martes, 15 de marzo de 2011

Subvenciones para el año 2011, del Instituto de la Juventud. Mº de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Resolución de 9 de febrero de 2011, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el año 2011.
PDF (BOE-A-2011-4796 - 32 págs. - 4201 KB) Otros formatos
Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.—1. Serán objeto de subvención los programas dirigidos a jóvenes entre 14 y 30 años que se relacionan en el anexo A de la presente convocatoria, destinados a apoyar el movimiento asociativo juvenil y su participación social, así como al fomento de programas que posibiliten la autonomía y promuevan la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes.
Los programas de mantenimiento y equipamiento están destinados preferentemente a las entidades u organizaciones incluidas en las letras a) y b) del número 1 del apartado cuarto.
2. Las condiciones que fundamenten la concesión de las presentes subvenciones serán las de aquellas entidades u organizaciones de carácter no gubernamental en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la presente convocatoria, debiendo cumplir, necesariamente, los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Solicitudes y documentación a aportar.—1. Las solicitudes, dirigidas al Director General del Instituto de la Juventud, se formalizarán en un único modelo de instancia, que figura como Anexo I a la presente Resolución, debiendo relacionarse en el mismo todos los programas para los que se solicita la subvención.
En el supuesto de que las solicitudes o la restante documentación requerida no reúnan todos y cada uno de los requisitos previstos en la convocatoria, se estará a lo previsto en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Dichas solicitudes, así como los anexos que se citan en esta convocatoria, podrán ser obtenidas en la sede central del Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid y podrán ser presentadas en las sedes y direcciones señaladas y en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Asimismo, existe una aplicación informática para cumplimentar la solicitud de subvención, a la que se podrá acceder a través de la página web cuya dirección es www.injuve.es.
Plazo de presentación.—El plazo de presentación será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria.{del 16 de Marzo al 14 de abril de 2011, a.i.}

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