lunes, 20 de julio de 2009

se fijan los períodos hábiles de caza y se establecen las vedas especiales para la temporada 2009-2010 en la Comunitat Valenciana

Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge. ORDRE de 16 de juliol de 2009, de la Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge, per la qual es fixen els períodes hàbils de caça i s’estableixen les vedes especials per a la temporada 2009-2010 a la Comunitat Valenciana. [2009/8580]
ORDEN de 16 de julio de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y se establecen las vedas especiales para la temporada 2009-2010 en la Comunitat Valenciana. [2009/8580]

Objeto y ámbito.- Es objeto de la presente orden la regulación de los períodos hábiles de caza y el establecimiento de las vedas especiales para la temporada 2009-2010 en la Comunitat Valenciana, así como las especies susceptibles de aprovechamiento.

Especies cinegéticas.- Las especies cinegéticas susceptibles de aprovechamiento en la temporada 2009-2010, que sean objeto de caza de acuerdo a las resoluciones aprobatorias de los planes técnicos de ordenación cinegética de los espacios cinegéticos o conforme con la presente orden en las zonas comunes de caza, son las siguientes:
a) Caza menor no acuáticas.

b) Caza menor, aves acuáticas.
c) Caza mayor.
Modalidades de caza en zonas comunes.- En las zonas comunes de caza de la Comunitat Valenciana se autorizan únicamente las siguientes modalidades de caza:
3.1. La caza del conejo con perros y sin armas. Periodo: desde el 19 de julio al 27 de diciembre de 2009
3.2. Cetrería. Periodo: desde el 12 de octubre de 2009 hasta el 31 de enero de 2010.
3.3. Caza con arco.Periodo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2009.
3.4. Caza con escopeta en puestos fijos. Periodo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2009.

3.5. Caza en mano o al salto. Periodo: del 12 de octubre al 8 de noviembre.
3.6. Caza en ganchos para el jabalí y el zorro. Periodo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2009.
Modalidades de caza menor en cotos y zonas de caza controlada.-
a) Conejo con perros y sin armas (acotados y zonas de caza controlada). Periodo: desde el 19 de julio de 2009 al cierre de la temporada general de caza menor.
b) Media veda excepto codorniz (acotados y zonas de caza controlada). Periodo: del 15 de agosto al 5 de septiembre de 2009.
c) Media veda de codorniz en Castellón y Valencia (acotados y zonas de caza controlada). Periodo: del 9 de agosto al 30 de agosto de 2009.
d) Caza menor en temporada (acotados y zonas de caza controlada). Periodo: del 12 de octubre de 2009 al 6 de enero de 2010.
e) Prórroga de la caza de zorzales y estorninos en puesto fijo. (acotados y zonas de caza controlada). Periodo: desde la fecha de cierre en el coto de la caza menor en temporada al 7 de febrero de 2010.
f) Cetrería y caza con arco (acotados y zonas de caza controlada).
g) Aves acuáticas (acotados y zonas de caza controlada). Periodo: desde el 12 de octubre de 2009 al 7 de febrero de 2010 en los cotos declarados de aves acuáticas. En el resto de espacios cinegéticos entre el 12 de octubre de 2009 y el 6 de enero de 2010.
La caza de la focha común en los acotados de caza de las provincias de Castellón, Valencia y término municipal de Pego en Alicante podrá practicarse desde el 15 de noviembre de 2009 hasta el 6 de enero de 2010, con un cupo por cazador y día de dos piezas. En el resto de la provincia de Alicante se cazará según las resoluciones del calendario de tiradas que se apruebe en cada coto.
Modalidades de caza mayor en cotos y zonas de caza controlada.-
a) Jabalí (Sus scrofa). En temporada del 12 de octubre de 2009 al 6 de enero de 2010.
Captura en vivo de aves fringílidas con red para el canto. Periodo: Se establecen dos periodos denominados A o de verano y B o periodo otoñal.
Días hábiles: En periodo A. Julio, día 31; agosto, días 1,2,7,8,9,14,15,16,21, 22,23, 28, 29 y 30.
Días hábiles: En periodo B. Agosto días 8 y 9; octubre del 4 al 31, tres días hábiles por semana a elegir de manera fija de lunes a domingo; noviembre, días, 1,7,8,14 y 15.

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