jueves, 26 de mayo de 2011

Subvenciones que fomenten una "Ciudadanía Activa", en las áreas de Servicios Sociales, Familias e Infancia y del Año Europeo de las Actividades de Vol

Ayudas y Subvenciones
Resolución de 23 de mayo de 2011, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se convocan subvenciones en las áreas de Servicios Sociales, Familias e Infancia y del Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que fomenten una Ciudadanía Activa, correspondientes al año 2011.
Primero. Convocatoria.–La Secretaría General de Política Social y Consumo, convoca la concesión de subvenciones en las áreas de Servicios Sociales, Familias e Infancia y del Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que fomenten una Ciudadanía Activa en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente al año 2011.
Segundo. Objeto y finalidad. 1. Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones estatales dirigidas a apoyar el movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal de las personas y los colectivos que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social, pueblo gitano, voluntariado, familias e infancia, así como de aquellas actividades que se dirijan al cumplimiento de los objetivos y los principios rectores del Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que fomenten una Ciudadanía Activa.
2. Serán subvencionables en esta convocatoria las actuaciones que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.
3. La finalidad de las subvenciones es respaldar a las entidades que operan en el ámbito social desde una perspectiva organizativa o institucional para fomentar o potenciar la posterior actividad de protección social que han de desarrollar.
En el caso del Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que fomenten una Ciudadanía Activa, la finalidad de las subvenciones es fomentar y favorecer la realización de actividades por parte de las organizaciones no gubernamentales de Acción Social que den visibilidad a los objetivos y principios rectores establecidos en la Decisión del Consejo 2010/37/CE, de 27 de noviembre de 2009, y detallados en el preámbulo de la Orden de bases reguladoras.
Cuarto. Solicitud y documentación. 1. Solicitud.
1.1 Modelo y presentación de solicitudes: Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo a que se refiere el artículo 5, punto 1, apartado 1.1, de la Orden de bases, y podrán ser presentadas en la sede del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, paseo del Prado, números 18-20, 28071 Madrid, o en cualquiera de los lugares indicados en el citado precepto.
Asimismo, existe una aplicación informática para la cumplimentación de la solicitud, a la que se podrá acceder en la página web cuya dirección es www.mspsi.gob.es.
También podrá realizarse la solicitud por medios electrónicos, de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Dirección General de Política Social, de las Familias y de la Infancia, a través de los siguientes medios:
Teléfonos:
91 822 66 53 y 91 822 66 54 (Familias e Infancia),
91 822 65 90 (Servicios Sociales),
91 822 66 34 (Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que fomenten una Ciudadanía Activa).
Fax:
91 363 50 69 (Familias e Infancia),
91 209 03 73 (Servicios Sociales),
91 363 74 35 (Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que fomenten una Ciudadanía Activa),
Correo electrónico:
sg.familias@mspsi.es
infancia@mspsi.es
voluntariado@mspsi.es
1.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 27 de mayo al 25 de junio de 2011, a.i.}

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