lunes, 1 de octubre de 2012

1 plaza de Letrado Asesor Juridico (A1). Bases. Ajuntament de Monóvar (Vinalopó Mitjà-Alacant)

Ajuntament de Monóvar (Vinalopó Mitjà-Alacant). Convocatoria para cubrir en propiedad con carácter de funcionario, la plaza de Letrado Asesor Jurídico de este Ayuntamiento, y cuyo extracto de las bases son las siguientes:
«BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO OPOSICIÓN PARA CUBRIR CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO UNA PLAZA DE LETRADO - ASESOR JURIDICO DE ESTE AYUNTAMIENTO.
Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión mediante concurso oposición y con carácter de funcionario, una plaza de Letrado Asesor Juridico, la cual está incluida en la Plantilla de Personal Funcionario, dentro de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica.
La citada plaza corresponde a la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento correspondiente al año 2011, aprobada por Decreto de la Concejalía de Personal número 1677/2011, de 21 de septiembre, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 186, de 28 de septiembre de 2011.
Las retribuciones que se fijan para la plaza convocada para el ejercicio de 2011 son las siguientes: Sueldo Base Grupo A.1, Complemento de Destino nivel 24, y Complemento Específico nivel E27.
Segunda.- Condiciones de los aspirantes. Para ser admitido a tomar parte en el concurso oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que ser termine el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público para los nacionales de otros Estados.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de titulación de Licenciado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de minusválido, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plazo objeto de la presente convocatoria (artículo 59 de la de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), mediante dictamen expedido, con posterioridad a la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Estado y con anterioridad al iniciación de las pruebas selectivas, por un equipo multiprofesional competente, conforme a lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos. En otro caso, no serán admitidos a las pruebas selectivas. En caso de ser admitidos se adoptarán las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, en su caso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Tercera.- Presentación de instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen cada una de las condiciones que se exigen en la base anterior, referidas siempre a la fecha de terminación del plazo señalado para la presentación de solicitudes, y en la que deberá constar que se compromete a prestar juramento en la forma legalmente establecida, se dirigirán al Presidente de la Corporación, presentándose en el Registro General del Ayuntamiento de Monóvar, en horas de Oficina (de 9 a 14 horas), durante un plazo de veinte días naturales a partir de fecha de la publicación del extracto de las presentes bases en el Boletín Oficial del Estado.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A las instancias deberán adjuntarse los documentos acreditativos de los méritos alegados mediante original o la fotocopia compulsada.  www.monovar.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia