jueves, 31 de agosto de 2017

1 plaza escala de técnica superior de investigación perfil: Bioinformática, (A1) de la Universitat de València

... convocar pruebas selectivas de acceso al grupo A, subgrupo A1, por el turno libre, sector de administración especial, escala de técnica superior de investigación perfil: Bioinformática, de la Universitat de València, de conformidad con la Oferta de Empleo Público UVEG 2015 (publicada en el «DOCV» de fecha 10-12-2015) y con las siguientes bases de la convocatoria:
Primera. Normas generales.
1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir 1 puesto vacante del grupo A, subgrupo A1, por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica superior de investigación perfil: Bioinformática, mediante el sistema de concurso-oposición.
1.3 El proceso selectivo constituido por el concurso-oposición lo integrarán las pruebas, las valoraciones, las puntuaciones y las materias que figuran en el anexo I. El temario que tiene que regir estas pruebas figura en el anexo II. Las personas que no reúnan el requisito de conocimientos de valenciano que figura en esta convocatoria deberán realizar una prueba previa al proceso selectivo según consta en el anexo I.
1.4 De acuerdo con lo que prevé el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, esta convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). Esta última publicación es la que se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV).
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes. 2.1 Para ser admitidos o admitidas en estas pruebas las personas aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de alguno de los otros Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado en el cual se aplique la libre circulación de trabajadores en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, en los términos en que se encuentra definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Igualmente, podrán participar los familiares (cónyuges, ascendientes o descendientes) de dichos trabajadores o trabajadoras que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
2.1.2 Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Poseer el título de doctor/a, licenciatura, ingeniería superior, arquitectura superior, grado o titulación equivalente, o estar en condiciones, de obtenerlo antes de que acabe el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, la persona deberá estar en posesión de la credencial que acredita su homologación.
2.1.4 Poseer el certificado acreditativo de conocimientos de valenciano del nivel C1, expedido por la Junta Qualificadora de de Coneixements del Valencià (JQCV) de la Generalitat Valenciana o por el servicio de Política Lingüística de la Universitat de València, o bien certificado de homologación emitido por este Servicio, sin perjuicio de lo que establezca la base 1.3 y el anexo I de esta convocatoria.
2.1.5 Poseer la capacidad física i psíquica necesarias para ejercer las funciones correspondientes al puesto convocado.
2.1.6 No encontrarse inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
2.1.7 No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, de alguna administración u ocupación pública. En el caso de tener nacionalidad de otro estado, la persona ha de acreditar que no está inhabilitada o en una situación equivalente, ni se encuentra sometida a sanción disciplinaria o equivalente que le impida el acceso a la función pública en su Estado.
2.2 Los requisitos para la admisión a estas pruebas, recogidos en el apartado 2.1, deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá una declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria, los cuales se deberán acreditar posteriormente en caso de aprobar el concurso-oposición.
Tercera. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán de hacerlo constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria como anexo V y que facilitará gratuitamente el Servicio de Recursos Humanos (PAS) de esta Universidad, en la Avenida de Blasco Ibáñez, núm. 13 (nivel 1), 46010 Valencia. También podrán acceder a una copia de la solicitud citada a través de la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), la dirección de la cual, es http://www.uv.es/pas.
3.2 Las solicitudes se cumplimentarán por duplicado (una para la Universitat de València i otra para el interesado/a) y estarán dirigidas al Rectorado de la Universitat de València.
Las distintas opciones de presentación de solicitudes se explican en la base 3.4 de esta convocatoria.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE»).{del 1 al 28 de septiembre de 2017} Dado que el mes de agosto se declara inhábil a efectos de cómputo de plazos, si esta publicación se produjera durante los meses de julio o agosto el término se interrumpirá desde el día 1 hasta el 31 de agosto y el cómputo total o parcial se retomará el 1 de septiembre.
La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV») tendrá sólo carácter informativo.
3.4 Presentación de solicitudes. 3.4.1 Las solicitudes se podrán presentar en:
a) El registro de entrada de la Universitat de València (Av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia) que se encuentra abierto al público de lunes a viernes (horario: de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.)
b) El registro de cualquier otra administración pública, o las oficinas de Correos, en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Si se presenta la solicitud en una oficina de Correos, deberá cumplir el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: la solicitud se presentará en sobre abierto para que el/la empleado/a la selle, y tendrá que figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta Universidad.
En el sobre deberá constar la siguiente dirección: Universitat de València, Servei de Recursos Humans (PAS), Av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia.

