miércoles, 8 de junio de 2011

subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso acad

Orden EDU/1541/2011, de 2 de junio, por la que se convocan subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012, incluidos los desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas.
1. Objeto y modalidades de la convocatoria. 1. Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de estancias de movilidad de profesores visitantes y de estudiantes de las universidades españolas, públicas y privadas sin fin de lucro, en las enseñanzas universitarias oficiales de máster en el curso 2011-2012, contribuyendo a la internacionalización de la formación y al desarrollo del Espacio Europeo de Educación Superior.
2. Las subvenciones estarán destinadas exclusivamente a las estancias de movilidad en los másteres oficiales que impartan las universidades españolas en el curso 2011-2012, según con lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
3. Se excluyen expresamente de esta convocatoria las estancias de movilidad para realizar estudios de doctorado regulados por el Real Decreto 778/1998 y Real Decreto 56/2005, así como para realizar actividades formativas o del período de investigación de un programa de doctorado regulado por el Real Decreto 1393/2007.
4. Las subvenciones para el curso académico 2011-2012, se referirán a alguna de las modalidades siguientes:
a) Movilidad de profesores visitantes en los términos definidos en el capítulo I de la presente convocatoria.
b) Movilidad de estudiantes en los términos definidos en el capítulo II de la presente convocatoria.
c) Movilidad de profesores y estudiantes para enseñanzas oficiales de máster desarrollados conjuntamente por universidades españolas y francesas, en los términos definidos en el capítulo III de la presente convocatoria.
2. Beneficiarios. Los beneficiarios de las subvenciones convocadas serán, el profesorado y los estudiantes que respectivamente participen como docentes o estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster que se impartan en el curso 2011-2012.
3. Características, número y dotación de las subvenciones. 1. Las subvenciones se destinarán a sufragar los gastos producidos por la movilidad de los profesores visitantes y la movilidad de los estudiantes, por su participación en las enseñanzas universitarias oficiales de máster dentro del período de actividad académica de curso 2011-2012.
2. El número de estancias de movilidad y la dotación de las mismas, son las que figuran en los capítulos de la presente Orden, para cada una de las modalidades a las que se refiere el artículo 1.4.
3. La movilidad deberá producirse entre diferentes universidades y en distinta provincia de la universidad de matrícula, implicando un cambio efectivo de residencia habitual.
4. Formalización de solicitudes y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se cumplimentarán en los impresos que estarán disponibles en la dirección de Internet: http://www.educacion.es
2. El plazo de presentación de solicitudes, es el que figura para cada modalidad de ayuda en el capítulo correspondiente.
3. Las solicitudes por parte de los profesores y los estudiantes se dirigirán al Ministerio de Educación y se presentarán en el Registro de la Universidad dónde vaya a realizar la estancia el profesor visitante y en la universidad de matrícula en el caso de los estudiantes o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
CAPÍTULO I. MODALIDAD A
Subvenciones para las estancias de movilidad de profesores visitantes
15. Objeto de la modalidad. 1. Esta modalidad tiene por objeto la concesión de subvenciones para la participación de profesores visitantes en actividades formativas en las enseñanzas universitarias oficiales de máster que se lleven a cabo por las universidades españolas, públicas y privadas, sin fin de lucro, durante el curso académico 2011-2012. Dichas actividades deberán realizarse en universidades radicadas en territorio español.
18. ...4. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el «BOE».{del 9 al 24 de junio de 2011, a.i.}.
CAPÍTULO II. MODALIDAD B
Subvenciones para movilidad de estudiantes

27. Objeto de la modalidad. Estas subvenciones tienen por objeto facilitar a los estudiantes matriculados en el curso 2011-2012 en un máster oficial de una universidad española, la realización de parte de las actividades académicas del máster que se desarrollan en una universidad diferente a la de matrícula, en su caso, en otros países del Espacio Europeo de Educación Superior, que implique un cambio obligado de residencia.
30. ... 4. El plazo de presentación de las solicitudes por los estudiantes será desde el 5 de septiembre hasta el 23 de septiembre de 2011.
CAPÍTULO III. MODALIDAD C
Subvenciones para másteres conjuntos desarrollados por universidades francesas y españolas

40. Objeto de la modalidad. 1. Es objeto de la presente modalidad la concesión de subvenciones para atender los gastos de movilidad de profesores y estudiantes de universidades españolas para que se desplacen a Francia, con el fin de participar en programas de máster que se impartan y se desarrollen conjuntamente por una o varias universidades de cada país dentro de un proyecto activo de cooperación entre las instituciones participantes, en el marco de actuaciones para la consolidación y el fortalecimiento de los sistemas de formación en másteres franco-españoles.
2. Las solicitudes de movilidad de profesores y estudiantes se inscribirán en proyectos conjuntos de cooperación entre departamentos universitarios españoles y franceses. Las solicitudes de movilidad por parte española, serán presentadas en la Universidad a la que esté adscrito el investigador responsable y coordinador del proyecto.
3. Las asociaciones podrán ser bilaterales o en forma de red cuando participen más de dos universidades entre los dos países.
43. ... 4. El plazo de presentación del proyecto de cooperación o la memoria en el caso de los seleccionados en los cursos 2009-2010 y 2010-2011 será de quince días desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 9 al 24 de junio de 2011, a.i.}

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