viernes, 25 de marzo de 2011

Subvenciones subprograma Innoeuropa, dentro de la línea instrumental de articulación e internacionalización del sistema (Plan Nacional de Investigació

Orden CIN/641/2011, de 14 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria del año 2011 para la concesión de las subvenciones correspondientes al subprograma Innoeuropa, dentro de la línea instrumental de articulación e internacionalización del sistema, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
1. Objeto de la orden.1. Mediante la presente Orden se hace pública la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2011 del Subprograma Innoeuropa, incluido en el Programa Nacional de Internacionalización de la I+D del Plan Nacional de I+D.
3. Objetivos.- Estas subvenciones están orientadas a fomentar la participación de los centros tecnológicos españoles en el Séptimo Programa Marco de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración de la Unión Europea, de forma que:
a) Se aumente sensiblemente la tasa de retorno conseguida por los centros tecnológicos en el VI Programa Marco de I+D.
b) Se aumente el liderazgo de los centros tecnológicos en los proyectos del Séptimo Programa Marco.
c) Se fomente por parte de los centros tecnológicos la participación de empresas españolas en consorcios del Séptimo Programa Marco, promoviendo la incorporación de nuevas empresas.
El objetivo final de Innoeuropa es dotar a los centros tecnológicos de la estructura y los conocimientos necesarios para la adecuada preparación y gestión de los proyectos europeos, con el fin de que éstos consigan obtener financiación comunitaria.
Mediante estas subvenciones se financian aquellas nuevas actuaciones que permitan a los centros tecnológicos participar en proyectos de alta calidad científico tecnológica, mejorar su capacidad de gestión, integrarse en consorcios europeos y aumentar su tasa de éxito en el Programa Marco. No se financiarán las actuaciones habituales del centro. Se apoyará especialmente aquellos centros que habiendo tenido una participación reducida en el Programa Marco, realicen un esfuerzo importante para aumentar su participación e incrementar sensiblemente sus retornos. Se valorará además el fomento por parte de los centros tecnológicos de la participación de pequeñas y medianas empresas en el Séptimo Programa Marco.
14. Presentación y contenido de las solicitudes.- 1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 26 de marzo al 26 de abril de 2011, a.i.}
2. La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es)

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