- Resolución de 28 de junio de 2017, de la Dirección General de Ordenación Pesquera, por la que se prohíbe temporalmente la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
Al amparo de la Orden APM/264/2017, de 23 de marzo,
por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y
Mediterráneo, corregida mediante la Orden APM/298/2017; la Resolución
de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las
disposiciones de aplicación del Plan de Atún Rojo en el Atlántico
Oriental y en el Mar Mediterráneo, de fecha 6 de marzo de 2017, reserva
una cuota de atún rojo (Thunnus thynnus) para la pesca deportiva y recreativa para la temporada de 2017.
Según los datos de que dispone esta Secretaría
General de Pesca, la cuota atribuida para la pesca deportiva y
recreativa de las listas 6.ª y 7.ª del Registro de Buques, se encuentra
próxima a su máximo autorizado, por lo que procede realizar una parada
técnica de control, hasta conocer la situación real de los datos de
captura, de acuerdo con lo establecido en el dispositivo undécimo de la
citada Resolución, que señala que el cierre temporal de la pesquería se
realizará por resolución del Director General de Ordenación Pesquera,
que además será objeto de publicación en la página web del Departamento.
En su virtud, y por medio de la presente, se
acuerda la prohibición de la pesca, tenencia a bordo y desembarque de
ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la modalidad de
pesca deportiva y recreativa, a partir de las 20:00 horas del día 29 de
junio de 2017, sin perjuicio del posterior levantamiento de la
prohibición o su confirmación mediante resolución por la que se acuerde
el cierre definitivo de la pesquería.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia