jueves, 26 de octubre de 2017

profesores especialistas .[plaza 1: repertorio orquestal; plaza 2: repertorio con piano]  en el Conservatorio Superior de Música de Aragón.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
- ORDEN ECD/1588/2017, de 6 de octubre por la que se convoca selección complementaria de profesores especialistas en el Conservatorio Superior de Música de Aragón..
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Primero.- Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer para el curso académico 2017/2018, con carácter complementario a la Orden ECD/1180/2017, de 26 de julio, aquellas áreas o materias en las que podrán colaborar profesores especialistas y llevar a cabo la convocatoria para la selección de los mismos. Las áreas, materias y condiciones de estas plazas se recogen en el anexo I de esta orden.[plaza 1: repertorio orquestal; plaza 2: repertorio con piano] 
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 85/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el régimen jurídico de los profesores especialistas en los centros públicos educativos en la Comunidad Autónoma de Aragón, considerando la carga lectiva de las plazas convocadas, no es de aplicación el plazo establecido en el artículo 4.4 del Decreto 85/2003, de 29 de abril.
Segundo.- Solicitudes.
Los candidatos solicitarán su participación en el proceso de selección en el modelo de instancia que se incorpora en el anexo II.
En el supuesto de que solicite participar en más de un área o materia se presentará solicitud individual para cada una de ellas.
Tercero.- Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". {del 26 de octubre al 6* de noviembre de 2017, a.i.}
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el registro del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, Parque Empresarial Dinamiza (Recinto Expo, Avda. Ranillas, 5) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todas las solicitudes irán acompañadas de la documentación correspondiente a los méritos alegados por los participantes.
Cuarto.- Requisitos de los candidatos.
1. Los profesores especialistas deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de su contratación o designación:
a) Conforme a lo establecido en el artículo 2.1.b) del Decreto 85/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, deben reunir los requisitos establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, acceso, adquisición de nuevas especialidades a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
b) A los profesionales no necesariamente titulados no se les exigirá el requisito de titulación establecido en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
c) A los profesionales no necesariamente titulados de nacionalidad extranjera no se les exigirá el requisito de titulación ni el de nacionalidad establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
d) Haber desempeñado de modo habitual y fuera del ámbito docente una actividad profesional remunerada relacionada con el campo educativo objeto de la contratación durante un periodo de al menos tres años dentro de los cinco anteriores a su contratación o designación. Con carácter excepcional y de forma motivada, se podrá contratar o designar profesionales de reconocida competencia que no cuenten con dicho periodo. A estos efectos la Administración podrá solicitar la acreditación de la competencia profesional por medio de documentos tales estudios, publicaciones, informes técnicos u otros de naturaleza análoga.
2. A efectos de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, la impartición por parte de profesores especialistas de las áreas o materias incluidas en el sistema educativo que les estén atribuidos por la normativa vigente, tendrá la consideración de interés público.
3. En el supuesto de que un participante hubiera resultado seleccionado para más de una plaza, deberá optar, con carácter previo a su designación o contratación, por una de ellas.
Quinto.- Documentación a presentar.
1. Junto con la solicitud de participación, los interesados, adjuntarán la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI. Quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar una fotocopia del Número de Identificación de Extranjero (NIE) o fotocopia del correspondiente documento oficial de acreditación de identidad en el Estado de origen, vigente en el plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro estado con el que tengan dicho vínculo.
b) Curriculum vitae acompañado de fotocopia de toda la documentación justificativa que estime el aspirante.
c) Proyecto de trabajo relacionado con el área o materia en la que participa, redactado en un máximo de 20 folios a doble espacio y por una sola cara. Los aspirantes inscritos en más de un área o materia presentarán un Proyecto de trabajo por cada una de ellas.
d) Documentación justificativa del desempeño de modo habitual y fuera del ámbito docente de actividades profesionales remuneradas relacionadas con el campo educativo objeto de la contratación durante un periodo de al menos tres años dentro de los cinco anteriores a su contratación o designación.
2. La documentación presentada fuera del plazo establecido para la presentación de solicitudes no será tenida en cuenta a los efectos de valoración de requisitos ni de méritos.

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