jueves, 31 de marzo de 2011

Plan Avanza2 : Ayudas para la realización de proyectos y acciones en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Informac

Resolución de 25 de marzo de 2011, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se efectúa la convocatoria 1/2011 para la concesión de ayudas del Plan Avanza2 para la realización de proyectos y acciones en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
Los objetivos fundamentales que persigue esta convocatoria 1/2011 para la concesión de ayudas, han sido definidos en la Orden ITC/362/2011, de 21 de febrero («Boletín Oficial del Estado» núm. 47, de 24 de febrero), por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y se pueden resumir en los siguientes:
1. Incrementar el uso avanzado de servicios digitales por la ciudadanía.
2. Desarrollar las capacidades tecnológicas del sector TIC.
3. Promover la incorporación de las tecnologías de la información en las empresas, fundamentalmente las pequeñas y medianas (PYME).
4. Fortalecer el sector de contenidos digitales.
5. Desarrollar las TIC verdes.
Objeto.–Mediante la presente resolución se realiza la convocatoria 1/2011 de ayudas para la realización de proyectos y acciones en el marco de la Orden ITC/362/2011, de 21 de febrero («Boletín Oficial del Estado» núm. 47, de 24 de febrero), por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Avanza2, en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, correspondientes a los subprogramas que se relacionan a continuación:
1. Área temática de Fomento del Uso y Confianza en Internet:
a) Programas «Uso de servicios digitales (mayores, dependientes y ONGs)» y «TIC por la Igualdad»: Subprograma Avanza Ciudadanía Digital.
b) Programa «Formación TIC Profesionales y Autónomos»: Subprograma Avanza Formación.
2. Área temática de Impulso de la Industria TIC Española en Sectores Estratégicos:
a) Programa «Desarrollo Industria TIC Española»: Subprograma Avanza Competitividad I+D+I. b) Programa «TIC y Sostenibilidad»: Subprograma Avanza TIC Verdes.
c) Programa «Plan de Contenidos Digitales»: Subprograma Avanza Contenidos Digitales.
Plazos de presentación de solicitudes.–Los plazos para la presentación de solicitudes en cada procedimiento de selección de cada uno de los subprogramas incluidos en la presente convocatoria, serán los establecidos en la siguiente tabla:
Subprograma . Plazo de presentación de solicitudes
Avanza Ciudadanía Digital. Desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 26 de abril incluido. Avanza Formación. Desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 28 de abril incluido. Avanza Competitividad (I+D+I). Desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 4 de mayo incluido. Avanza TIC Verdes. Desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 9 de mayo incluido.
Avanza Contenidos Digitales. Desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 12 de mayo incluido.
Tramitación Electrónica. 1. De acuerdo a lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, en el Real Decreto 1671/2009 de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la ley anteriormente mencionada y según lo señalado en el apartado decimosexto de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases de los procedimientos, incluyendo, en su caso, el procedimiento de reintegro.
Asimismo, la tramitación electrónica será también obligatoria para la presentación de solicitudes de modificación de la resolución de concesión así como para la notificación del resultado de las mismas.
La notificación se realizará conforme a lo establecido en el apartado decimosexto de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
2. Los formularios y documentos electrónicos para cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (https://sede.mityc.gob.es) y en el portal AYUDATEC (http://www.mityc.es/portalayudas).

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