miércoles, 30 de septiembre de 2009

Bolsa de empleo temporal: AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL . Ajuntament de Banyeres de Mariola (L'Alcoià)

AYUNTAMIENTO BANYERES DE MARIOLA. -BASES ESPECIFICAS REGULADORAS DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE LA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL . pàgina 22
Objeto.-
constitución de una bolsa de empleo temporal para el desempeño provisional del puesto de trabajo de Agente de Policía Local, como funcionario interino.
Vista la Ordenanza General de Normas de Funcionamiento de Bolsas de trabajo para la contratación temporal de personal laboral y funcionario interino del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, aprobadas inicialmente por acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2008, y elevándose a definitiva mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 152 de fecha 8 de agosto de 2008.

Requisitos para la inscripción en la bolsa de trabajo.- Los requisitos comunes son los establecidos en el apartado tercero de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola. Al tratarse de una plaza clasificada en el Grupo C1), es necesario estar en posesión del bachiller o equivalente.
Se exigen como requisitos específicos estar en posesión de los permisos que habilitan para la conducción de
vehículos de las clases BTP, A y A-1
; así como haber superado en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana las pruebas psicotécnicas y físicas establecidas en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, en un período de un año de antelación al del último día del plazo para la presentación de instancias.
Inscripción en la Bolsa.- Se regirá por lo previsto en el apartado cuarto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o de que entienda la administración, deberán abonarse en el número de cuenta 2090 1112 40 0064000159, 6 € en concepto de derechos de examen. El modelo para el abono de la indicada tasa estará en la página web del Ayuntamiento http://www.portademariola.com/ .
sistema de selección.- La selección tendrá dos fases.
a) Consistirá en la realización de un ejercicio que consistirá en una o varias pruebas prácticas, a determinar por la Comisión de Baremación, relacionada con los cometidos propios del puesto de trabajo.
La Comisión determinará antes del comienzo del ejercicio la duración máxima de la prueba.
La realización de la prueba tendrá lugar el quinto día hábil (excluir festivos y domingos en el cómputo) tras la finalización del periodo de presentación de instancias, a las 9 de la mañana en la Casa de Cultura.
La presentación de instancias es a partir del 1 de octubre, inclusive.

ayudas a pymes de la Comunitat Valenciana para el desarrollo del Programa PIPE (Plan de Iniciación a la Promoción Exterior)

Consell de Cambres Oficials de Comerç, Indústria i Navegació de la Comunitat Valenciana. Convocatòria d’ajudes a pimes de la Comunitat Valenciana per al desenvolupament del Programa PIPE (Pla d’Iniciació a la Promoció Exterior). [2009/10888]
Convocatoria de ayudas a pymes de la Comunitat Valenciana para el desarrollo del Programa PIPE (Plan de Iniciación a la Promoción Exterior). [2009/10888]
2. Objeto de la convocatoria.- La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación en el programa de pymes de la Comunitat Valenciana. El contenido del PIPE se detalla en el documento de empresa participante que se puede descargar en la página web del Consejo Superior de Cámaras ( http://www.camaras.org/ ) dentro del apartado correspondiente al PIPE, en el portal PIPE ( http://www.portalpipe.com/ ), en la web del ICEX ( http://www.icex.es/ ), en la web de la Cámara de Comercio de Alcoy, Alicante, Castellón, Orihuela y Valencia
http://www.camaraalcoy.net/
http://www.camaralicante.com/
http://www.camaracastellon.com/
http://www.camaraorihuela.es/
http://www.camaravalencia.com/
y en la web del InstitutoValenciano de la Exportación, IVEX ( http://www.ivex.es/ ).
3. Beneficiarios.- El programa va dirigido a pymes (según la definición de la Unión Europea) que, disponiendo de producto o servicio y con potencial exportador, no exporten o que su porcentaje de exportación no supere el 30% de su facturación (salvo las excepciones contempladas en el programa motivadas por exportación cautiva, a cliente único, etc.).
Han de cumplir los requisitos establecidos en el punto 7 de la presente convocatoria.

6. Presentación de solicitudes.- La solicitud para participar en el Programa PIPE podrá realizarse mediante:
– Escrito dirigido a la Secretaría Técnica del Programa PIPE correspondiente a la demarcación territorial de la empresa, quién deberá registrar la recepción de la misma. Los datos de contactos de las secretarías técnicas del programa se pueden consultar en la web del Consejo Superior de Cámaras (
http://www.camaras.org/ ) dentro del apartado correspondiente al PIPE, en el portal PIPE ( http://www.portalpipe.com/ >), en la web del ICEX ( http://www.icex.es/), en la web de la Cámara de Comercio de Alcoy, Alicante, Castellón, Orihuela y Valencia (http://www.camaraalcoy.net/ ; http://www.camaralicante.com/ ;
http://www.camaracastellon.com/ ; http://www.camaraorihuela.es/ ; http://www.camaravalencia.com/ )
y en la web del Instituto Valenciano de la Exportación, IVEX ( http://www.ivex.es/ ).
– A través del
902 192 000.
– A través de inscripción en las web de las instituciones involucradas en el programa que cuenten con esta facilidad.
El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y quedará abierto durante todo el año y hasta que se incorpore el número máximo de empresas previsto para este ejercicio.
7. Criterios de selección y resolución.- La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre concurrencia y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.
Las condiciones imprescindibles para optar al programa de ayudas son:
– Ser una pyme (de acuerdo a la definición de pyme de la UE).
– No exceder de 250 empleados.
– Cumplir la norma de minimis.
– Ser exportadora ocasional o no superar en exportación un 30% de su facturación (salvo las excepciones contempladas en el programa motivadas por exportación cautiva, a cliente único, etc.).
– Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la Comunitat Valenciana
– Estar dada de alta en el censo del IAE, sección 1:
actividades empresariales, industriales, comerciales y de servicios.

Becas: se amplía el plazo de presentación de solicitudes de becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2009-2010 para alumnos de

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/2619/2009, de 29 de septiembre, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2009-2010 para alumnos de enseñanzas universitarias y de estudios postobligatorios y superiores no universitarios, convocadas por Orden EDU/1901/2009, de 9 de julio y Resolución de 3 de junio de 2009.
Ampliar hasta el 10 de octubre de 2009 el plazo para la presentación de las solicitudes de becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2009-2010, previsto en el artículo 38.4 de la Orden EDU/1901/2009, de 9 de julio y en el artículo 45 de la Resolución de 3 de junio de 2009 de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional.

18.000 ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP)

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/2618/2009, de 18 de septiembre, por la que se convocan ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
Objeto.- Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, hasta 18.000 ayudas de entre 1.000,00 y 1.250,00 euros cada una para seguir un curso de inmersión lingüística en inglés organizado por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en adelante UIMP).
Solicitantes.- Podrán solicitar estas ayudas los jóvenes que no hayan cumplido 30 años a 31 de diciembre de 2010 y que hayan obtenido la condición de becario para Enseñanzas Universitarias, Enseñanzas Artísticas Superiores, Otros estudios Superiores o Formación Profesional de Grado Superior en alguna de las siguientes convocatorias:
Convocatoria de becas para iniciar estudios universitarios en los cursos:
2007-2008 (Orden ECI/1386/2007, de 14 de mayo; B.O.E. de 21 de mayo).
2008-2009 (Resolución de 6 de mayo de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación; B.O.E. del 13 de mayo).
Convocatoria de becas de carácter general en los cursos:
2007-2008 (Orden ECI/ 2128/2007, de 18 de junio; BOE del 14 de julio).
2008-2009 (Resolución de 2 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación; B.O.E. de 19 de junio).
Convocatoria de becas de movilidad en los cursos:
2007-2008 (Orden ECI/2129/2007, de 20 de junio; B.O.E. del 14 de julio).
Convocatoria de becas de carácter general y movilidad en el curso:
2008-2009 (Resolución de 2 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación; B.O.E. de 24 de junio).
Duración y régimen de los cursos.–Los cursos tendrán una duración de cinco días y se desarrollarán en régimen de internado de domingo por la tarde a sábado a mediodía en las sedes que se recogen en el anexo a esta Orden y en los periodos semanales que asimismo se indican.
Para completar el precio total del curso los estudiantes deberán abonar 100,00 euros a la UIMP.
Solicitud.– 1. Los interesados que puedan acreditar un nivel intermedio o avanzado de conocimiento de la lengua inglesa, por medio de los sistemas de evaluación que establezca la UIMP, y que cumplan los demás requisitos establecidos por esta Orden, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web http://www.educación.es/ . Además deberán imprimir dicho modelo una vez cumplimentado y presentarlo firmado en la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes del Ministerio de Educación hasta el día 30 de octubre de 2009, por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes podrá requerir la presentación de la documentación que resulte necesaria para la acreditación de los requisitos.
2. Para obtener información sobre el estado de tramitación de su solicitud los interesados deberán consultar la página web a que se refiere el apartado anterior.