1 plaza de Técnico Administración Especial Calidad, del Área de Función Pública y Gobierno Interior, del Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Illes Balears)

En el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 96, de 5 de agosto de 2017, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para cubrir mediante concurso oposición turno libre:
Una plaza de Técnico Administración Especial Calidad, del Área de Función Pública y Gobierno Interior, asimismo las bases generales que regulan los procesos selectivos se han publicado íntegramente en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 86, de 7 de julio de 2016.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 1 al 20 de septiembre de 2017, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.  www.palma.cat/

miércoles, 30 de agosto de 2017

3 places de tècnic/a mitjà/ana de gestió. Ajuntament de Sant Joan Despí.(Barcelona)

Per decret de l'Alcaldia núm. 20170001001956 de data 01/08/2017, l'Ajuntament de Sant Joan Despí convoca concurs-oposició, per a la cobertura de tres places de tècnic/a mig/jana de gestió, vacants a la plantilla de personal funcionari.
La convocatòria es regirà per les bases aprovades en la mateixa sessió i publicades al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona de data 14/08/2017.
Les persones interessades en participar en el procés selectiu hauran de fer-ho constar presentant sol·licitud ajustada al model normalitzat per aquesta convocatòria, facilitada al registre general de la Corporació i/o a la pàgina web municipal, adreçada a l'Alcalde-President, en el termini de 20 dies naturals, comptadors a partir de l'endemà de la publicació d'aquest anunci en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.{del 31 d'agost al 19 de setembre de 2017, a.i.}
La resolució amb la llista provisional de persones admeses i excloses es publicarà al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Els anuncis successius relacionats amb el procés de selecció seran fets públics al tauler d'anuncis de la Corporació.  http://www.sjdespi.net/wca/

1 de tècnic/a mitjà/ana d'informàtica. Ajuntament de Sant Joan Despí. (Barcelona )

Ajuntament de Sant Joan Despí. ANUNCI sobre cobertura interina d'una vacant de tècnic/a mitjà/ana d'informàtica.
Per decret de l'Alcaldia núm. 20170001001941 de data 01/08/2017, l'Ajuntament de Sant Joan Despí convoca concurs-oposició, per a la cobertura interina d'una plaça de tècnic/a mig/jana informàtica, vacant a la plantilla de personal laboral.
La convocatòria es regirà per les bases aprovades en la mateixa sessió i publicades al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona de data 14/08/2017.
Les persones interessades en participar en el procés selectiu hauran de fer-ho constar presentant sol·licitud ajustada al model normalitzat per aquesta convocatòria, facilitada al registre general de la Corporació i/o a la pàgina web municipal, adreçada a l'Alcalde-President, en el termini de 20 dies naturals, comptadors a partir de l'endemà de la publicació d'aquest anunci en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. {del 31 d'agost al 19 de setembre de 2017, a.i.}
La resolució amb la llista provisional de persones admeses i excloses es publicarà al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Els anuncis successius relacionats amb el procés de selecció seran fets públics al tauler d'anuncis de la Corporació.  http://www.sjdespi.net/wca/

borsa de treball de Treballador/a Social. Ajuntament de Xàtiva (La Costera-València)

ANUNCI
Posem en coneixement que l'Ajuntament de Xàtiva té la necessitat de constituir una borsa de treball temporal, per a cobrir amb caracter urgent i temporal, llocs de treball de Treballador/a Social (aprovat per Resolució d'Alcaldia de data 22-08-17).
Les funcions del lloc, els requisits, les sol·licituds i els mèrits a valorar es publicaran en la web municipal: http://www.xativa.es
El termini de presentació de sol·licituds, serà de cinc dies hàbils computats a partir de l'endemà a la publicació d'aquesta convocatòria en la web municipal i en el tauler d'anuncis electrònic de l'Ajuntament de Xàtiva.
Els successius anuncis, referents a aquesta convocatòria es publicaran únicament en la web municipal i en el tauler d'anuncis electrònic de l'Ajuntament de Xàtiva.

Bolsa de trabajo de Telefonista (turno personas con discapacidad). Ajuntament de Xàbia / Jávea.

http://www.ajxabia.com/images/logo.pngAjuntament de Xàbia / Jávea. BOLSA DE TRABAJO DE TELEFONISTAS
“BASES PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DIRIGIDA A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE TELEFONISTAS, CON DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33 %.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo de telefonistas, para cubrir temporalmente plazas no cubiertas por cualquier causa.
Con los aspirantes que sean llamados por la bolsa de trabajo, se procederá a realizar la pertinente contratación temporal.
Las contrataciones podrán realizarse a jornada completa o a tiempo parcial.
Sin que la siguiente relación signifique una enumeración exhaustiva, se especifican las funciones principales:
- Operar la centralita telefónica del Ayuntamiento, distribuyendo llamadas, recogiendo avisos, efectuando llamadas y facilitando información al público.
- Localizar números de teléfono a petición de empleados del Ayuntamiento.
- Dar aviso de averías que se produzcan para su reparación y atender cualquier aviso de la compañía telefónica.
- Realizar las gestiones necesarias en caso de avería o reprogramación de la centralita telefónica.
- Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría para la cual haya sido previamente instruido.
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a.
Ser español o nacional de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b. Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
c. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que se acreditará al presentar la solicitud.
d. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas, quedando la contratación supeditada al cumplimento de este requisito.
e. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Todos los requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se presentarán, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[Alacant Nº 166 de 30/08/2017] {del 31 de agosto al 19 de septiembre de 2017, a.i.}
Todos los anuncios de trámites posteriores se publicarán en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento y página Web del Ayuntamiento. www.ajxabia.com
Junto a las instancias, los aspirantes presentarán fotocopia del DNI, y del certificado que acredite el grado de discapacidad.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución, declarando aprobada con carácter provisional la lista de admitidos y excluidos e indicando en su caso la causa de exclusión. En dicha resolución que deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento se concederá un plazo de diez días hábiles para la presentación de subsanaciones. Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho tablón de anuncios. También se determinará y publicará el lugar y fecha de constitución del Tribunal.
De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada.

