jueves, 24 de agosto de 2017

ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones en el año 2017, realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro.

BDNS(Identif.):359657
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Resolución los centros españoles de I+D tanto públicos como privados sin ánimo de lucro. A estos efectos se entiende por:
Centro público de I+D: Las Instituciones sanitarias públicas; las Universidades públicas y los Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.
Centro privado de I+D sin ánimo de lucro: Instituciones sanitarias privadas, acreditadas como tales de acuerdo con la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; Universidades privadas acreditadas como tales, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y otras entidades privadas dedicadas exclusivamente a la investigación, con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D, que tengan personalidad jurídica propia y que carezcan de ánimo de lucro.
Segundo. Objeto. La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria en el ejercicio 2017 de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 y en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, aprobados en Consejo de Ministros el 1 de febrero de 2013, y en la Estrategia Nacional sobre Drogas (disponible en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, www.pnsd.msssi.gob.es). De acuerdo con los principios rectores de la Estrategia, esta convocatoria considera prioritario el principio de equidad social en las políticas de investigación sobre drogas, incluyendo en el mismo el enfoque de género.
Tercero. Bases Reguladoras. Orden SCO/2236/2006, de 26 de junio, publicada en el BOE de 11 de julio de 2006.
Cuarto. Cuantía. Las subvenciones concedidas se financiarán con cargo al concepto 26.18.231A.781 y se dispondrá de las siguientes cantidades máximas: 658.025 euros para la primera anualidad, 272.129 euros para la segunda y 365.874 euros para la tercera.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.. Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE.{del 25 de agosto al 25* de septiembre de 2017, a.i.} Tanto la solicitud propiamente dicha como el proyecto para el que se solicite subvención (Anexos I y II) deberán presentarse necesariamente dentro de dicho plazo. De no hacerlo, se considerará excluida la solicitud. A estos efectos se considerará inhábil el mes de agosto.
Sexto. Otros datos. El texto completo de la convocatoria estará también a disposición de los interesados en la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad http://www.pnsd.msssi.gob.es.

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