La información relativa a la solicitud y adjudicación de las ayudas podrá consultarse en la página web del Ministerio de Educación web http://www.educación.es/ .
La información relativa a la realización del test, cursos, elección de sede y semana, etc... podrá consultarse en la página web de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo http://www.uimp.es/ .
ANEXO - Características de los cursos
Los cursos tendrán lugar en Santander, Madrid, La Coruña, Pontevedra, Cuenca, Valencia, Sevilla, Granada, Tenerife, La Línea de la Concepción y Barcelona, en el período comprendido entre el 11 de enero y 13 de diciembre de 2010. Las plazas se distribuirán según la tabla siguiente:
Calendario 2010 curso inmersión inglés M.º de Educación-UIMP
convocatoria * fecha inicio * Nº de Alumnos
Nº 6 * 15-feb * 80
Nº 7 * 22-feb * 80
Nº 8 * 01-mar * 80
Nº 9* 08-mar * 80
Nº 10 * 15-mar * 80
Nº 11 * 22-mar * 80
Nº 12 * 29-mar * 80
Nº13 * 05-abr * 80
Nº 14 * 12-abr * 80
Nº 15 * 19-abr * 80
Nº 16 * 26-abr * 80
Nº 17 * 03-may * 80
Nº 18 * 10-may * 80
Nº 19 * 17-may * 80
Nº 20 * 24-may * 80
Nº 21 * 31-may * 80
Nº 22 * 07-jun * 80
Nº 23 * 14-jun * 80
Nº 24 * 21-jun * 80
Nº 25 * 28-jun * 80
Nº 26 * 05-jul * 125
Nº 27 * 12-jul * 125
Nº 28 * 19-jul * 125
Nº 29 * 26-jul * 125
Nº 30 * 02-ago * 125
Nº 31 * 09-ago * 125
Nº 32 * 16-ago * 125
Nº 33 * 23-ago * 125
Nº 34 * 30-ago * 125
Nº 35 * 06-sep * 125
Nº 36 * 13-sep * 80
Nº 37 * 20-sep * 80
Nº 38 * 27-sep * 80
Nº 39 * 04-oct * 80
Nº 40 * 11-oct * 80
Nº 41 * 18-oct * 80
Nº 42 * 25-oct * 80
Nº 43 * 01-nov * 80
Nº 44 * 08-nov * 80
Nº 45 * 15-nov * 80
Nº 46 * 22-nov * 80
Nº 47 * 29-nov * 80
Nº 48 * 06-dic * 80
Nº 49 * 13-dic * 80
Total València: 3.970 becas.

1 Técnico Medio de Informática, grupo B. Universidad Miguel Hernández ( Elx/Elche)

Resolución de 9 de septiembre de 2009, de la Universidad Miguel Hernández, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al Grupo B, sector Administración Especial, Escala Técnica Media de Informática, mediante el sistema de concurso-oposición.
Bases de la convocatoria
1. Normas generales.- 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza vacante, de la Escala Técnica Media de Informática, con denominación Técnico Medio de Informática, grupo B, por el sistema general de acceso libre.
2. Requisitos de los aspirantes.- 2.1.3 Estar en posesión del título de
Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o equivalente.
3 Solicitudes.- 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en el Servicio de Recursos Humanos (Edificio Rectorado y Consejo Social) y en los Centros de Gestión de Campus de esta Universidad, que se dirigirá al Rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche, y que se presentará en el Registro General de la Universidad y en los Registros Auxiliares de los Centros de Gestión de Campus, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 1 al 26 de de octubre, a.i.]

martes, 29 de septiembre de 2009

Ayudas para obras de acondicionamiento de caminos rurales, para el ejercicio de 2009, en municipios y entidades locales menores de la C.V.

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . RESOLUCIÓ de 21 de setembre de 2009, de la Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual es convoca els municipis i les entitats locals menors de la Comunitat Valenciana perquè formulen la seua sol·licitud d’ajuda, en relació amb les obres de condicionament de camins rurals, per a l’exercici de 2009. [2009/10802]
RESOLUCION de 21 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convoca a los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana para que formulen sus solicitudes de ayuda, en relación con las obras de acondicionamiento de caminos rurales, para el ejercicio de 2009. [2009/10802]
Apartado primero.- Se convoca a los municipios y entidades locales menores de la CV para que soliciten las ayudas reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2008, de esta Conseller
ia, publicada en el DOCV nº 5902, de 27 de noviembre de 2008.
Los municipios y entidades locales menores que hayan presentado su solicitud al amparo de la Resolución de convocatoria de 28 de noviembre de 2008, y que no hayan sido seleccionadas por falta de crédito, podrán participar en esta nueva convocatoria tan solo reiterando la citada solicitud, por lo que será valida, a todos los efectos, la documentación anteriormente aportada.
Apartado segundo.- Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos del programa 531,10, capítulo 7, línea T0170, «Obras y servicios de infraestructura agraria en municipios».
El importe global máximo de las subvenciones que aquí se convocan, queda fijado en 1.800.000 € imputable, íntegramente, al ejercicio de 2009.
Apartado tercero.- La subvención tiene la finalidad de mejorar las infraestructuras viarias, de titularidad municipal, de la Comunitat Valenciana, al tiempo que se promueven prácticas de cultivo o explotación en común.

Serán obras subvencionables todas aquellas que signifiquen una mejora permanente de la superestructura de los caminos rurales, bien con firmes asfálticos, hormigón o material granular.
Apartado cuarto.- Los ayuntamientos y entidades locales menores, podrán presentar una única solicitud de subvención para sus obras. Junto con la solicitud se cumplimentarán los documentos que en ella se piden y que se relacionan en el Anexo III de la Orden de 17 de noviembre de 2008, salvo en los casos indicados en el apartado primero.
Dicha solicitud se presentará en las direcciones territoriales de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Apartado quinto.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, siendo la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, el órgano competente para su resolución, a propuesta de la Dirección General de Producción Agraria.
Apartado sexto.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez días, contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución.[del 30 de septiembre al 10 de octubre, si son dias naturales; y hasta el 13 de octubre, si son días hábiles]

se regula el convenio de asistencia sanitaria a pacientes privados. Conselleria de Sanitat .

Conselleria de Sanitat . DECRET 149/2009, de 25 de setembre, del Consell, pel qual regula el conveni d’assistència sanitària a pacients privats. [2009/10952]
DECRETO 149/2009, de 25 de septiembre, del Consell, por el que se regula el convenio de asistencia sanitaria a pacientes privados. [2009/10952]
ÍNDICE
Preámbulo
Artículo 1. Objeto.- 1. El presente decreto tiene por objeto regular el acceso a las prestaciones sanitarias del sistema sanitario público de la Comunitat Valenciana mediante la suscripción voluntaria del convenio de asistencia sanitaria a pacientes privados, previsto en el artículo 13, apartado 7, de la Ley 6/2008, de 2 de junio, de la Generalitat, de Aseguramiento Sanitario del Sistema Sanitario Público de la Comunitat Valenciana.
A los efectos de este decreto, son pacientes privados las personas que, según al artículo 11.2 de la Ley 6/2008, de 2 de junio, de la Generalitat, de Aseguramiento Sanitario del Sistema Sanitario Público de la Comunitat Valenciana, tienen la consideración de no asegurados.
2. El convenio de asistencia sanitaria a pacientes privados regulado en este decreto no genera derecho a la cobertura de la asistencia sanitaria con cargo a la Generalitat fuera del territorio español.
3. El convenio de asistencia sanitaria no es un instrumento de cobertura de asistencia sanitaria pública alternativo a los establecidos en la normativa estatal de la Seguridad Social, en los reglamentos comunitarios en materia de Seguridad Social o en los convenios bilaterales que en dicha materia estén suscritos por España, para la prestación de asistencia sanitaria de la Seguridad Social por enfermedad común, accidente no laboral y maternidad.
Por tanto, no podrán suscribir el convenio de asistencia sanitaria a pacientes privados aquellas personas que puedan acceder a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social en aplicación de la normativa indicada anteriormente, o tengan posibilidad de hacerlo al amparo de un convenio con la administración de la Seguridad Social para la asistencia sanitaria a colectivos sin derecho a la misma.
Artículo 2. Convenio de asistencia sanitaria
Artículo 3. Personas que pueden suscribir el convenio de asistencia sanitaria
Artículo 4. Requisitos para la suscripción del convenio de asistencia sanitaria
Artículo 5. Contenido del convenio
Artículo 6. Duración del convenio y fecha de efectos
Artículo 7. Cuotas económicas
Artículo 8. Pago de las cuotas
Artículo 9. Suspensión y extinción del convenio
Artículo 10. Procedimiento para la suscripción del convenio
Disposición adicional única. Órganos competentes
Disposición transitoria única. Situaciones anteriores
Disposición final primera. Habilitación normativa
Disposición final segunda. Entrada en vigor

Ayudas al desarrollo de microempresas agroalimentarias.

