Al amparo de la Orden APM/264/2017, de 23 de marzo,
por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y
Mediterráneo, corregida mediante la Orden APM/298/217, la Resolución de
la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las
disposiciones de aplicación del Plan de Atún Rojo en el Atlántico
Oriental y en el Mar Mediterráneo, de fecha 6 de marzo de 2017, reserva
una cuota de atún rojo (Thunnus thynnus) para la pesca deportiva y recreativa para la temporada de 2017.

En su virtud, y por medio de la presente, se
acuerda la prohibición de la pesca, tenencia a bordo y desembarque de
ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la modalidad de
pesca deportiva y recreativa, a partir de las 00,00 horas del día
siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del
Estado». [«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 2017, páginas 85698 a 85698 (1 pág.)]
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