sábado, 26 de agosto de 2017

Ayudas para los gastos derivados en la ejecución de los proyectos incluidos en el acuerdo de resolución del Plan Provincial de Ahorro Energético de 2016, adoptado por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante

- EXTRACTO DEL ACUERDO DE 26 DE JULIO DE 2017 DEL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALICANTE, CELEBRADO EN SESION EXTRAORDINARIA, POR EL QUE SE CONVOCA LA CONCESION DE SUBVENCIONES, RELATIVA A INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, A FAVOR DE AYUNTAMIENTOS PARA LA EJECUCION DE LOS PROYECTOS DEL PLAN PROVINCIAL DE AHORRO ENERGETICO DE LA ANUALIDAD 2016
BDNS(Identif.):360096
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios:
Podrán optar a estas ayudas los municipios de la provincia de Alicante que resultaron beneficiarios del Plan Provincial de Ahorro Energético de 2016 en cuanto a la redacción de proyecto.
Segundo.- Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas en el ejercicio de 2017, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, para los gastos derivados en la ejecución de los proyectos incluidos en el acuerdo de resolución del Plan Provincial de Ahorro Energético de 2016, adoptado por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante en sesión ordinaria el día 20 de julio de 2016 y sus posteriores modificaciones, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria.  ...
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de 20 DÍAS NATURALES, contado a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 163 de 25/08/2017].{del 26 de agosto al 14 de septiembre de 2017, a.i.} Sí el último día del plazo fuese inhábil se trasladará al siguiente día hábil.

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