lunes, 16 de julio de 2012

12 Becas para Deportistas en Equipos Alicantinos, con carácter de internado, durante el período de la temporada deportiva correspondiente 2012/2013, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

Convocatoria de Becas Residenciales en el Hogar Provincial para Deportistas en Equipos Alicantinos, Temporada 2012/2013, así como las Bases que han de regir la misma, con arreglo al siguiente texto:
«BASES DE CONVOCATORIA DE BECAS RESIDENCIALES EN EL HOGAR PROVINCIAL DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, PARA DEPORTISTAS DE EQUIPOS ALICANTINOS, TEMPORADA 2012/2013.
El deporte dentro de sus varias manifestaciones, se considera hoy día como una de las actividades sociales que más está calando en nuestra sociedad, configurándose como un elemento fundamental de nuestro entorno y además considerándose su práctica como medio esencial para el mantenimiento de la salud, creando en las personas que lo practican hábitos favorecedores de la inserción social y de fomento de la solidaridad.
Lo anterior supone que se considere como uno de los fines primordiales de la Excma. Diputación la adopción de medidas encaminadas al fomento de las prácticas deportivas y a prestar ayudas a aquellas personas que habitualmente las realizan.
Por ello y dentro de los fines que se persiguen en relación con la promoción, el fomento y reutilización de las instalaciones del Hogar Provincial, se ha establecido en dicho Centro el Servicio de Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos.
En consecuencia se convocan 12 Becas Residenciales en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación para Deportistas de Equipos Alicantinos, Temporada 2012/2013.
BASES
PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria. Se convocan 12 Becas para Deportistas en Equipos Alicantinos, con carácter de internado, durante el período de la temporada deportiva correspondiente 2012/2013, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Dichas Becas quedan excluidas del ámbito de aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante según lo establecido en su artículo 3.1 apartado d), aprobada en sesión plenaria de 14 de abril de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 118 de fecha 27 de mayo de 2005.
SEGUNDA.- Requisitos. Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones:
a) Ser español. No obstante, podrán solicitar asimismo estas Becas, deportistas de nacionalidad extranjera que pertenezcan a clubes deportivos de la Provincia de Alicante.
b) Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 30 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En casos excepcionales, que serán debidamente valorados por la Comisión de Selección a que se refiere la base octava de esta Convocatoria, se podrán admitir solicitudes de deportistas con una edad superior a 30 años siempre que practiquen un deporte olímpico cuya plenitud de rendimiento deportivo se alcance en una edad superior o inferior a la fijada. 
c) Practicar un deporte olímpico y tener la condición de deportista federado en dicho deporte, así como pertenecer a un club deportivo de la Provincia de Alicante.
SEXTA.- Solicitudes y plazo de presentación. Los solicitantes de las Becas, elevarán sus solicitudes a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, según modelo que se facilitará en la Excma. Diputación (Registro General), con la correspondiente documentación, presentándose todo ello en el referido Registro General de esta Corporación Provincial, sito en la C/ Tucumán nº 8 de Alicante. El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 17 de julio al 16 de agosto de 2012, a.i.}
Las solicitudes podrán ser presentadas por los propios interesados, o por las Federaciones Deportivas o Clubes Deportivos a los que pertenezca, bien directamente o a través de alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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