Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se aprueba la convocatoria de becas de formación.
Objeto.1. Convocar 12 becas de formación superior –modalidad primera, prioridad b) del artículo 2 de la orden SCO/2383/2007, de 24 de julio–, 10 de ellas a desarrollar en el Centro Nacional de Alimentación (CNA), y 2 en el Laboratorio de Referencia de la Unión Europea de Biotóxinas Marinas de Vigo, en régimen de publicidad, objetividad, igualdad de trato entre hombres y mujeres y concurrencia competitiva así como, regular aquellos aspectos del proceso, desde la convocatoria hasta la adjudicación de las becas y ayudas de formación, que no han sido recogidos en las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de becas de formación de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (en adelante AESAN) aprobadas por Orden SCO/2383/2007, de 24 de julio.
2. La duración de las becas comprenderá el período de un año desde su adjudicación, pudiendo prorrogarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de las bases reguladoras, hasta un máximo de cuatro años. Dichas prórrogas se realizarán previa evaluación de la labor realizada y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de las bases reguladoras las 12 becas responderán a la modalidad de categoría primera, con los requisitos mínimos exigidos y de acuerdo con la siguiente prioridad recogida en el mismo artículo de la citada Orden de bases reguladoras:
Formación relacionada con el estudio e investigación de la seguridad de los alimentos. La convocatoria se adecuará a los perfiles y formación que se específica en el anexo I.
Cuantía de las becas.–La cuantía de las becas queda establecida en 1.669,63 € mes.
Forma Plazo y lugar de presentación de solicitudes.1. Los interesados presentarán la solicitud correspondiente al modelo normalizado que se adjunta a la presente resolución como Anexo II así como la documentación correspondiente requerida para cada beca que acredite los distintos requisitos exigidos en el anexo I para cada una. Podrán presentarse en el Registro General de la AESAN o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrán presentarse telemáticamente en la dirección www.aesan.es.
2. Se podrán solicitar cuantas becas se consideren, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos y especificados en la presente Resolución y en la citada Orden de bases reguladoras.
3. Una vez publicada esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, el impreso de solicitud normalizado que figura en el anexo II, estará a disposición de los interesados en el Registro de la AESAN, sito en calle Alcalá, 56, 28014 Madrid, o bien podrán descargarse directamente de la dirección www.aesan.es.
5. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los veinte días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 16 de marzo al 4 de abril de 2011, a.i.} AESAN, calle Alcalá 56, 28014 Madrid, o en la dirección de correo electrónico: becasaesan@mspsi.es.

Objeto.1. Convocar 12 becas de formación superior –modalidad primera, prioridad b) del artículo 2 de la orden SCO/2383/2007, de 24 de julio–, 10 de ellas a desarrollar en el Centro Nacional de Alimentación (CNA), y 2 en el Laboratorio de Referencia de la Unión Europea de Biotóxinas Marinas de Vigo, en régimen de publicidad, objetividad, igualdad de trato entre hombres y mujeres y concurrencia competitiva así como, regular aquellos aspectos del proceso, desde la convocatoria hasta la adjudicación de las becas y ayudas de formación, que no han sido recogidos en las bases reguladoras para la convocatoria y concesión de becas de formación de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (en adelante AESAN) aprobadas por Orden SCO/2383/2007, de 24 de julio.
2. La duración de las becas comprenderá el período de un año desde su adjudicación, pudiendo prorrogarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de las bases reguladoras, hasta un máximo de cuatro años. Dichas prórrogas se realizarán previa evaluación de la labor realizada y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de las bases reguladoras las 12 becas responderán a la modalidad de categoría primera, con los requisitos mínimos exigidos y de acuerdo con la siguiente prioridad recogida en el mismo artículo de la citada Orden de bases reguladoras:
Formación relacionada con el estudio e investigación de la seguridad de los alimentos. La convocatoria se adecuará a los perfiles y formación que se específica en el anexo I.
Cuantía de las becas.–La cuantía de las becas queda establecida en 1.669,63 € mes.
Forma Plazo y lugar de presentación de solicitudes.1. Los interesados presentarán la solicitud correspondiente al modelo normalizado que se adjunta a la presente resolución como Anexo II así como la documentación correspondiente requerida para cada beca que acredite los distintos requisitos exigidos en el anexo I para cada una. Podrán presentarse en el Registro General de la AESAN o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrán presentarse telemáticamente en la dirección www.aesan.es.

3. Una vez publicada esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, el impreso de solicitud normalizado que figura en el anexo II, estará a disposición de los interesados en el Registro de la AESAN, sito en calle Alcalá, 56, 28014 Madrid, o bien podrán descargarse directamente de la dirección www.aesan.es.
5. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los veinte días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 16 de marzo al 4 de abril de 2011, a.i.} AESAN, calle Alcalá 56, 28014 Madrid, o en la dirección de correo electrónico: becasaesan@mspsi.es.
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