Ayudas al desarrollo de microempresas agroalimentarias.
Objeto del trámite.- 1. Las actuaciones objeto de ayuda serán las derivadas de proyectos de inversiones encuadrados en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, y de la alimentación, con el objetivo de desarrollar, modernizar o ampliar las microempresas agroalimentarias, para la mejora de su competitividad.
2. Se considerarán inversión elegible a efectos del calculo de la ayuda, las inversiones correspondientes a la adquisición de maquinaria y de equipamiento e instalaciones nuevos, incluidos los programas informáticos, ligados a la creación de un establecimiento nuevo, la ampliación o modernización de uno ya existente, o el inicio de una actividad que implique un cambio del producto, o de los procedimientos de producción del establecimiento ya existente, y la implantación de sistemas certificados de calidad.
Interesados/Solicitantes.- 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas a las que se refieren las presentes bases las microempresas que realicen su actividad en el sector de la transformación y comercialización de materias primas agroalimentarias, y tengan su sede social y establecimientos industriales en la Comunitat.
2. El concepto de microempresa se determinará teniendo en cuenta la definición de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión (2003/361/CE de 06.05.2003), que la define en su articulo 2, punto 3, como aquella empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios o cuyo balance anual no supera los 2 millones de euros.
3.Podrán tener la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, o actividades que motivan la concesión de la subvención.
En este caso, deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. Asimismo deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de 4 años a contar desde la fecha de concesión de la ayuda.
Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
1. Las ayudas consistirán en una subvención del 50% de la inversión elegible, quedando supeditadas en la fase de pago a la justificación de la inversión realmente ejecutada y pagada por el beneficiario.
2. La cantidad máxima que podrá recibir un beneficiario será la correspondiente a 100.000 euros de inversión por proyecto de actividad.
No se tramitarán las solicitudes de ayuda para proyectos de inversión inferiores a 6.000 euros.
3. Un peticionario solo podrá realizar una solicitud de ayuda en la presente convocatoria y en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis, un mismo beneficiario, solo podrá optar una ayuda máxima de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Plazo de presentación.- Las solicitudes se presentarán en el plazo de cinco días a contar desde el día de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6111, de 28/09/09.[del 29 de septiembre al 3 de octubre,a.i.]
¿Dónde dirigirse? - La solicitudes se presentarán por duplicado en el Registro de Entrada de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, o en los lugares y por los medios a que se refiere el artículo 38.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dirigidas a la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo del Medio Rural.
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
C/ AMADEU DE SABOIA, 2
46010 Valencia
Tel: 012
¿Qué documentación se debe presentar?
- Instancia de solicitud de ayuda, por duplicado, que irá dirigida a la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo del Medio Rural.
- Memoria de inversiones.
- Resumen de Inversiones previstas por partidas presupuestarias
- Declaración responsable sobre la edad y sexo de los trabajadores de la empresa.
- Declaración responsable de cumplir las condiciones del Decreto 279/2004, sobre el fomento de empleo de personas con discapacidad.
- Declaración de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario de subvenciones.
- Declaración responsable de subvenciones solicitadas o concedidas por organismos públicos o privados para el mismo objeto (fase de solicitud y pago).
- Declaración responsable de ayudas públicas sujetas a régimen de minimis.
- Declaración sobre la información relativa a la condición de PYME
- Mantenimiento de Terceros.
- 3 ofertas de diferentes proveedores, en el caso de que el importe del gasto supere la cifra de 12.000 € por factura proforma, con justificación en caso de que la oferta elegida no sea la más económica.
- Última licencia de apertura o puesta en funcionamiento del establecimiento (para empresas en funcionamiento).
Impresos asociados:
[ANEXO A0] SOLICITUD DE AYUDA PARA EL DESARROLLO DE LAS MICROEMPRESAS AGROALIMENTARIAS

[ANEXO A1] MEMORIA DE INVERSIONES
[ANEXO A2] RESUMEN DE LAS INVERSIONES PREVISTAS POR PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
[ANEXO A3] DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA EDAD Y SEXO DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA
[EMPL_DISCAP] DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR LAS CONDICIONES DEL DECRETO 279/2004, SOBRE FOMENTO DE EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
[COND_BENEF] DECLARACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA PROHIBICIÓN PARA SER BENEFICIARIO/A DE SUBVENCIONES
DECLARACIÓN DE SUBVENCIONES SOLICITADAS O CONCEDIDAS POR ORGANISMOS PÚBLICOS O PRIVADOS PARA EL MISMO OBJETO
[MINIMIS] DECLARACIÓN DE AYUDAS MINIMIS
MODELO DE DECLARACIÓN DE LA CONDICIÓN DE PYME
[TERCEROS] MANTENIMIENTO DE TERCEROS - CAPA
[ANEXO B0] SOLICITUD DE PAGO DE LAS AYUDAS
[ANEXO B1] LISTA DE JUSTIFICANTES DEL GASTO TOTAL (relativa a la presente petición de pago)
[ANEXO B2] CERTIFICADO FINAL DE TÉCNICO COMPETENTE
Fuentes jurídicas y/o documentales . Normativa:
- Orden de 10 de diciembre de 2008, de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan para el año 2009 las ayudas al desarrollo de microempresas agroalimentarias (DOCV nº 5923, de 30/12/08).
- Orden de 17 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convoca para el año 2009 una segunda fase de las ayudas al desarrollo de microempresas agroalimentarias (DOCV nº 6111, de 28/09/09).
Ver Orden de 17 de septiembre de 2009
Ver Orden de 10 de diciembre de 2008

Bolsa de Trabajo: Maestros para Atender Sustituciones, Curso 2009-10. (especialidades: Audición y Lenguaje, Francés e Inglés)

Maestros para Atender Sustituciones en Centros Públicos de la Comunitat Valenciana Curso 2009-2010. (especialidades: Audición y Lenguaje, Francés, Inglés)
Conselleria de Educación
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 Valencia
Web: http://www.edu.gva.es/per/index.asp
CONVOCATORIA DE BOLSAS DE TRABAJO EN EL CUERPO DE MAESTROS PARA ATENDER SUSTITUCIONES EN CENTROS PÚBLICOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA DURANTE EL CURSO 2009-2010.
dirección de internet: http://www.edu.gva.es/per/docs/bolsas/instan_bolsa_prim.pdf
Convocatoria .- BOLSA DE TRABAJO / Valoración de méritos
Grupo B ( A2 )- Diplomatura, Ingeniería o Arquitectura técnicas, FP III o equivalente
Requisitos específicos. - Estar en posesión de alguna de las titulaciones específicas que se expresan en el anexo II.
TITULACIONES DE LAS ESPECIALIDADES REQUERIDAS A LA TITULACIÓN DE MAESTRO/A AUDICIÓN Y LENGUAJE:
- Título de maestro/a (Audición y Lenguaje) por las Escuelas Universitarias de Magisterio.
- Título o diploma de Profesor Especializado en Perturbaciones del Lenguaje y Audición o certificación acreditativa de haber superado los cursos de la especialidad convocados o autorizados por la Conselleria de Educación, por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de Educación, o por el Ministerio de Educación.
- Certificado expedido por el Ministerio de Sanidad:
- Psicopatología del Lenguaje y su Rehabilitación.
- Rehabilitación del Lenguaje.
- Rehabilitación Audifonológica y Técnicas Logopédicas.
- Diploma de Patología del Llenguaje. Hospital de la Santa Cruz y San Pablo (Barcelona).
- Diploma de Logopedia. Universidad Pontificia de Salamanca.
- Diploma de Psicología del Lenguaje. Universidad Pontifica de Salamanca.
- Diploma de Logopedia correspondiente a los cursos celebrados mediante convenio entre las diferentes administraciones educativas y universidades.
FRANCÉS:
- Licenciados/as en Filología Lengua Castellana y Francés.
- Título de maestro/a: Especialidad Lengua extranjera (troncales de Francés).
- Diplomado/a en las Escuelas Universitarias del Profesorado de Educación General Básica, especialidad de Filología: Francés.
- Licenciado/a en Filología Francesa, o tener superados tres cursos completos de estalicenciatura.
- Diplomado/a en Francés por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traductores e interpretes).
- Certificado de aptitud en Francés de la Escuela Oficial de Idiomas.
- Haber superado los cursos de la especialidad, convocados o autorizados por la Conselleria de Educación, por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de Educación, o por el Ministerio de Educación.
INGLÉS:
- Diplomado/a en las Escuelas Universitarias del Profesorado de EGB, especialidad de Inglés.
- Título de maestro/a: Especialidad Lengua extranjera (troncales de Inglés).
- Licenciado/a en Filología Inglesa, o tener superados tres cursos completos de esta licenciatura.
- Diplomado/a en Inglés por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traductores e interpretes).
- Certificado de aptitud en Inglés de la Escuela Oficial de Idiomas.
- Haber superado los cursos de la especialidad, convocados o autorizados por la Conselleria de Educación, por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de Educación, o por el Ministerio de Educación.
Requisitos generales
Enlace directo a la Web del Organismo Seguimiento
Plazo de presentación de documentación.- El plazo de presentación de documentación será desde el día 28 de septiembre de 2009 al 15 de octubre de 2009, ambos inclusive, de conformidad con las instrucciones de la Dirección General de Personal de la Conselleria de Educación.

