jueves, 25 de octubre de 2012

subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al protectorado del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para fines de interés social de carácter medioambiental.

1.- Objeto. El objeto de esta orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al Protectorado del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que desarrollen programas en más de una Comunidad Autónoma, que por su naturaleza no sean susceptibles de territorialización, en relación con la defensa del medio natural y la biodiversidad, la utilización sostenible de los recursos naturales y la prevención de la contaminación y el cambio climático.
3.- Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención.
Tendrán la consideración de beneficiarios las entidades previstas en el artículo 2.1 de la Orden ARM/1593/2009, de 5 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones declaradas de utilidad pública y fundaciones adscritas al Protectorado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para fines de interés social de carácter medioambiental, modificada por la Orden AAA/2219/2012, de 17 de octubre.
Dichas entidades deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2.2 de la citada orden de bases.
4.- Presentación de solicitudes y documentación. Las solicitudes, dirigidas a la titular del Departamento, se formalizarán en un único modelo, que figura como anexo a la Orden ARM/1593/2009, de 5 de junio de 2009, modificada por la Orden AAA/2219/2012, de 17 de octubre. En el supuesto de no reunir las solicitudes o la restante documentación requerida, todos y cada uno de los requisitos previstos en la convocatoria, se estará a lo previsto en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El modelo de solicitud podrá obtenerse en la dirección de Internet «www.magrama.es».
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes, contado a partir de la entrada en vigor de la presente orden,{del 26 de octubre al 25 de noviembre de 2012,a.i.} en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia