viernes, 13 de octubre de 2017

Premios de Arquitectura Juan Vidal, -Sexta Edición-, Diputació d'Alacant. 

La Excma. Diputación Provincial, en sesión plenaria celebrada el 13 de septiembre de 2017, aprobó la Convocatoria de los Premios de Arquitectura Juan Vidal, -Sexta Edición-, de conformidad con las siguientes Bases:
OBJETO.-  Es objeto de la presente Convocatoria significar y distinguir las intervenciones en el campo de la Arquitectura a través del otorgamiento de un premio que tiene por objeto, generalmente, incentivar la creación artística y la buena práctica constructiva para mejorar la calidad del hecho arquitectónico.
 Los premios de  arquitectura “Juan Vidal” se instituyen desde la Administración Pública provincial para fomentar el ejercicio profesional riguroso y exigente así como contribuir, mediante su reconocimiento, al estímulo de cuantos agentes intervienen en el proceso constructivo con su mejor dedicación y oficio, agradeciendo de ese modo la apuesta por la calidad que se deriva del trabajo bien hecho.
Esta Sexta Edición corresponde a las Obras finalizadas  durante los años 2013, 2014, 2015 y 2016.
Las normas que regulan la presente Convocatoria se contienen en las siguientes Cláusulas:
CLÁUSULA 1ª.-  El Premio de Arquitectura  “Juan Vidal”, - Sexta Edición- se otorga a las Obras por su calidad constructiva, funcional y estética. Se concede de oficio por la propia Administración Provincial, sin necesidad de presentación por los agentes interesados (Ayuntamientos, empresas constructoras y técnicos facultativos).
CLÁUSULA 2ª.- Pueden ser objeto del Premio de Arquitectura “Juan Vidal”, - Sexta Edición-, aquellas Obras de carácter municipal realizadas en el ámbito geográfico de la provincia de Alicante, que hayan sido financiadas total o parcialmente por la Excma. Diputación Provincial de Alicante a través de alguno de los Planes Provinciales o Programas convocados públicamente por la Institución, o mediante convenios negociados o subvenciones concedidas por otros cauces.
CLÁUSULA 3ª.- Podrán optar al galardón aquellas Obras de arquitectura pública finalizadas en los cuatro últimos años previos al de la edición. Para  esta  Sexta convocatoria, se incluirán las obras finalizadas en 2013, 2014, 2015 y 2016 (desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2016).
Se  concederá en esta edición un premio y un máximo de tres accésit, pudiendo quedar desierta si a juicio del tribunal no se han encontrado obras merecedoras de la distinción.
CLÁUSULA 4ª.- Para poder optar a la concesión de los premios, además de las condiciones especificadas en la Cláusula 2ª, las Obras deberán contar con el Certificado Final de Obra, Acta de Recepción de Obra o Documento equivalente que acredite su finalización dentro del período considerado en estas Bases (Cláusula 3ª).  
CLÁUSULA 5ª.-
  El Área de Arquitectura de la Diputación Provincial de Alicante gestionará la organización de los premios, proponiendo su celebración. El Servicio de Asistencias Técnicas a la Arquitectura de Cooperación Municipal formulará el inventario de las Obras que reúnan las condiciones establecidas.
 Se constituirá una Comisión Técnica designada por el Secretario del Tribunal nominado al efecto, compuesta por personal facultativo del Área de Arquitectura, pudiendo intervenir agentes externos.
 La Comisión Técnica a través del Diputado Provincial Delegado, elevará a la Presidencia de la Diputación la propuesta para la designación de los miembros del Tribunal seleccionador y el calendario de actuaciones.    ...

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