bolsa de empleo temporal de educador del taller ocupacional ( C1 ) del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola

AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA. La Junta de Gobierno en sesión celebrada el 14 de septiembre de 2009 adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Examinado el expediente para la constitución de una bolsa de empleo temporal para el desempeño provisional del puesto de educador del taller ocupacional ( C1 ), mediante la contratación de personal laboral temporal.
Vista la Ordenanza General de Normas de Funcionamiento de Bolsas de trabajo para la contratación temporal de personal laboral y funcionario interino del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, aprobadas inicialmente por acuerdo
del Pleno de fecha 27 de mayo de 2008, y elevándose a definitiva mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 152 de fecha 8 de agosto de 2008.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros, acuerda:
Primero.- Aprobar la constitución de la bolsa de empleo temporal para el puesto de trabajo de educador del taller ocupacional mediante la contratación de personal laboral temporal.
De conformidad con lo dispuesto en la norma primera apartado 4, la constitución de estas nuevas bolsas de trabajo determinará la anulación de las existentes.
Segundo.- Ordenar la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE EDUCADOR DEL TALLER OCUPACIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA.
Primera.- Objeto.- El objeto de las presentes bases es regular la constitución y funcionamiento de la bolsa de empleo temporal de educador del taller ocupacional del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, mediante la contratación de personal laboral temporal.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que se les aplique la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, dentro de lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, acreditándolo mediante copias compulsadas de los mismos.
Los requisitos específicos conforme a lo dispuesto en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento son estar en posesión del titulo de bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalentes, o tener aprobada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Tercera.- Inscripción en la Bolsa.- Se regirá por lo previsto en el apartado cuarto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o de que entienda la administración, deberán abonarse en el número de cuenta 2090 1112 40 0064000159, 6 € en concepto de derechos de examen. El modelo para el abono de la indicada tasa está en la página web del Ayuntamiento
www.portademariola.com .
Cuarta.- Documentación a aportar junto con la instancia.- Se regirá por lo previsto en el apartado quinto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
Séptima.- Sistema de selección.-
La selección tendrá dos fases.
a) Consistirá en la realización de un ejercicio que constará de una o varias pruebas prácticas, a determinar por la Comisión de Baremación, relacionada con los cometidos propios del puesto de trabajo.
La Comisión determinará antes del comienzo del ejercicio la duración máxima de la prueba.
La realización de la prueba tendrá lugar el décimo día hábil posterior a la finalización del periodo de presentación de instancias
, a las 10,00 de la mañana en la Casa de Cultura.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5.
b) Consistirá en la baremación de méritos según lo dispuesto en el apartado noveno de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
La calificación definitiva se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en los apartados a) y b), procediéndose a formular la propuesta de bolsa de trabajo según la puntuación final.
Octava.- Funcionamiento de la bolsa.- Se regirá por lo previsto en el apartado octavo de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
Novena.- Efectos de la Constitución de la bolsa.- La constitución de nueva bolsa producirá la extinción de la precedente. En consecuencia la presente bolsa mantendrá su vigencia hasta la constitución de una nueva.

lunes, 28 de septiembre de 2009

Licitación contratos públicos: Limpieza de edificios públicos, centros docentes e instalaciones deportivas de Gandía (La Safor-València)

Anuncio del Ayuntamiento de Gandía de licitación del contrato de servicio consistente en limpieza de edificios públicos, centros docentes e instalaciones deportivas. C-97/2009.
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de lainformación:
a) Organismo:
Ayuntamiento de Gandía.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación yPatrimonio.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia: Servicio de Contratación y Patrimonio.
2) Domicilio: Plaza Mayor n.º 1 Planta Primera.
3) Localidad y código postal: Gandía 46701.
4) Teléfono: 962959460

