miércoles, 17 de octubre de 2018

6 becas de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con el Parlamento. Congreso de los Diputados.

Primera. Objeto y condiciones. 1. El Congreso de los Diputados convoca seis becas individuales de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con la actividad parlamentaria. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Comunicación de la Cámara y por el Departamento de Prensa. Los estudios y trabajos prácticos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.
2. De dichas becas se reservará una para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 2 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
Segunda. Duración y cuantía. 1. Cada una de las seis becas tendrá una duración de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2019.
2. La cuantía total de la beca será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €) y que estarán sujetos a las retenciones que proceda.
3. Asimismo, los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.
4. Las becas serán indivisibles, improrrogables e incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo periodo o con cualquier otro trabajo remunerado.
5. La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Cámara. No es aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en formación.
Cuarta. Requisitos de los solicitantes.1. Podrán solicitar la concesión de esta beca las personas de nacionalidad española que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título universitario de licenciado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual o Graduado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual.
b) Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1990.
c) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca de las mismas características en las Cortes Generales (Congreso de los Diputados o Senado).
2. Sin perjuicio de lo previsto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impida la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separados, mediante expediente disciplinario, de servicios del Estado o de cualquier Ente Territorial.
Quinta. Presentación de las solicitudes.1. La solicitud se ajustará, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria y se presentará en la Secretaría de la Dirección de Comunicación (calle de Floridablanca, s/n., Edificio Ampliación II, planta baja, Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10 a 14 horas y de 17 a 20 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la forma prevista en el artículo 16.4.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de Correos en la primera hoja del modelo de instancia (anexo I), con el fin de garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.
2. El plazo para la presentación de instancias será de diez días hábiles, siguientes a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». {del 18 de octubre al 31 de octubre de 2018, a.i.}

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