jueves, 15 de septiembre de 2011

Bolsa de Empleo: Operario y Oficial Palmerero. Ayuntamiento de Orihuela (Baix-Segura-Alacant)

AYUNTAMIENTO ORIHUELA.
-CONVOCATORIA BASES BOLSA DE EMPLEO OPERARIO página 15
-CONVOCATORIA BASES BOLSA DE EMPLEO OFICIAL PALMERERO página 17

El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para la provisión mediante nombramiento interino o contratación laboral temporal de plazas de OPERARIO, cuyas bases aprobadas por resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha dos de septiembre de dos mil once, se transcriben íntegras a continuación:
BASES
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Empleo para provisión, mediante nombramientos interinos o contratación laboral temporal, de plazas de OPERARIO.
SEGUNDA: REQUISITO DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril de 2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los requisitos contenidos en los apartados a) y b) deberán ser acreditados en el momento de la presentación de la solicitud, el resto de los requisitos se acreditarán en el momento en que el aspirante sea llamado, en su caso, para su nombramiento interino.
TERCERA: SOLICITUDES.- Presentación de Instancias: Quienes deseen tomar parte en las pruebas lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que deberán manifestar que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda, así como que conocen el contenido de las mismas y las aceptas en todos sus términos.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I.
- Justificante del abono de los derechos de examen.
Las fotocopias de los documentos aportados junto con la instancia deberán presentarse debidamente compulsados, de no hacerlo así no serán tenidas en cuenta.

El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución y funcionamiento de una Bolsa de Empleo, para provisión mediante nombramientos interinos o contratación laboral temporal, de plazas de OFICIAL PALMERERO, cuyas Bases aprobadas por Resolución del Concejala-Delegada de RR.HH de fecha 30/08/11, se transcriben íntegras a continuación.
BASES
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Empleo para provisión, mediante nombramientos interinos o contratación laboral temporal, de plazas de OFICIAL PALMERERO. Encuadradas en el Grupo C, Subgrupo C2 de la Escala de Administración Especial; Subescala, Servicios Especiales; Clase, Personal de Oficios; Categoría, OFICIAL PALMERERO.
SEGUNDA: REQUISITO DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los requisitos siguientes:
a'/f) Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril de 2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b'/g) Estar en posesión del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración educativa competente en cada caso.
c'/h) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
i) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los requisitos contenidos en los apartados a), b) y c) deberán ser acreditados en el momento de la presentación de la solicitud, el resto de los requisitos se acreditarán en el momento en que el aspirante sea llamado, en su caso, para su nombramiento interino.
TERCERA: SOLICITUDES. - Presentación de Instancias: Quienes deseen tomar parte en las pruebas lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que deberán manifestar que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda así como que conocen el contenido de las bases y las aceptan en todos sus términos.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de la titulación exigida para el desempeño del puesto.
- Fotocopia del D.N.I.
- Justificante del abono de los derechos de examen.
Las fotocopias de los documentos aportados junto con la instancia deberán presentarse debidamente compulsados, de no hacerlo así no serán tenidas en cuenta.
--------------------------
Las instancias se presentarán dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia;{del 16 al 30 de Septiembre de 2011, a.i.} en el Registro General de la Corporación, o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. www.orihuela.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia