viernes, 2 de septiembre de 2011

subvenciones para el Desarrollo de Proyectos y Acciones Orientadas a la Mejora de la Atención Integral y Empleabilidad de los estudiantes universitari

Orden EDU/2346/2011, de 18 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el Desarrollo de Proyectos y Acciones Orientadas a la Mejora de la Atención Integral y Empleabilidad de los estudiantes universitarios y se procede a su convocatoria para el año 2011.
1. Objeto y finalidad. 1. El objeto de la presente Orden es el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones y su convocatoria para el año 2011, con cargo a los programas de orientación académico-profesional e inserción laboral, impulso de la acción tutorial y, atención integral a los estudiantes y titulados en el Espacio Europeo de Educación Superior, para la realización de proyectos en las siguientes modalidades y subprogramas:
a) Propuestas de proyectos estratégicos de Orientación Académico-Profesional sobre los temas específicos que se detallan a continuación:
I) Subprograma para el fomento del emprendimiento de los estudiantes universitarios.
II) Subprograma para el fomento del diseño de itinerarios formativos y acciones de orientación que faciliten la circulación entre los diferentes estudios de educación superior, disminuya el abandono del sistema, mejore la eficiencia del mismo y favorezca la empleabilidad de los universitarios en el ámbito de los estudios inicialmente elegidos o en el de la finalización de su educación superior.
III) Subprograma para el fomento y promoción de prácticas externas y practicum. Se considerarán de especial interés aquellas que comporten servicio a la comunidad.
IV) Subprograma para el fomento de acciones que faciliten la inserción laboral de los estudiantes y titulados en general y en especial de aquellos grados con mayores dificultades de inserción, mediante acciones que vinculen las tareas de reorientación profesional llevadas a cabo en la universidad con la colaboración con empresas e instituciones para favorecer estancias de aprendizaje práctico en las mismas.
V) Subprograma de apoyo a la celebración de jornadas de reconocimiento a las mejores acciones estratégicas en las de los apartados i, ii, iii y iv anteriores.
b) Propuestas de proyectos estratégicos para el impulso e implementación de los sistemas tutoriales en los estudios universitarios sobre los temas específicos que se detallan a continuación:
I) Subprograma para la continuidad de planes tutoriales con acciones específicamente orientadas a los estudiantes de segundo año en el marco de cada titulación en base a los Convenios de Colaboración realizados entre el Ministerio de Educación y las Universidades para el impulso e implementación de Sistemas Tutoriales de los Estudios de Grado.
II) Subprograma para la presentación de nuevas iniciativas de proyectos de Acción Tutorial en los estudios universitarios.
III) Subprograma de apoyo a la celebración de jornadas de reconocimiento a las mejores acciones estratégicas en los apartados i y ii anteriores.
2. La finalidad que se persigue con la realización de proyectos en las citadas modalidades y sus correspondientes subprogramas es el apoyo de acciones estratégicas para promover el emprendimiento, la reorientación académica-profesional, las prácticas externas y el aprendizaje-servicio, así como los sistemas de Acción Tutorial, reconociéndolas como buenas prácticas y fomentando su transmisión y difusión nacional.
2. Convocatorias. 1. Las convocatorias se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» y las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva según lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. La primera convocatoria, que corresponde al corriente ejercicio de 2011, se publica mediante la presente Orden, en los términos previstos en su disposición adicional única.
3. Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las modalidades y subprogramas previstos en el artículo anterior, las Universidades públicas, no pudiendo obtener la condición de beneficiario aquéllas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las Universidades públicas interesadas podrán presentar solicitudes para la realización de proyectos por sus equipos de gestión y docentes, Centros Públicos de Emprendedores, Centros de Orientación e Información de Empleo, Servicios de Empleo Universitarios, Servicios de Información y Orientación Universitarios, Servicios de Atención a Estudiantes con Discapacidad, Unidades de Igualdad, Servicios de Antiguos Alumnos y otros análogos con competencias en el ámbito de aplicación de la presente orden. En todas las solicitudes deberá designarse un responsable de proyecto no aceptándose más de una solicitud por cada uno de ellos.
4. Solicitudes, formalización y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo previsto en el anexo I de la presente Orden, y siguiendo la Guía de apoyo y orientación contenida en el anexo II de la misma.
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3. Los formularios de solicitud se presentarán directamente en el Registro General del Ministerio de Educación (calle Los Madrazo,17), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Si la documentación presentada fuera incompleta o contuviera errores subsanables, se requerirá al solicitante para que, en un plazo máximo de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la citada Ley.
5. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 de Septiembre al 1 de Octubre de 2011, a.i.}
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Disposición adicional única. Primera convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos y acciones orientadas a la mejora de la Acción Integral y Empleabilidad de los Estudiantes Universitarios.
Según lo previsto en el artículo 2.2 de la presente Orden, se procede a efectuar la primera convocatoria, correspondiente al corriente ejercicio de 2011, para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos y acciones orientadas a la mejora de la acción integral y empleabilidad de los estudiantes universitarios.
Objeto y finalidad de la convocatoria. 1. Se convocan, para el año 2011, las subvenciones para el desarrollo de Proyectos y Acciones para el desarrollo de Proyectos y Acciones orientadas a la mejora de la Atención Integral y Empleabilidad de los Estudiantes Universitarios, en régimen de concurrencia competitiva y, al amparo de las Bases reguladoras que figuran en el anexo I de la presente Orden, para la realización de proyectos y acciones en las siguientes modalidades y subprogramas:
a) Proyectos estratégicos de Orientación Académico-Profesional sobre los temas específicos que se detallan a continuación:
I) Subprograma para el fomento del emprendimiento de los estudiantes universitarios.
II) Subprograma para el fomento del diseño de itinerarios formativos y accione de orientación que faciliten la circulación entre los diferentes estudios de educación superior, disminuya el abandono del sistema, mejore la eficiencia del mismo y favorezca la empleabilidad de los universitarios en el ámbito de los estudios inicialmente elegidos o en el de finalización de su educación superior.
III) Subprograma para el fomento y promoción de prácticas externas y practicum. Se considerarán de especial interés aquellas que comporten servicio a la comunidad.
IV) Subprograma para el fomento de acciones que faciliten la inserción laboral de los estudiantes y titulados en general y en especial aquellos grados con mayores dificultades de inserción, mediante acciones que vinculen las tareas de reorientación profesional llevadas a cabo en la universidad con la colaboración con empresas e instituciones para favorecer estancias de aprendizaje práctico en las mismas.
V) Subprograma de apoyo a la celebración de jornadas de reconocimiento a las mejores acciones estratégicas en las de los apartados i,ii,iii,y iv anteriores.
b) Proyectos estratégicos para el impulso e implementación de los sistemas tutoriales en los estudios universitarios sobre los temas específicos que se detallan a continuación:
I) Subprograma para la continuidad de planes tutoriales con acciones específicamente orientadas a los estudiantes de segundo año en el marco de cada titulación en base a los Convenios de Colaboración realizados entre el Ministerio de Educación y las Universidades para el impulso e implementación de Sistemas Tutoriales de los Estudios de Grado.
II) Subprograma para la presentación de nuevas iniciativas de proyectos de Acción Tutorial en los estudios universitarios.
III) Subprograma de apoyo a la celebración de jornadas de reconocimiento a las mejores acciones estratégicas en los apartados i y ii anteriores.
2. La finalidad que se persigue es el apoyo a acciones estratégicas para promover el emprendimiento, la reorientación académico-profesional, las prácticas externas y el aprendizaje-servicio, así como los sistemas de Acción Tutorial, reconociéndolas como buenas prácticas y fomentando su transmisión y difusión nacional.
Plazo de ejecución.. Los beneficiarios de las subvenciones que se concedan de acuerdo con la presente convocatoria dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2012 para la finalización de los proyectos y acciones subvencionados.

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