miércoles, 29 de octubre de 2014

50 ayudas/becas "La Dipu te Eurobeca". (becas para la realización de prácticas formativas en el ámbito profesional a los jóvenes con titulación universitaria) Diputación Provincial de Valencia.

Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre aprobación de la convocatoria y las bases del Programa La Dipu te Eurobeca.
ANUNCIO
Aprobadas por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia, celebrada el 21 de octubre de 2014, la convocatoria y bases para la concesión de becas en el marco del  programa "La Dipu te Eurobeca" se abre un período de información y apertura de plazo de presentación de solicitudes, a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, que se transcriben a continuación:
BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS LA DIPU TE EUROBECA
La Diputación de Valencia viene fomentando la integración y la incorporación de los jóvenes valencianos al mercado laboral mediante iniciativas que permitan favorecer la formación de este colectivo a la vez que abra nuevas posibilidades de colaboración con entidades y organismos transnacionales.
En este sentido, considerando la globalización de la economía y la internacionalización de las medidas a nivel europeo se ha considerado oportuno y conveniente convocar unas becas formativas que permitan que jóvenes valencianos completen su formación en instituciones, entidades y organizaciones europeas de forma que se produzca una mayor colaboración entre los municipios valencianos y los organismos europeos, puesto que estos jóvenes serán el instrumento que nos permita alcanzar metas europeas.
En este sentido la Diputación de Valencia ha diseñado un programa de becas, prácticas formativas que permitirá a un número de jóvenes de la provincia de valencia mejorar sus conocimientos, su nivel de idioma extranjero y en la medida de lo posible hacer extrapolable su experiencia y acercar las políticas europeas a los distintos ayuntamientos de la provincia de Valencia.
Se trata de realizar una actuación en aquellas áreas concretas que por el interés general y de los propios ayuntamientos permitan garantizar una aplicabilidad inmediata de los conocimientos adquiridos, así se han identificado organizaciones de destino cuyas áreas prioritarias de actuación son medio ambiente, agua, tecnología de la información, jóvenes, turismo, proyectos europeos, derecho comunitario.
Base primera.- Objeto. Constituye el objeto de las presentes bases regular la concesión de becas para la realización de prácticas formativas en el ámbito profesional a los jóvenes con titulación universitaria para que puedan recibir formación a nivel europeo, en el ámbito de la Unión Europea, en el marco de sus enseñanzas y con el fin de lograr una futura empleabilidad que conduzca a una mayor profesionalización de nuestros jóvenes y una mayor integración en los mercados laborales nacionales y transnacionales.
El número total de ayudas previstas en las presentes bases es de 50.
Las ayudas económicas sin contraprestación que constituyen estas becas tienen la consideración de subvenciones.
Base segunda.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
- Jóvenes de hasta 35 años cumplidos en el momento de finalización del plazo para presentar las solicitudes. 
- Tener una titulación de diplomatura, licenciatura, grado de alguna universidad española o del Espacio Europeo de Educación Superior. En caso de haber sido obtenidos en el extranjero deberán o bien acreditar el suplemento europeo de título o la homologación por el Ministerio de Educación conforme a la normativa vigente, Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior (BOE de 4 de marzo de 2004) o normativa que la sustituya, en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
- Contar con la vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia con una antigüedad ininterrumpida al menos de 1 año inmediatamente anterior a la fecha en la que se publiquen las presentes bases.
- Contar con un conocimiento suficiente del idioma esencial requerida para cada uno de los destinos, según se indica en el anexo "Datos de destino", tal como se indica en las presentes bases. 
A estos efectos, el/los idioma/s que sea/n requerido/s por el organismo como idioma/s esencial/es para el desarrollo de la beca requerirá un nivel correspondiente al nivel B2 del Marco Europeo de Referencia para las lenguas. La acreditación del nivel de idiomas se realizará mediante la aportación del correspondiente certificado emitido por entidades competentes para acreditar la competencia lingüística y comunicativa de conformidad con lo dispuesto por la Orden 93/2013, de 11 de noviembre de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte por la que se modifica el anexo único denominado certificados y diplomas que acreditan la competencia en lenguas extranjeras del Decreto 61/2013, de 17 de mayo (DOCV núm 7151 de 13 de noviembre de 2013) o norma posterior que la modifique.
A los efectos de la justificación de las capacidades concretas de los idiomas se estará a lo que establece el cuadro de equivalencias aprobado en el Marco común europeo de referencia para las lenguas.
Por lo que se refiere al resto de idiomas oficiales de la unión europea acreditados deberá contar con conocimiento mínimo correspondientes al nivel B1. A los efectos de esta convocatoria se consideran idiomas oficiales de posible objeto de valoración los que se indican en el anexo II. En este caso la acreditación del nivel del idioma se realizará del mismo modo que el establecido en los párrafos anteriores para el idioma esencial
La exigencia de niveles indicados son los mínimos exigidos para admitir una solicitud en el proceso de selección del presente programa, pudiendo, sin embargo, los organismos de destino exigir unos niveles superiores para admitir algún candidato, exigencia ésta que se detalla en el anexo "Datos de destino".
La Diputación de Valencia se reserva la facultad de convocar a los candidatos admitidos a una prueba de idiomas, pudiendo este realizarse de manera oral o por escrito. 
En ese caso se convocará a los candidatos a la realización de dicha prueba indicando lugar, día y hora en el momento de la publicación de la lista de admitidos y excluidos.
En ningún caso esta eventual entrevista podrá sustituir la acreditación del nivel de idioma de conformidad con los párrafos anteriores.
- No estar sancionado administrativa o penalmente con la perdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, ni estar incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
Base tercera.- Solicitudes. 1.- La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de las presentes bases abre un plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación{del 30 de octubre al 28 de noviembre de 2014, a.i.}, para que los jóvenes titulados interesados en acceder a estas becas presenten la correspondiente solicitud tal como se indica en los siguientes párrafos.
En la misma se deberá indicar por orden de preferencia y hasta un máximo de tres, los destinos concretos en los que desearía realizar la formación.
Se entiende por destino cada una de las combinaciones, en su caso, de organismo y proyecto de forma que en el momento de la elección de preferencia y en el supuesto de que un destino oferte varios proyectos cada combinación de organismo-proyecto supondrá un elemento unitario que deberá ser elegido de forma unitaria e independiente. Presentada la solicitud, y salvo en los supuestos previstos en estas bases, no se podrá proceder ni al cambio de los destinos solicitados ni al orden de preferencia consignado en la solicitud.
A estos efectos, los solicitantes deberán cumplir con los requisitos de área de conocimiento, de idioma/s requerido/s y, en su caso, de otros conocimientos que se detallan en cada uno de las características del destino, que tienen consideración de requisitos de necesario y obligado cumplimiento para la admisión en la convocatoria, tal y como se indica en al anexo a estas bases. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos esenciales supondrá la inadmisión de la solicitud en el destino concreto en el que estos se requieran. Sin embargo, y en el supuesto de cumplimiento de los requisitos de alguno de los otros destinos solicitados, podrá ser admitido y valorado en los mismos.
En el supuesto excepcional de que durante la fase de valoración de las solicitudes se diese de baja alguno de los organismos de destino, se faculta al diputado delegado del programa La Dipu te Eurobeca para incluir otro destino, que, en lo posible, atienda los mismos requerimientos que el que se ha dado de baja, comunicándolo a los solicitantes y concediéndoles un plazo para manifestar su interés en el nuevo destino incorporado. La no aceptación del cambio de destino no supondrá decaimiento en el resto de solicitudes.
La solicitud deber generarse necesariamente por medio telemáticos por Internet, debiendo imprimir el documento que se genere. La instancia de solicitud se encuentra en la sede electrónica de la Diputación de Valencia ubicada en www.sede.dival.es. En la referida instancia el solicitante, atendiendo a sus condiciones particulares y en atención a los requisitos que pueden ser objeto de valoración, realizará la correspondiente autobaremación.
Dicha solicitud deberá ser firmada por el solicitante y, en su caso, por los miembros declarados de la unidad familiar y presentarla, en papel, tal como se indica mas abajo en el Registro General de la Diputación en el plazo fijado al efecto. No se aceptará ninguna solicitud que no haya sido generada vía Internet.
Junto con la solicitud tanto en la generación telemática como en la presentación presencial, deberán aportar necesariamente la documentación acreditativa de los requisitos que debe cumplir:
- Curriculum vitae, así como portfolio en el caso de que el área de conocimiento lo requiera.
- Fotocopia compulsada del NIF/ NIE/Pasaporte.
- Fotocopia compulsada del Certificado de empadronamiento en algún municipio de la provincia de Valencia en el que conste expresamente la antigüedad de la domiciliación
- Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de la titulación de acceso, en la que conste la nota media del expediente, en base 10.
- Fotocopia compulsada de la Titulación oficial del nivel de conocimiento que aporte como idioma esencial, tal como se requiere en el anexo de destino.
- Fotocopia compulsada de cualquier otra documentación acreditativa de los requisitos de obligatorio cumplimento que, en su caso, vengan definidos por el organismo adherido y se encuentren reflejados en la columna de otros conocimientos.
Asimismo y en el supuesto de que cuente con circunstancias valorables de conformidad con las presentes bases deberá aportar para poder contar con la correspondiente puntuación:
- Fotocopia compulsada de la Titulación oficial del nivel de conocimiento del idioma complementario.
- Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de otra titulación de igual o superior nivel a aquella que ha aportado para acceder a la convocatoria en la que conste la nota media del expediente ( en base 10) o certificado del centro universitario de los cursos completos cursados con nota media de los mismos ( en base 10) 
- Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de haber realizado master universitario oficial. 
- Fotocopia de la documentación acreditativa de haber sido beneficiario de una beca en el marco del programa ERASMUS. 
- Copia Declaración de la renta del ejercicio 2013, tanto del solicitante, en su caso, como del resto de miembros de la unidad familiar que se haya consignado en la solicitud.
Por lo que se refiere a esta convocatoria las compulsas se podrán realizar por cualquier oficina de cualquier administración que tenga su sede en el territorio de la provincia de Valencia. Asimismo se aceptarán fotocopias cotejadas ante Notario.
Las solicitudes, junto con la documentación indicada, deberán presentarse preferentemente en el Registro General de la Diputación de Valencia, Calle Serranos número 2 de Valencia. Las solicitudes generadas por vía telemática y no presentadas en el Registro no generaran derecho alguno para el solicitante.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o no se acompañen la documentación que, de acuerdo con estas bases resulte exigible, se requerirá al interesado para que en el plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente a la recepción de la notificación subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos , con indicación de que si así no lo hiciere se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin mas tramite. A los efectos de la presente convocatoria se considera notificación probada y fehaciente la remisión por correo electrónico a la dirección de correo indicada.
... Base séptima.-Duración de la beca. La beca tendrá una duración de 5 meses iniciándose en el momento en que el beneficiario se incorpore al proyecto de formación el becario. Se realizará durante el ejercicio 2015, si bien en casos excepcionales y atendiendo al momento de formalización de la incorporación de cada uno de los becarios, así como a las circunstancias concretas de desarrollo de las becas en cada uno de los destinos de la presente convocatoria, podrá prolongarse durante los meses necesarios del ejercicio 2016, para lo que la Diputación de Valencia realizará los ajustes necesarios en el programa.

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