martes, 21 de junio de 2011

30 plazas del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, Código 1111, por el sistema general de acceso libre.

Orden TAP/1719/2011, de 14 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284 de 27 de noviembre de 2007), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio (Boletín Oficial del Estado núm. 183 de 30 de julio de 2009).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página web del portal del ciudadano (www.060.es) y en el portal del Instituto Nacional de Administración Pública (www.inap.es).
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 30 plazas del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, Código 1111, por el sistema general de acceso libre.
Del total de las plazas convocadas se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
3. Programas. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
4. Requisitos de los aspirantes. 4.1 Titulación: Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, o cumplir los requisitos necesarios para obtenerlo.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
4.2 Nacionalidad:
4.2.1 Tener la nacionalidad española.
4.2.2 También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado a), así como los extranjeros incluidos en los apartados b) y c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.
6. Solicitudes. 6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud (modelo 790) al que se accederá a través de la página web www.060.es (Trabajo-Modelo 790).
6.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.{del 22 de junio al 11 de julio de 2011, a.i.}
La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública a través de la dirección de Internet www.mpt.es (Procesos selectivos de empleo público - Inscripción en los procesos selectivos) o del Portal del ciudadano www.060.es (Trabajo - Inscripción en pruebas selectivas).
b) En el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública (C/ Atocha, nº 106, 28012-Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado.
c) Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

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