1 plaza de Intendente de Policía Local, del Ayuntamiento de Moncofa (Plana Baixa-Castellón)

En el «Boletín Oficial de la provincia de Castellón» número 100, de 22 de agosto de 2017, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Intendente de Policía Local, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales y clase Policía Local, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
Asimismo, se ha publicado un extracto de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», número 8113, de fecha 25 de agosto de 2017.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de agosto al 27 de septiembre de 2017, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases.  -  moncofa.com/es

8 plazas de Bombero Conductor, (C1), del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de la Provincia de Castellón

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Castellón» número 90, de 29 de julio de 2017, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
12 plazas de Bombero Conductor, encuadradas la Escala Administración Especial, Escala Básica, Subescala Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C1, y distribuidas del siguiente modo: 8 plazas a través del turno libre y 4 plazas a través del turno de movilidad. Todas ellas vacantes en la plantilla del personal funcionario del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de la Provincia de Castellón, y aprobadas en la Comisión de Gobierno Extraordinaria y Urgente de fecha 11 de julio de 2017.
Se ha publicado, asimismo, esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia de Castellón» n.º 101, de 24 de agosto de 2017.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de agosto al 19 de septiembre de 2017, a.i.} Si el último fuera sábado, domingo o festivo, se prorrogará al primer día hábil siguiente.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el tablón de anuncios y en la Web del Consorcio Provincial de Bomberos de Castellón (www.dipcas.es)

martes, 29 de agosto de 2017

calendari laboral d'aplicació en l'àmbit territorial de la Comunitat Valenciana per a l'any 2018.

(DOGV núm. 8113 de 25.08.2017) Ref. Base de dades 2017/7217
Article únic. Es declaren, dins de l'àmbit territorial de la Comunitat Valenciana, dies inhàbils, a efectes laborals retribuïts i no recuperables, corresponents a l'any 2018, les dates que a continuació s'indiquen:

1 de gener (Cap d'any)

19 de març (Sant Josep)

30 de març (Divendres Sant)

2 d'abril (Dilluns de Pasqua)

1 de maig (Festa del Treball)

15 d'agost (Assumpció de la Mare de Déu)

9 d'octubre (Dia de la Comunitat Valenciana)

12 d'octubre (Festa Nacional d'Espanya)

1 de novembre (Tots Sants)

6 de desembre (Dia de la Constitució)

8 de desembre (Immaculada Concepció)

25 de desembre (Nadal)


I amb caràcter retribuït i recuperable, s'estableix la festa següent:


6 de gener (Reis)

borsa de treball per a efectuar la contractació laboral temporal de peons per a treballs forestals i de conservació del medi natural (E/AP). Valenciana d'Aprofitament Energètic de Residus, SA (VAERSA)

(DOGV núm. 8113 de 25.08.2017) Ref. Base de dades 2017/7574  
Per mitjà d'aquest anunci es fa pública la convocatòria per a la constitució d'una borsa de treball per a efectuar la contractació laboral temporal de peons per a treballs forestals i de conservació del medi natural en les províncies de València, Alacant i Castelló.
Les bases íntegres de la dita convocatòria poden ser consultades en la pàgina web de Valenciana d'Aprofitament Energètic de Residus, SA (VAERSA), www.vaersa.com.

subvencions dirigides a programes de promoció dels drets de la infància i de participació infantil, per a l'exercici 2017 (població superior als 20.000 habitants)

(DOGV núm. 8114 de 28.08.2017) Ref. Base de dades 2017/7594  
BDNS (identif.): 360304.
De conformitat amb el que preveuen els articles 17.3.b i 20.8.a de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions, es publica l'extracte de la convocatòria el text complet de la qual pot consultar-se en la Base de Dades Nacionals de Subvencions
http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index
Primer. Beneficiaris. Ajuntaments, diputacions i entitats locals supramunicipals de la Comunitat Valenciana, que tinguen en el seu àmbit territorial una població superior als 20.000 habitants.
Segon. Objecte. Programes de promoció dels drets de la infància i de participació infantil.
Tercer. Bases reguladores. Les bases s'arrepleguen en l'Ordre 6/2017, de 20 de juliol, de la Vicepresidència i Conselleria d'Igualtat i Polítiques Inclusives, per la qual s'aproven les bases reguladores de la concessió de subvencions dirigides a programes de promoció dels drets de la infància i de participació infantil, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8092, de 26 de juliol de 2017 (d'ara en avant Ordre 6/2017).
Quart. Dotació. L'import global destinat a les subvencions convocades serà, com a màxim, de 150.000,00 euros.
Cinqué. Termini de presentació de sol·licituds. El termini de presentació de sol·licituds és d'un mes a partir de l'endemà de la publicació d'aquesta resolució en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. {del 29 d'agost al 28 de setembre de 2017, a.i.}
Sisé. Altres dades. 1. Les sol·licituds es presentaran exclusivament per mitjans electrònics en la seu electrònica de la Generalitat https://sede.gva.es o bé a través de l'adreça d'internet:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18896
2. La valoració es realitzarà d'acord amb els criteris establits en els articles sis de l'Ordre 6/2017, en què es valora: el desenvolupament de polítiques locals integrals a favor de la infància i l'adolescència, el nivell de necessitat social del recurs, i la qualitat del programa.
3. Per a obtindre la subvenció es requereix una puntuació mínima de 35 punts d'un màxim de 150 punts.

ajudes per a la realització d'estades vacacionals per a persones amb diversitat funcional.

(DOGV núm. 8114 de 28.08.2017) Ref. Base de dades 2017/7584  
BDNS (identif.): 360211
De conformitat amb el que preveuen els articles 17.3.b i 20.8.a de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions, es publica l'extracte de la convocatòria el text complet de la qual pot consultar-se en la Base de Dades Nacionals de Subvencions:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primer. Beneficiaris. Organitzacions o entitats privades sense ànim de lucre, que desenvolupen estades vacacionals per a persones amb diversitat funcional, que hauran d'estar inscrites en el Registre d'entitats titulars d'activitats d'acció social, de la Conselleria d'Igualtat i Polítiques Inclusives, en el sector corresponent a persones amb discapacitat o diversitat funcional abans de la finalització del termini de presentació de sol·licituds.
Segon. Objecte. És objecte de subvenció la realització d'estades vacacionals que estiguen dirigides a persones amb diversitat funcional durant el present any 2017.
Tercer. Bases reguladores. Ordre 4/2017, de 13 de juliol (DOGV 8083, 13.07.2017), de la Vicepresidència i Conselleria d'Igualtat i Polítiques Inclusives per la qual s'estableixen les bases reguladores per a la concessió d'ajudes per a la realització d'estades vacacionals per a persones amb diversitat funcional.
Quart. Quantia. 1. Les subvencions concedides, en virtut d'aquesta convocatòria, estan dotades amb un import global estimat de 611.700 euros.
2. L'import de la subvenció es determinarà en funció del nombre d'usuaris de l'activitat i els mòduls econòmics assenyalats en l'apartat deu de la resolució de convocatòria.
Cinqué. Termini de presentació de sol·licituds. El termini de presentació de sol·licituds serà de vint dies naturals, comptats des de l'endemà de la publicació d'aquesta resolució en extracte en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. {del 29 d'agost al 18* de setembre de 2017, a.i.}
Sisé. Altres dades. 1. Presentació de sol·licituds: en el registre general de les direccions territorials d'Igualtat i Polítiques Inclusives, així com en qualsevol dels llocs que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques.
2. Documentació: la prevista en l'apartat quart de la resolució de convocatòria.
El model de sol·licitud i document de domiciliació bancària estan a disposició dels interessats en el portal de la Generalitat, www.gva.es, accedint als apartats «Guia Prop / Tràmits i serveis».
3. Criteris de valoració: en l'avaluació de les sol·licituds es podrà obtindre un màxim de 100 punts, d'acord amb el barem que estableix l'apartat nové de la resolució de convocatòria, s'haurà d'obtindre una puntuació mínima de 60 punts per a la concessió de la subvenció.

1 Tresorer/a, de l ' Ajuntament de Premià de Dalt  (Maresme-Barcelona)

La Junta de Govern Local en la sessió ordinària del 15 de maig de 2017, va aprovar les bases i la convocatòria que han de regir el procés de selecció per a la provisió, en règim de funcionari interí i pel sistema de concurs oposició, d'un lloc de treball de tresorer i per a la creació d'una borsa de treball.
Les bases de l'esmentat procediment han estat íntegrament publicades en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona de data 31 de maig de 2017.
S'obre el termini de presentació d'instàncies durant vint dies naturals, comptats a partir de l'endemà de la publicació del present anunci en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.{del 30 d'agost al 18 de setembre de 2017, a.i.}        www.premiadedalt.cat

1 plaça de Tècnic/a de Recursos Humans (A1), de l'Ajuntament de Berga (Barcelona)

Es fa públic que l'Alcaldessa, en data 23 d'agost de 2017, ha dictat el decret 2017/567 d'aprovació de les bases específiques i de la convocatòria del procés selectiu per cobrir interinament la plaça vacant de Tècnic/a de Recursos Humans de la plantilla orgànica de l'Ajuntament de Berga, amb adscripció al Departament de Recursos Humans de l'Àrea de Règim Intern, Planificació i Organització, i constitució de borsa de treball per a la cobertura temporal de vacants.
Així mateix, la convocatòria junt amb les bases específiques que regeixen el procediment es publicaran íntegrament al taulell d'edictes de l'Ajuntament de Berga, al web municipal (http://www.ajberga.cat), i al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona de data, inicialment, 30 d'agost de 2017.
La resta d'anuncis d'aquesta convocatòria es faran públics únicament en el taulell d'edictes de l'Ajuntament de Berga i en el web municipal.

