domingo, 19 de febrero de 2017

Bolsas de trabajo de Médico de Urgencia Hospitalaria en: Hospital de Barbastro., Hospital Obispo Polanco de Teruel.. y Hospital de Alcañiz en Alcañiz (Teruel)..

DEPARTAMENTO DE SANIDAD
- RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2017, de la Gerencia de Sector de Barbastro del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de selección, para la elaboración de listas de espera para contrataciones temporales de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria en el Hospital de Barbastro..
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1. Número de plazas, situación y especialidad.
Plazas que se generen y que requieran su cobertura por este procedimiento de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria.
2. Características del puesto de trabajo.
a) Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde, prestando sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, salvo que se opte por la no percepción del complemento Específico y se obtenga la oportuna autorización de compatibilidad.
b) Funciones. Las propias de la profesión de Médico de Urgencia Hospitalaria en la correspondiente Unidad de Urgencias y programas que pudieran implantarse.
c) Retribuciones. Las que correspondan para este puesto de trabajo según las disposiciones, acuerdos y pactos vigentes.
d) Tipo de nombramiento. A los médicos seleccionados para desempeñar las funciones de la plaza convocadas, se le expedirá nombramiento de personal estatutario temporal que, en cada caso, corresponda. Se dispondrá el cese en el nombramiento citado de conformidad con la normativa vigente.
3. Requisitos de los aspirantes.
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Poseer cualquier título de Médico Especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes o la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 junio, sobre el ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada.
d) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la profesión de Médico. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales ("Boletín Oficial de Aragón", número 46, de 8 de marzo de 2016).
g) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud.
Los requisitos exigidos en esta base tercera deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
4. Solicitudes y documentación.
Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Barbastro, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos:
- Copia de DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de identidad.
- Copia del título oficial exigido.
- Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, experiencia profesional, así como actividades formativas, docentes y de investigación.
- El formulario de auto-baremación que se acompaña como anexo II.
- Copia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, los cuales serán valorados de conformidad con el baremo que se adjunta como anexo III, y que deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad. La experiencia profesional se justificará mediante un certificado de servicios prestados.
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales o autorización a la Administración para su obtención conforme modelo anexo IV de la Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
5. Plazo y lugares de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". {del 18 de febrero al 9 de marzo de 2017, a.i.}
Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en la Oficina de Registro de la Gerencia de Sector de Barbastro sito en el Hospital de Barbastro, C/Carretera Nacional 240, S/Número, 22300 Barbastro, a través de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para el caso de que la solicitud se presentara en las oficinas de Correos, deberá ofrecerse obligatoriamente en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de la fecha en el lugar destinado para ello en el original y en la copia.
El ejemplar para el interesado debidamente sellado le servirá de justificante.
No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante.

DEPARTAMENTO DE SANIDAD
- RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2017, de la Gerencia del Sector de Teruel del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de selección, para la elaboración de listas de espera para contrataciones temporales de la categoría de médico de urgencia hospitalaria en el Hospital Obispo Polanco de Teruel.. Ver documento
1. Número de plazas, situación y especialidad.
Plazas que se generen y que requieran su cobertura por este procedimiento de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria.
2. Características del puesto de trabajo.
a) Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde, prestando sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, salvo que se opte por la no percepción del complemento Específico y se obtenga la oportuna autorización de compatibilidad.
b) Funciones. Las propias de la profesión de Médico de Urgencia Hospitalaria en la correspondiente Unidad de Urgencias y programas que pudieran implantarse.
c) Retribuciones. Las que correspondan para este puesto de trabajo según las disposiciones, acuerdos y pactos vigentes.
d) Tipo de nombramiento. A los médicos seleccionados para desempeñar las funciones de la plaza convocadas, se le expedirá nombramiento de personal estatutario temporal que, en cada caso, corresponda. Se dispondrá el cese en el nombramiento citado de conformidad con la normativa vigente.
3. Requisitos de los aspirantes.
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Poseer cualquier título de Médico Especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes o la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 junio, sobre el ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada.
d) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la profesión de Médico. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales ("Boletín Oficial de Aragón", número 46, de 8 de marzo de 2016).
g) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud.
Los requisitos exigidos en esta base tercera deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
4. Solicitudes y documentación.
Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Teruel, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos:
- Copia de DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de identidad.
- Copia del título oficial exigido.
- Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, experiencia profesional, así como actividades formativas, docentes y de investigación.
- El formulario de auto-baremación que se acompaña como anexo II.
- Copia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, los cuales serán valorados de conformidad con el baremo que se adjunta como anexo III, y que deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad. La experiencia profesional se justificará mediante un certificado de servicios prestados.
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales o autorización a la Administración para su obtención conforme modelo anexo IV de la Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
5. Plazo y lugares de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". {del 18 de febrero al 9 de marzo de 2017, a.i.}
Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en la Oficina de Registro de la Gerencia de Sector de Teruel sita en la C/Joaquín Arnau, número 22 - 3.ª planta 44002 Teruel, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para el caso de que la solicitud se presentara en las oficinas de Correos, deberá ofrecerse obligatoriamente en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de la fecha en el lugar destinado para ello en el original y en la copia.
El ejemplar para el interesado debidamente sellado le servirá de justificante.
No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante.

DEPARTAMENTO DE SANIDAD
- RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2017, de la Gerencia de Sector de Alcañiz, por la que se convoca procedimiento de selección para la elaboración de listas de espera para contrataciones temporales de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria en el Hospital de Alcañiz en Alcañiz (Teruel)..
Ver documento 
1. Número de plazas, situación y especialidad.
Plazas que se generen y que requieran su cobertura por este procedimiento de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria.
2. Características del puesto de trabajo.
a) Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde, prestando sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, salvo que se opte por la no percepción del complemento Específico y se obtenga la oportuna autorización de compatibilidad.
b) Funciones. Las propias de la profesión de Médico de Urgencia Hospitalaria en la correspondiente Unidad Clínica y programas que pudieran implantarse.
c) Retribuciones. Las que correspondan para este puesto de trabajo según las disposiciones, acuerdos y pactos vigentes.
d) Tipo de nombramiento. A los facultativos seleccionados para desempeñar las funciones de las plazas convocadas, se le expedirá el nombramiento de personal estatutario temporal que en cada caso corresponda. Se dispondrá el cese en el nombramiento citado de conformidad con la normativa vigente.
3. Requisitos de los aspirantes.
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Poseer cualquier título de Médico Especialista expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes o la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 junio, sobre el ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada.
d) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa de 65 años.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la profesión de Médico. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Publicado en "Boletín Oficial de Aragón", de 8 de marzo de 2016.
g) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud.
Los requisitos exigidos en esta base tercera deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
4. Solicitudes y documentación.
Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Alcañiz, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos:
- Copia de DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de identidad.
- Copia del título oficial exigido.
- Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, experiencia profesional, así como actividades formativas, docentes y de investigación.
- El formulario de auto-baremación que se acompaña como anexo II.
- Copia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, los cuales serán valorados de conformidad con el baremo que se adjunta como anexo III, y que deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad. La experiencia profesional se justificará mediante un certificado de servicios prestados.
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales o autorización a la Administración para su obtención conforme modelo anexo IV de la Instrucción de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen criterios de gestión en relación a la acreditación de la certificación negativa de los datos inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales ("Boletín Oficial de Aragón", de 8 de marzo de 2016).
5. Plazo y lugares de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". {del 18 de febrero al 9 de marzo de 2017, a.i.}
Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en la Oficina de Registro del Hospital de Alcañiz, situada en Avenida Maestrazgo, número 2, 1.ª planta, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante.    
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