viernes, 12 de enero de 2018

83 plazas del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, Código 1406, por el sistema general de acceso libre

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («BOE» núm. 174, del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/, en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es/ y en el Portal Funciona https://www.funciona.es/public/funciona/.
1. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 83 plazas del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, Código 1406, por el sistema general de acceso libre y 5 plazas de acceso por promoción interna, de las comprendidas en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio.
1.2 Del total de las 83 plazas citadas para la cobertura por el sistema general de acceso libre, se reservarán 4 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.   ...
4. Titulación. 4.1 Se requiere estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Ingeniero Aeronáutico o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
4.3 Se habrá de presentar la documentación acreditativa correspondiente a los apartados 4.1 y 4.2 junto con el formulario de solicitud.
6. Experiencia previa en el sector. De acuerdo con lo previsto en los apartados M.B.902 (anexo I, parte M), 145.B.10 (anexo II, parte 145, sección B), y 147.b.10 (anexo IV, parte 147, sección B) del Reglamento (CE) número 2042/2003 de la Comisión, de 20 de noviembre de 2003, ARA.Gen.200 (anexo VII) del Reglamento (UE) número 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, el apartado 21.B.25 del anexo I (parte 21) del Reglamento (UE) número 748/2012 de la Comisión, de 3 de agosto de 2012, y el apartado ARO.GEN.200 a) 2 (anexo II, sección II) del Reglamento (UE) número 965/2012 de la Comisión, de 5 de octubre de 2012, los aspirantes, para ser admitidos al proceso selectivo, deberán acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional en puestos de trabajo cuyo contenido estuviera relacionado con las funciones propias de la Agencia, descritas en el artículo 9 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, o de la Dirección General de Aviación Civil, descritas en el Real Decreto 447/2012, de 1 de marzo y el resto de la normativa aplicable.
La acreditación de estos requisitos se realizará de acuerdo con lo descrito en el Anexo V, para lo que habrán de presentar la documentación correspondiente junto con la instancia.
7. Solicitudes. 7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.
7.2 La presentación se realizará preferentemente por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), ...
7.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 13 de enero al 9 de febrero de 2018, a.i.} y se dirigirá a la Subsecretaría de Fomento. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

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