miércoles, 26 de diciembre de 2018

ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER.

... las actuaciones previstas se enmarcan en las políticas de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables a las que está obligado el Estado español en el marco de la Directiva 2009/28/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, que obliga a los Estados miembros a asumir objetivos vinculantes de diversificación de las fuentes de energía primaria, de reducción de la dependencia energética y de reducción de emisiones de CO2, lo que confiere a las actuaciones contempladas en la presente orden de un enfoque supra-autonómico que hace necesario la gestión centralizada de las ayudas, evitando el fraccionamiento en su acceso.
Por último, tal y como se ha indicado anteriormente, las ayudas correspondientes a la convocatoria objeto de las presentes bases, están incluidas dentro del Eje 4 de Economía Baja en Carbono del POPE, siendo éste un programa operativo plurirregional gestionado por la Administración General del Estado y contemplado en el Acuerdo de Asociación entre el Estado Español y la Unión Europea para el periodo de programación 2014-2020. Este acuerdo ha sido aprobado contando con el consenso de todas las CC.AA. y de la Comisión Europea.
Existen, en consecuencia, relevantes y singulares razones de interés público, social y económico para que el Ministerio para la Transición Ecológica ponga en marcha la presente línea de ayudas para instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica, que se ubiquen en territorios no peninsulares, que favorezcan el paso a una economía baja en carbono, con el objeto de acortar los tiempos necesarios para su ejecución y poder cumplir así con la senda financiera y absorción de la ayuda programada en el marco del Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020 mediante la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
1. Objeto. Constituye el objeto de la presente orden el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a proyectos de inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica en los territorios no peninsulares, cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER, incluidos en el Eje 4 de Economía Baja en Carbono, del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) para el periodo 2014-2020.
3. Ámbito material y geográfico. 1. El ámbito material de aplicación de esta orden de bases se circunscribe a las actividades de construcción y puesta en marcha de instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de tecnologías eólica y fotovoltaica, con los límites de potencia instalada que, en su caso, se establezcan en las correspondientes convocatorias.
2. El ámbito geográfico de los proyectos que opten a las ayudas que se concedan al amparo de las presentes bases es el de los territorios no peninsulares.
4. Ámbito temporal. El ámbito temporal de vigencia de esta orden será desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», hasta el 31 de diciembre de 2020. No obstante, las ayudas concedidas se seguirán rigiendo por ella y por las correspondientes convocatorias dictadas al amparo de la misma, hasta la finalización y cierre de los correspondientes expedientes.

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