre su oferta
formativa, al menos un grado o un máster de carácter oficial en alguna
de las temáticas y con los requisitos detallados en la base quinta de
las bases reguladoras.
Alternativamente, en caso de entidades que no
ofrezcan programas oficiales, podrán participar entidades cuya oferta
formativa se dedique exclusivamente a programas formativos de economía
digital y que dispongan de un master o equivalente (de al menos 400
horas) en alguna de las temáticas detalladas en la base quinta de las
bases reguladoras, para el que se hayan realizado dos o más ediciones
completas en formato presencial o mixto (presencial y online), en los
últimos 3 años.
Segundo. Objeto: Las subvenciones dinerarias tienen por objetivo
apoyar programas formativos de entidades educativas y universidades,
tanto públicas como privadas, en el ámbito de la economía digital, a
través de ayudas a la formación a estudiantes de dichos programas.
Tercero. Bases reguladoras: Resolución de 6 de abril de 2017, de la Entidad
Pública Empresarial Red.es, por la que se establecen las bases de las
ayudas para el apoyo a programas formativos en el ámbito de la economía
digital.
Cuarto. Importe: El importe máximo de la subvención será de
200.000 € por cada beneficiario y proyecto subvencionable. El porcentaje
de cofinanciación dependerá de la región en la que esté establecida la
entidad o se imparta el curso de formación (50% u 80%).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de
30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de
este extracto en el BOE.{del 17 de mayo al 15 de junio de 2017, a.i.}
Sexto. Otros datos: Toda la documentación relativa a la convocatoria
(solicitud, documentación acreditativa de requisitos, justificación o
comunicación relacionada con las subvenciones) se deberá presentar a
través de la Sede Electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/).
A la finalización de cada programa formativo
propuesto por los beneficiarios al objeto de recibir las ayudas
reguladas en las presentes bases, se deberá presentar la documentación
detallada en los anexos II y III de la convocatoria, con el fin de
justificar los trabajos realizados.
Con periodicidad mensual, el órgano instructor
elaborará propuestas parciales de justificación y pago que autorizarán
el abono de las ayudas correspondientes a los programas formativos
realizados y correctamente justificados.
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