jueves, 27 de diciembre de 2018

ayudas para personal técnico de apoyo, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020

BDNS(Identif.):429716
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas para personal técnico de apoyo, las siguientes entidades:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
f) Centros Tecnológicos de ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos específicos establecidos en la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto. Las ayudas para personal técnico de apoyo tienen como objetivo incentivar la contratación laboral de personal técnico de apoyo, por un periodo de tres años, en Centros de I+D, destinados al manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y rendimiento de las infraestructuras científico-tecnológicas.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas para personal técnico de apoyo será de 7.020.000 euros, con cargo al presupuesto de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2020, o equivalentes de ejercicios posteriores.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación a las ayudas para personal técnico de apoyo serán presentadas por las entidades. Previamente a la presentación de la solicitud, la persona participante realizará la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud. Ambos procedimientos se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. https://sede.micinn.gob.es
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 30 de enero de 2019 al 20 de febrero de 2019 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la cumplimentación y firma por las personas participantes del formulario electrónico de solicitud será del 30 de enero de 2019 al 13 de febrero de 2019 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda. Las solicitudes de participación a las ayudas para personal técnico de apoyo serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la infraestructura.
b) Méritos curriculares de la persona participante y adecuación de la misma a las tareas a realizar en función de la experiencia profesional y formación.
Las puntuaciones y ponderaciones están establecidas en el artículo 47 de la resolución de convocatoria.

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