domingo, 26 de diciembre de 2010

2 Técnico Medio: 1 de Informática y 1 de Gestión (A2). Bases. Ajuntament de Mislata.

Edicto del Ayuntamiento de Mislata sobre convocatoria y bases proceso selectivo para la provisión de una plaza de técnico medio de informática. pàgina 55 y ss.
Edicto del Ayuntamiento de Mislata sobre convocatoria y bases del proceso selectivo para la provisión de una plaza de técnico medio de gestión. página 57 y ss.
[Miércoles, 22 de Diciembre de 2010 - BOP 303]
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Aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de noviembre de 2010, convocatoria y bases especificas, que han de regir (junto con las bases generales que fueron publicadas en el BOP nº2, de fecha 3 de enero de 1996), el proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico Medio de Informatica, vacante en la Plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, por la presente se hace publico la convocatoria, que se ha de regir de acuerdo con las siguientes bases:
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Aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de noviembre de 2010, convocatoria y bases especificas, que han de regir (junto con las bases generales que fueron publicadas en el BOP nº2, de fecha 3 de enero de 1996), el proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico Medio de Gestión, vacante en la Plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, por la presente se hace publico la convocatoria, que se ha de regir de acuerdo con las siguientes bases:
1.- Denominación de la plaza: Técnico Medio de Gestión.
2.- Naturaleza: Funcionario de carrera, Subgrupo A2, (antes grupo B) escala de Administración general, subescala técnica, clase técnicos medios.
3.- Número de plazas: UNA,
4.- Requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o estar comprendido en alguno de los supuestos del articulo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Publico
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo publico.
e) Titulación exigida: Estar en posesión del titulo de diplomado universitario, ingeniero técnico, arquitecto técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.

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