5) Telefax: 962959616
6) Correo electrónico:
tvidal@gandia.org .
7) Dirección de Internet del perfil del contratante:
www.gandia.org .
8) Fecha límite de obtención de documentación e información: 19/10/2009.
d) Número de expediente: C-97/2009.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo: Servicio.
b) Descripción:
Limpieza de edificios públicos, centros docentes e instalaciones deportivas del municipio de Gandía.
d) Lugar de ejecución/entrega:
2) Localidad y código postal: Gandía.

e) Plazo de ejecución/entrega: 2 años.
f) Admisión de prórroga: Si, duración máxima incluidas las prórrogas, 4 años.
i) CPV (Referencia de Nomenclatura): 90911200
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
d) Criterios de adjudicación: Varios criterios, determinados en los pliegos decláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
4. Presupuesto base de licitación:
a) Importe neto: 3.879.143,36 euros. IVA (%): 16. Importe total: 4.499.806,30euros.
5. Garantías exigidas. Provisional (importe): 116.374,30 euros. Definitiva (%): 5
6. Requisitos específicos del contratista:
a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): U 1 d.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: La establecida en los pliegos.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: 26/10/2009.

«Premio de Bibliografía de la Biblioteca Nacional» 2009.

MINISTERIO DE CULTURA. Resolución de 29 de julio de 2009, de la Biblioteca Nacional, por la que se convoca el «Premio de Bibliografía de la Biblioteca Nacional» correspondiente al año 2009.
Se convoca el «Premio de Bibliografía de la Biblioteca Nacional» correspondiente al año 2009, cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
El premio estará dotado con 9.000,00 euros y podrá ser publicado por la Biblioteca Nacional en cualquier tipo de soporte.
Podrán concurrir al premio autores de cualquier nacionalidad.
Los participantes en la presente convocatoria deberán dirigirse a la Dirección General de la Biblioteca Nacional y presentar sus trabajos en el Registro General de dicha institución, Paseo de Recoletos, 20, 28071-Madrid o emplear cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 30 de octubre de 2009.
La Biblioteca Nacional facilitará información sobre la convocatoria y su desarrollo en la propia Biblioteca Nacional (Paseo de Recoletos, 20, 28071-Madrid), en el
teléfono 91 580 78 32 y a través de la página de Internet http://www.bne.es/, donde se expondrá la presente convocatoria así como la composición del Jurado y el fallo del premio.

5 Agentes Policía Local. Ajuntament d'Alcoi (L'Alcoià)

Resolución de 9 de septiembre de 2009, del Ajuntament de Alcoi (L'Alcoià), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» número 171, de 8 de septiembre de 2009, se han publicado las bases de las convocatorias que se citan a continuación:
Agente Policía Local, de Administración Especial, Servicios Especiales, 5 plazas (4 plazas del turno ordinario por oposición libre y 1 del turno de movilidad).
Las instancias podrán presentarse durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la inserción de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».[del 29 de septiembre al 19 de octubre, a.i.]
Los sucesivos anuncios relacionados con la presente convocatoria se publicarán únicamente en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

1 Administrativo (Administración Especial). Ajuntament Muro d'Alcoi.

Resolución de 17 de septiembre de 2009, del Ayuntamiento de Muro del Alcoy (L'Alcoià-Alacant), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
Han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 173, de 10 de septiembre de 2009, y extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 6103, de 16 de septiembre de 2009, las bases que han de regir la provisión de una plaza de Administrativo de Administración Especial, por concurso-oposición libre.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. [del 29 de septiembre al 19 de octubre, a.i.]
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria se publicarán en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» y tablón de edictos de la Casa Consistorial.

domingo, 27 de septiembre de 2009

1 TÉCNICO DE TURISMO ( A2 ), laboral temporal -maternidad-. Ajuntament de Xàbia

Ajuntament de Xàbia. BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE 1 PLAZA DE TÉCNICO DE TURISMO.
PLAZA CONVOCADA:
Una plaza de Técnico de Turismo, con carácter interino, al objeto de sustituir a la titular de la plaza con reserva de puesto de trabajo, durante el periodo de
baja maternal.
El sistema de selección de los aspirantes será el de
concurso de méritos.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Para participar en esta convocatoria es necesario:
- Tener el título de Diplomado en Turismo o Técnico en Actividades Turísticas.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se presentarán, dentro del plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en un periódico de amplia difusión de ámbito, al menos, provincial. [del 27 de septiembre al 6 de octubre, a.i.](Levante-emv, sábado 26-09-2009).

* derechos de examen (50 €)
* página Web de este Ayuntamiento (http://www.ajxabia.com/ )