Ayuntamiento de Benissa. BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE UNA PLAZA DE CONDUCTOR SERVICIOS SOCIALES, SUBGRUPO C2, POR TURNO LIBRE, MEDIANTE OPOSICIÓN
1. Objeto de la convocatoria. La convocatoria tiene por objeto la provisión como personal laboral temporal, mediante el sistema de turno libre y por el procedimiento de oposición de una plaza de Conductor Servicios Sociales, subgrupo C2, del Ayuntamiento de Benissa, de la oferta de empleo público del año 2010.
De entre sus funciones se incluyen, la conducción y tareas propias de utilización del vehículo, recogida, traslado y acompañamiento de personas de la tercera edad, con problemas temporales de movilidad o en situación de dependencia.
Mantenimiento y limpieza del vehículo y accesorios del mismo (limpieza y supervisión diaria, detección de posibles averías, desplazamientos al taller, etc...). Cuando sea necesario tareas de mantenimiento, cambios de mobiliario de edificios públicos, montaje y desmontaje, recogida de material en actos o eventos y cualquiera otra función o tarea derivada del servicio que le sea encomendado, preferentemente por el departamento de servicios sociales.
2. Condiciones generales de los aspirantes. Los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones previstas en el artículo 56 de la Ley 7/2007 de 12.04, del Estatuto Básico del Empleado Público, los siguientes requisitos:
· Tener la nacionalidad española.
· Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder en su caso, de la edad máxima de la jubilación forzosa.
· Estar en posesión del Graduado Escolar o equivalente, cumplidas las condiciones de obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
· No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las AAPP o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
· Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. El Ayuntamiento de Benissa, se reserva el derecho a someter a los aspirantes propuestos por el Tribunal y antes de la formalización como personal laboral temporal, a cuantas pruebas considere oportunas para adecuar el cumplimiento de este requisito.
· Poseer certificado vigente de grado de minusvalía, de la Dirección General para las personas con discapacidad, igual o mayor grado al 33%, debiendo ser dicha capacidad compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto.
· No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros y baremos de exclusiones médicas que se determinen.
· Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B1.
3. Presentación de solicitudes. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benissa, presentándose en el Registro General de entrada o en la forma que determina el precepto 38.4 de la Ley 30/92 de 26.11 de Régimen Jurídico de las AAPP y PAC, pudiéndose utilizar la instancia modelo que facilitará el Registro o en la página web municipal (www.ayto-benissa.es).
Las instancias reunirán los requisitos genéricos establecidos en el art. 70.1 de la Ley 30/92 de 26.11, debiéndose manifestar por los aspirantes que reúnen todas y cada uno de los requisitos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias, señalizándose en la propia instancia.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de las bases íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. [butlletí oficial de la província - alacant, 29 gener 2014 - n.º 19] {del 30 de enero al 18 de febrero de 2014, a.i.}
Junto a la instancia deberá presentarse la siguiente documentación:
1. Copia compulsada del DNI.
2. El requisito establecido en la base segunda, en referencia a la titulación y permiso de circulación, deberá ser acreditado en el momento de presentación de instancias.
3. Resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen, siendo su cuantía la cantidad de 25 €. El pago podrá efectuarse a través de la retirada de la carta de pago en la Tesorería Municipal, (de forma presencial o telefónicamente) y posterior ingreso en una sucursal bancaria, indicando nombre y plaza a la que aspiran o bien a través de la Oficina de Atención del Ciudadano en la C/Alicante, nº5.
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