2ª convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudas AP-POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

BDNS(Identif.):360161
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
a) Los Ayuntamientos de municipios con población superior a 20.000 habitantes.
b) Las Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares y Comunidades Autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las Diputaciones Provinciales..
c) Los Organismos Autónomos dependientes de cualquiera de las entidades señaladas en los apartados anteriores.
Segundo. Objeto. Cofinanciación de proyectos promovidos por las entidades solicitantes, que incluyan la realización de actividades formativas constituyentes de itinerarios integrados para la mejora de la formación y la empleabilidad de personas mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo y que estén registradas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, estén o no inscritas como solicitantes de empleo.
Tercero. Bases reguladoras. Orden HAP/1337/2016, de 27 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Fondo Social Europeo previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil, destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto de la garantía juvenil; publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 186, de 3 de agosto de 2016, modificada por la Orden PRA/65/2017, de 31 de enero, publicada en el BOE de 2 de febrero de 2017, y por la Orden PARA/812/2017 de 16 de agosto, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 18 de agosto de 2017.
Cuarto. Cuantía. El presupuesto asignado a la presente convocatoria, para todo el territorio nacional, es de 24.511.724,52 de euros. Dicho importe representa una ayuda del 91,89 por cien del coste total subvencionable y constituye la tasa máxima de cofinanciación a nivel de proyecto.
El importe de la ayuda citada se distribuirá entre las solicitudes que resulten admitidas, atendiendo a la puntuación que obtengan los proyectos en el proceso de valoración, ponderada, en su caso, a fin de respetar el equilibrio territorial en dicha distribución.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de subvención se presentarán en el plazo de 40 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado [«BOE» núm. 207, de 29 de agosto de 2017, páginas 61509 a 61510]. A efectos del cómputo de plazos, serán considerados días inhábiles los así declarados para todo el territorio nacional en el calendario de días inhábiles aprobado por la Administración General del Estado, sin que resulten de aplicación las reglas de reciprocidad previstas en el artículo 30.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. {del 30 de agosto al de 25 octubre de 2017, a.i.}
Sexto. Forma de presentación de las solicitudes.
La presentación de las solicitudes se efectuará exclusivamente por vía electrónica a través del portal de internet de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales, siguiendo los enlaces que en él figuran y con arreglo a las normas y a los modelos electrónicos que se recogen en sus páginas.

Premios Nacionales de Juventud para el año 2017: Iniciativa emprendedora en materia de empleo. Comunicación intercultural. Voluntariado. Igualdad. Instituto de la Juventud

Primero. Naturaleza y significación de los premios. Los Premios Nacionales de Juventud suponen un reconocimiento a la labor desarrollada por los jóvenes, de carácter extraordinario, cuya finalidad es la de estimular y reconocer, la trayectoria y esfuerzo de aquéllos jóvenes que por su dedicación en su trabajo y su implicación personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad.
Segundo. Categorías. Se concederá un único premio en cada una de las categorías recogidas en el artículo 1 de la Orden SPI/2962/2011, de 20 de octubre por la que se modifica la Orden IGD/2655/2010, de 1 de octubre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Juventud:
Iniciativa emprendedora en materia de empleo.
Comunicación intercultural.
Voluntariado.
Igualdad.
Cuarto. Destinatarios. Los Premios Nacionales de Juventud están dirigidos a jóvenes de nacionalidad española, y a todos aquellos con residencia legal en España, que no superen la edad de 30 años en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de las candidaturas.
Quinto. Presentación de candidaturas. 1. La solicitud de participación en la convocatoria deberá formalizarse en el modelo que figura en el anexo I de la presente Resolución, la cual está disponible en la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad [https://sede.msssi.gob.es/], al igual que los otros anexos que se citan en esta Resolución que se descargan desde la propia solicitud. Ésta deberá ser presentada por la entidad, organización, institución o corporación que presente la candidatura del joven propuesto para el premio para lo que es imprescindible tener un certificado electrónico.
2. El plazo para la presentación de candidaturas será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {DEL 30 DE AGOSTO AL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017, A.I.}
3. Las solicitudes, dirigidas al Director General del Instituto de la Juventud, se presentarán únicamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con el artículo 14, punto 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.   
 ...

lunes, 28 de agosto de 2017

borsa d’ocupació de mestre/a per al centre municipal de FPA de Fontanars dels Alforins. (Vall d'Albaida-València)

EDICTE
Per Decret d’Alcaldia nº 190/2017, de data 8 d’agost de 2017, s’han aprovat les bases reguladores per a la constitució d’una borsa d’ocupació de mestre/a per al centre municipal de FPA de Fontanars dels Alforins. El text íntegre de les mateixes apareix publicat al tauler d’anuncis de l’Ajuntament de Fontanars dels Alforins i a la pàgina web http://www.fontanarsdelsalforins.es.
Les persones interessades en participar en el procés selectiu, presentaran la sol·licitud en el termini de 10 dies hàbils des del dia següent a la publicació del present edicte en el Butlletí Oficial de la Província de Valencia, de conformitat amb allò dispost en les bases reguladores del mateix. {del 29 d'agost a l' 11 de setembre de 2017, a.i.}

Bolsa de Trabajo de Profesores de Música, en las especialidades de: Piano y Lenguaje Musical, Armonía, Guitarra, Violín, Clarinete, Saxofón, Flauta, Trombón, Trompa, Trompeta, Oboe y Violonchelo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada. (Baix Segura-Alacant)

“BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESORES DEL CONSERVATORIO EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA
BASE PRIMERA. Objeto de la Convocatoria. Constituye el objeto de las presentes bases La selección del personal sujeto a relación laboral que haya de contratarse con carácter temporal y no permanente, para cubrir puestos vacantes en la oferta de empleo público de la Corporación, hasta que se proceda a la cobertura de las mismas por los procesos legalmente establecidos al efecto, para la sustitución de personal dependiente de este Ayuntamiento, que se encuentre en la situación de licencia, accidente laboral, enfermedad profesional y/o común, o vacaciones; y asimismo la cobertura de puestos de trabajo de carácter no permanente por acumulación de tareas o para la realización de obras o servicios determinados.
 La creación de la Bolsa de Trabajo 2016/2017, en régimen laboral con carácter temporal, de Profesores para el Conservatorio de Música, mediante concurso de méritos, en las especialidades de:
 PIANO Y LENGUAJE MUSICAL
 ARMONIA (análisis y fundamentos de composición)
 GUITARRA
 VIOLIN
 CLARINETE
 SAXOFON
 FLAUTA
 TROMBON
 TROMPA
 TROMPETA
 OBOE
 VIOLONCHELO

Cada nombramiento o contrato se efectuará con relación a un sólo puesto de trabajo y para las categorías laborales y especialidades establecidas en la actual clasificación profesional del vigente Convenio Colectivo.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso de méritos y entrevista, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el baremo que establece la Base Sexta de la presente convocatoria.
La Bolsa de Trabajo tendrá vigencia durante el periodo de tiempo que transcurre el curso escolar 2017/2018 (de septiembre de 2017 a junio de 2018), sin perjuicio de lo establecido en la Base Séptima de las presentes Bases. 
BASE TERCERA.- Requisitos que Deben Reunir los Aspirantes para Tomar Parte en el Proceso Selectivo . 1. Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:
a)
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
e) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: Título de grado medio de plan 66, Título de Grado Superior Plan 66 o Superior LOGSE de la Especialidad requerida.
 El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.
 Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades, previa acreditación de estar en posesión de certificado de minusvalía donde como mínimo se reconozca un 33%.
BASE CUARTA.- Instancias, Documentación y Plazos.  Quienes deseen tomar parte de las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, se presentarán en el registro general del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, durante el plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 164 de 28/08/2017 ]. {del 29 de agosto al 25 de septiembre de 2017, a.i.}
 Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (B.O.P.), en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento. www.pilardelahoradada.org
 A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título académico acreditativo del requisito del apartado e) de la tercera de estas bases, así como manifestación de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.

Bolsa de empleo: licenciado/a o graduado/a (1) del ámbito científico. (1) del ámbito social o humanístico. (1) en Filología Inglesa o C1 de inglés. (1) en Filología Alemana o C1 de alemán. 1 titulado/a superior en lengua valenciana o licenciado/a o graduado/a en Filología Hispánica sección de lingüística valenciana. 1 maestro/a de Educación Primaria. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada. (Baix Segura-Alacant)

"BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES/AS DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS EN RÉGIMEN DE CONTRACIÓN LABORAL DE CARÁCTER TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA.
Constituye el objeto de las presentes bases La selección del personal sujeto a relación laboral que haya de contratarse con carácter temporal y no permanente, para cubrir puestos vacantes en la oferta de empleo público de la Corporación, hasta que se proceda a la cobertura de las mismas por los procesos legalmente establecidos al efecto, para la sustitución de personal dependiente de este Ayuntamiento, que se encuentre en la situación de licencia, accidente laboral, enfermedad profesional y/o común, o vacaciones; y asimismo la cobertura de puestos de trabajo de carácter no permanente por acumulación de tareas o para la realización de obras o servicios determinados.
Es objeto de la presente convocatoria la realización de un concurso de méritos, para la creación de una bolsa de empleo para la contratación con carácter temporal de personal docente de la Escuela Permanente de Adultos, siendo estos:
1 licenciado/a o graduado/a del ámbito científico. 
1 licenciado/a o graduado/a del ámbito social o humanístico. 
1 licenciado/a o graduado/a en Filología Inglesa o C1 de inglés.
1 licenciado/a o graduado/a en Filología Alemana o C1 de alemán. 
1 titulado/a superior en lengua valenciana o licenciado/a o graduado/a en Filología Hispánica sección de lingüística valenciana o equivalente. 
1 maestro/a de Educación Primaria.
Cada nombramiento o contrato se efectuará con relación a un sólo puesto de trabajo y para las categorías laborales y especialidades establecidas en la actual clasificación profesional del vigente Convenio Colectivo.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso de méritos y entrevista, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el baremo que establece la Base Sexta de la presente convocatoria.
La Bolsa de Trabajo tendrá vigencia durante el periodo de tiempo que transcurre el curso escolar 2017/2018 (de septiembre de 2017 a junio de 2018), sin perjuicio de lo establecido en la Base Séptima de las presentes Bases.
BASE TERCERA.- Requisitos que Deben Reunir los Aspirantes para Tomar Parte en el Proceso Selectivo. 1. Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
e) Estar en posesión de titulación exigida para el desempeño del puesto y estar en posesión del CAP o Máster universitario en formación del profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de idiomas.
El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.
Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades, previa acreditación de estar en posesión de certificado de minusvalía donde como mínimo se reconozca un 33%.
BASE CUARTA.- Instancias, Documentación y Plazos. Quienes deseen tomar parte de las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, se presentarán en el registro general del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, durante el plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 164 de 28/08/2017] {del 29 de agosto al 25 de septiembre de 2017, a.i.}.
Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (B.O.P.), en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento. [www.pilardelahoradada.org/]
A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título académico acreditativo del requisito del apartado e) de la tercera de estas bases, así como manifestación de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.
Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia los méritos que deban ser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no cumplan con la debida acreditación. Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias para tomar parte en el proceso selectivo, no será admitido documento alguno justificativo de méritos.
El presentar instancia solicitando tomar parte en este proceso selectivo constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases de la convocatoria, que tienen consideración de ley reguladora de la misma.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se hará pública en el B.O.P., Tablón de Edictos y página web del Ayuntamiento y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos y excluidos, con sus correspondientes DNI e identificación de las causas de exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución.
Los aspirantes comprobarán si figuran en la relación de admitidos y excluidos, y que sus nombres y demás datos constan correctamente. En el supuesto de que los aspirantes excluidos u omitidos no presenten la subsanación correspondiente en el indicado plazo, se les tendrá por desistidos de su petición y quedarán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de subsanación, el Alcalde Presidente dictará resolución aprobando la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el B.O.P., Tablón de Edictos y en la página Web del Ayuntamiento y en ella se fijará lugar, fecha y hora del comienzo del Concurso de Méritos y la Entrevista. 

Mapas Estratégicos de Ruido de los Grandes Ejes Ferroviarios. Fase II. (aprobación definitiva)

Con fecha 17 de julio de 2017, el Secretario General de Infraestructuras ha resuelto:
Aprobar definitivamente los "Mapas Estratégicos de Ruido de los Grandes Ejes Ferroviarios. Fase II", de acuerdo a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación [BOE núm 206, de 28 de agosto de 2017, páginas 61380 a 61380] o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La documentación correspondiente estará a disposición de todos los interesados en la página web del Sistema de Información sobre la Contaminación Acústica (http://sicaweb.cedex.es).
Lo que se publica para general conocimiento.

26 plazas del Cuerpo Carrera Diplomática, código 0001, por el sistema general de acceso libre.

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688 /2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio de 2017).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, además de en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación www.exteriores.gob.es (apartado Escuela Diplomática) y en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es.
1. Descripción de las plazas. Se convoca proceso selectivo para cubrir 26 plazas del Cuerpo Carrera Diplomática, código 0001, por el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará 1 plaza, para quien tenga reconocido un grado de discapacidad general igual o superior al 33%.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no hubiera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del sistema de acceso general que pudieran obtener plaza, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no podrán acumularse al turno ordinario de acceso.
2. Proceso selectivo. La primera fase del proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. Los opositores que superen esta fase serán nombrados funcionarios en prácticas.
La segunda fase incluirá la superación de un curso selectivo de carácter eminentemente práctico y que será eliminatorio. Sólo podrán superar esta fase 26 aspirantes incluida la plaza destinada a personas con discapacidad señaladas en la base 1.
3. Programas. El programa que ha de regir la primera fase del proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
El programa del curso selectivo en la Escuela Diplomática será establecido oportunamente por su Director.
4. Titulación. Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
5. Calendario. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:
– El primer ejercicio de la fase oposición se celebrará en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
– La duración máxima de la fase oposición se prevé será de siete meses.
Se advierte de que las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
6. Nacionalidad. Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
7. Solicitudes. 7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial (modelo 790) al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
7.2 Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los medios siguientes:
a) Preferentemente, por vía electrónica. En este caso, deberán hacer uso del servicio de inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indican en el anexo IV, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá la inscripción en línea del modelo oficial, anexar documentos a la solicitud, el pago electrónico de las tasas y el registro electrónico de la solicitud.
b) Igualmente, las solicitudes en soporte papel se efectuarán mediante cumplimentación electrónica de la instancia en el modelo oficial (http://administracion.gob.es/PAG/ips), y su posterior presentación en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (plaza de la Provincia, 1, 28071 Madrid) o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cualquier caso, se aceptará la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente que se especifica en el anexo IV de esta convocatoria.
7.4 Tasa de derechos de examen: de acuerdo con la actualización de tasas prevista en el artículo 64 de la Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, las tasas de derechos de examen para el subgrupo A1, ascienden a 30,19 euros.
7.6 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 29 de agosto al 25 de septiembre de 2017, a.i.} y se dirigirá a la Subsecretaría de Asuntos Exteriores y de Cooperación. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

sábado, 26 de agosto de 2017

ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D, en el Subprograma Estatal de Movilidad, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

BDNS (Identif.): 359988
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación de las convocatorias 2012, 2013 y 2014 de ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores y de anteriores convocatorias de las ayudas para la formación de personal investigador en el marco del Subprograma FPI, del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Dentro de las ayudas para contratos predoctorales, en el caso de las ayudas "Severo Ochoa" para la formación de doctores en los Centros/Unidades de Excelencia Severo Ochoa, únicamente se incluye la convocatoria 2013.
Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en el artículo 3 de la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto. Mediante esta convocatoria se conceden ayudas cuyo objeto es la financiación de estancias en el año 2018, que realicen investigadores en formación que estén disfrutando una ayuda para la formación del personal investigador, en Centros de I+D diferentes a los que estén adscritos con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades beneficiosas para mejorar su formación así como impulsar el desarrollo de su tesis.
Las estancias se podrán realizar en centros de I+D, públicos o privados, incluyendo empresas, extranjeros o españoles, siempre que los centros estén ubicados en una localidad distinta a la del centro en que se desarrolla la actividad.
Las estancias que se soliciten tendrán una duración mínima de dos meses y máxima de cuatro meses, desarrollándose en un único periodo y dentro del año 2018. Las estancias podrán disfrutarse únicamente durante la vigencia de la ayuda para la formación del personal investigador, excluyéndose los periodos no recuperables establecidos en las correspondientes convocatorias de aplicación.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, modificada por la Orden ECC/1820/2014, de 26 de septiembre, y por la Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre.
Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 2.000.000 euros, con cargo al presupuesto de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2018.
Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos: la ayuda para la estancia, destinada a gastos de alojamiento y manutención, y la ayuda para el viaje, destinada a gastos de locomoción, seguro de accidentes y, en los casos que proceda, seguro médico y visado.
El importe de la ayuda para la estancia, destinada a gastos de alojamiento y manutención, será:
a) En España: 25 euros por día de estancia en el centro.
b) En el extranjero: en función del país de destino, de acuerdo con el anexo de la resolución de convocatoria.
El importe de la ayuda para el viaje, destinada a gastos de locomoción, seguro de accidentes y, en los casos que proceda, seguro médico y visado, será de:
a) Hasta 150 euros para desplazamientos cuando el lugar de destino de la estancia se ubique en España.
b) En el caso de desplazamientos para estancias en el extranjero, hasta 450 euros cuando el lugar de destino sea un país de Europa y hasta 1.000 euros cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación serán presentadas por los Centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación. Previamente a la presentación de la solicitud, el investigador en formación realizará la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud. Ambos procedimientos se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 12 de septiembre de 2017 al 26 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la cumplimentación y firma por los investigadores del formulario electrónico de solicitud será del 12 de septiembre de 2017 al 21 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda. Se valorará el impacto, la idoneidad y la duración de las estancias solicitadas en la mejora de la formación del personal investigador y en el desarrollo de su tesis conforme a criterios tales como el perfil del candidato, la calidad del grupo receptor y el centro de destino y el interés, viabilidad y oportunidad de la actividad a realizar en la estancia.

ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la industria española en el marco del proyecto "Programa de Crecimiento Empresarial".

BDNS (Identif.): 358697
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), en la página web de EOI (https://www.eoi.es/es/crecimiento-empresarial).
Primero. Beneficiarios. Podrán tener la condición de empresas beneficiarias de toda España, las PYME, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en estas bases, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva siempre que su objeto social se refiera a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril («BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2007).
Serán consideradas PYME, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Segundo. Objeto. El objeto que se pretende con estas ayudas es impulsar el crecimiento de la industria española, a través de las empresas industriales con fabricación en España.
La ayuda en especie objeto de las bases reguladoras será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, la elaboración de un plan de asesoramiento temático, así como el seguimiento del plan. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará con 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.
La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios: Diagnóstico previo de la situación de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio, Plan de Asesoramiento personalizado, Seguimiento y evaluación del Plan de Asesoramiento y Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria (2 en la fase de diagnóstico y 2 en el asesoramiento temático).
Tercero. Bases reguladoras. Orden EIC/743/2017, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del proyecto industria conectada 4.0, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 183, de 2 de agosto de 2017.
Cuarto. Cuantía. El gasto total para esta convocatoria será de ochocientos cincuenta y seis mil diecinueve euros (856.019,00 €) y se realizará por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.
El precio del servicio objeto de ayuda es de seis mil cuatrocientos noventa y siete euros con veintinueve céntimos de euro (6.497,29 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía de cinco mil quinientos veintidós euros con setenta céntimos de euro (5.522,70 €), impuestos incluidos, por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento permitido (50 horas).
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando de novecientos setenta y cuatro euros con cincuenta y nueve céntimos de euro (974,59 €), impuestos incluidos. La empresa beneficiaria abonará el importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. La emisión de la factura se realizará a la finalización del asesoramiento.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.