Fuerzas Armadas y Guardia Civil. Oferta de empleo
Real Decreto 261/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2011.
PDF (BOE-A-2011-3892 - 8 págs. - 280 KB)
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1. Aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas durante el año 2011. 1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, y en el artículo 23 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2011 en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta provisión de plazas solamente podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas, y se realizarán de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, y con lo dispuesto en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.
2. En los anexos a este real decreto se fija el número de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, que se desglosan en plazas de ingreso directo, plazas de promoción de militares de carrera a las escalas de oficiales, plazas de promoción interna de militares de complemento a las escalas de oficiales, plazas de promoción de militares de tropa y marinería a las escalas de oficiales y suboficiales y plazas de reservistas voluntarios.
2. Ingreso directo en centros docentes militares de formación. Se autoriza la convocatoria de plazas de acceso directo a cuerpos y escalas de militares de carrera y militares de complemento, una vez finalizado el proceso de formación, correspondientes al 10 por ciento de la tasa de reposición de efectivos. La distribución de las plazas para ingreso directo como alumno en los centros docentes militares de formación, que incluye el incremento correspondiente a la previsión de bajas durante ese periodo, es la que se detalla en el anexo I.
Real Decreto 261/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2011.
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1. Aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas durante el año 2011. 1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, y en el artículo 23 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2011 en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta provisión de plazas solamente podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas, y se realizarán de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, y con lo dispuesto en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.
2. En los anexos a este real decreto se fija el número de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, que se desglosan en plazas de ingreso directo, plazas de promoción de militares de carrera a las escalas de oficiales, plazas de promoción interna de militares de complemento a las escalas de oficiales, plazas de promoción de militares de tropa y marinería a las escalas de oficiales y suboficiales y plazas de reservistas voluntarios.
2. Ingreso directo en centros docentes militares de formación. Se autoriza la convocatoria de plazas de acceso directo a cuerpos y escalas de militares de carrera y militares de complemento, una vez finalizado el proceso de formación, correspondientes al 10 por ciento de la tasa de reposición de efectivos. La distribución de las plazas para ingreso directo como alumno en los centros docentes militares de formación, que incluye el incremento correspondiente a la previsión de bajas durante ese periodo, es la que se detalla en el anexo I.
3. Acceso a militares de tropa y marinería. La oferta de plazas para el acceso a militar de tropa y marinería será el necesario para alcanzar como máximo los 83.000 efectivos fijados en la disposición adicional décima de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre.
Se autoriza que hasta un máximo del 9 por ciento de las plazas puedan ser ofertadas para el acceso de extranjeros como militares de tropa y marinería.
4. Promoción. Se autoriza la convocatoria de plazas para ingreso como alumno en los centros docentes militares de formación, mediante promoción, que se recogen en el anexo II. En estas plazas se incluye el incremento correspondiente a la previsión de las bajas que se produzcan durante el periodo de formación.
5. Plazas de acceso a cuerpo y escala. Se autorizan las plazas de acceso a los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas, una vez finalizado el proceso de formación, que se recogen en el anexo III.
6. Acceso a una relación de servicios de carácter permanente. 1. Se autoriza la convocatoria de 32 plazas para acceso a una relación de servicios de carácter permanente de los militares de complemento (anexo IV).
2. Se autoriza la convocatoria de 250 plazas para acceso a una relación de servicios de carácter permanente de los militares de tropa y marinería (anexo IV).Se autoriza que hasta un máximo del 9 por ciento de las plazas puedan ser ofertadas para el acceso de extranjeros como militares de tropa y marinería.
4. Promoción. Se autoriza la convocatoria de plazas para ingreso como alumno en los centros docentes militares de formación, mediante promoción, que se recogen en el anexo II. En estas plazas se incluye el incremento correspondiente a la previsión de las bajas que se produzcan durante el periodo de formación.
5. Plazas de acceso a cuerpo y escala. Se autorizan las plazas de acceso a los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas, una vez finalizado el proceso de formación, que se recogen en el anexo III.
6. Acceso a una relación de servicios de carácter permanente. 1. Se autoriza la convocatoria de 32 plazas para acceso a una relación de servicios de carácter permanente de los militares de complemento (anexo IV).
7. Reservistas voluntarios. Se autoriza la oferta de 140 plazas para acceder a la condición de reservista voluntario (anexo V).
8. Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil. Se autoriza la convocatoria de las plazas de ingreso directo al centro docente militar de formación para el acceso a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil que figuran en el anexo VI. Las plazas de acceso a dicha Escala y Cuerpo, una vez finalizado el proceso de formación, serán las que figuran en el citado anexo.
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8. Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil. Se autoriza la convocatoria de las plazas de ingreso directo al centro docente militar de formación para el acceso a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil que figuran en el anexo VI. Las plazas de acceso a dicha Escala y Cuerpo, una vez finalizado el proceso de formación, serán las que figuran en el citado anexo.
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