miércoles, 10 de enero de 2018

80 plazas del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, código 1166, por ingreso libre

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es) en la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/), así como en el Portal del empleado público Funciona.
1. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca el proceso selectivo para cubrir 80 plazas del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, código 1166, por ingreso libre, y 25 plazas, por promoción interna.
Del total de las plazas convocadas por ingreso libre, se reservarán 4 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Del total de las plazas convocadas por promoción interna, se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.   ...
3. Desarrollo del proceso selectivo. 3.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «Ñ», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 18 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública («BOE» del 20).
3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Instituto Nacional de Administración Pública dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que se declara aprobada la lista de admitidos y excluidos. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación a los procesos selectivos convocados por el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 11, se indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
3.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en la base específica 11 y en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
3.4 Las fechas de celebración de los ejercicios podrán coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
3.5 Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público del año 2017, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria, sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo es de 12 meses. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
6. Requisitos de los aspirantes. Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos exigidos.
9. Solicitudes. 9.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips
9.2 Los interesados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud (modelo 790) cumplimentada electrónicamente en la forma establecida en las bases 9.4 y 9.6. {del 11 de enero al 7 de febrero de 2017, a.i.}  ...
11. Relaciones con el ciudadano. 11.1 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Administración Pública (Ministerio de Hacienda y Función Pública), calle Atocha, n.º 106, 28012 Madrid, teléfono 912739100, y dirección de correo electrónico seleccion.tic@inap.es.
A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se irá publicando en la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/), en las páginas web del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), de la Secretaría de Estado de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública (http://www.sefp.minhafp.gob.es/web/servicios/empleo_publico.html) y del Instituto Nacional de Administración Pública (www.inap.es) y en el Portal del empleado público Funciona.
11.2 En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
11.3 De acuerdo con el artículo 3.15 del Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, los aspirantes que superen los procesos selectivos incluidos en la presente convocatoria tendrán que solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

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