lunes, 1 de enero de 2018

se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Artículo único. Aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo de protección.
Se procede a la actualización de las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de grado III, Gran Dependencia; grado II, Dependencia Severa y grado I, Dependencia Moderada, que son las fijadas en el anexo.
ANEXO
Expresión cuantificada del nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
Grado de dependencia
Mínimo de protección garantizado
Euros/mes
Grado III Gran Dependencia
190,13
Grado II Dependencia Severa
84,49
Grado I Dependencia Moderada
47,38

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