lunes, 28 de marzo de 2011

Premio de Teatro para Autores Noveles «Calderón de la Barca» correspondiente al año 2011.

Premios. Teatro. Autor Novel. Resolución de 15 de marzo de 2011, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión del Premio de Teatro para Autores Noveles «Calderón de la Barca» correspondiente al año 2011.
Objeto y finalidad.–La presente Resolución tiene por objeto convocar el Premio de Teatro para Autores Noveles «Calderón de la Barca», en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), y en desarrollo de las bases establecidas por la Orden CUL/330/2008, de 28 de enero, publicada en Boletín Oficial del Estado de 14 de febrero.
El Premio, de carácter anual, tiene como finalidad reconocer el mérito en la creación dramatúrgica mediante la distinción de la obra teatral de un autor novel.
Destinatarios.–Podrán participar en la convocatoria del premio autores noveles españoles y de otros Estados de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo. Se entiende por autor novel aquél que todavía no ha estrenado de forma pública más de una obra.
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en las que concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la LGS.
Requisitos de las obras.–Los solicitantes deberán presentar obras teatrales de tema original cuya duración sea la normal de una representación. Las obras podrán estar escritas en cualquiera de las lenguas oficiales de España.
No se admitirán obras teatrales ya premiadas ni las estrenadas públicamente, ni tampoco las editadas en forma de libro o en revistas.
Cada solicitante puede participar con una única obra en la convocatoria.
Cuantía del Premio.–La dotación económica del Premio es de 10.000,00 euros.
Solicitudes.–Las solicitudes para participar en esta convocatoria deberán ajustarse al modelo publicado en el anexo I de esta Resolución y se acompañarán de las declaraciones contenidas en el anexo II. Se dirigirán al Director General del INAEM y se presentarán directamente en el Registro del INAEM o en el del Ministerio de Cultura (plaza del Rey, 1, 28004 Madrid), o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJ-PAC). No se admitirán como medio de presentación de solicitudes los servicios de mensajería privados ni los servicios de correo extranjeros.
La solicitud también podrá presentarse por Internet a través de la oficina virtual –Registro Electrónico– del Ministerio de Cultura: (www.mcu.es/registro/procedimientos.jsp), siempre que se posea un certificado para firma electrónica con plena validez.
Plazo de presentación.–El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 29 de marzo al 11 de mayo de 2011, a.i.}

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