Ayudas
Orden CIN/3214/2010, de 10 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2011 del procedimiento de concesión de las ayudas correspondientes al subprograma Inncorpora, para la contratación de tecnólogos con titulaciones de formación profesional de grado superior o equivalente, dentro del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.
PDF (BOE-A-2010-19278 - 21 págs. - 351 KB)Orden CIN/3214/2010, de 10 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2011 del procedimiento de concesión de las ayudas correspondientes al subprograma Inncorpora, para la contratación de tecnólogos con titulaciones de formación profesional de grado superior o equivalente, dentro del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.
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1. Objeto.- 1. El objeto de la presente orden ministerial es aprobar la convocatoria del subprograma Inncorpora correspondiente al año 2011 para la concesión de ayudas a empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales, y parques científicos y tecnológicos para la nueva contratación a jornada completa de tecnólogos con titulaciones de formación profesional de grado superior o equivalentes (en adelante tecnólogos FPGS) según el convenio colectivo y su formación inicial obligatoria, para la participación en la realización de un proyecto concreto de I+D, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.
2. La convocatoria de ayudas regulada por la presente orden se realiza al amparo de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos en el marco de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.
3. Objetivo de la Convocatoria. El objetivo de la convocatoria, al amparo del apartado 2 del artículo Primero de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, es apoyar la contratación de personal cualificado en el sector empresarial y organismos privados de investigación sin fines de lucro, para de este modo estimular la transferencia de conocimiento y tecnología al sector productivo y promover la innovación empresarial.
Se reforzará la contratación y formación inicial obligatoria de tecnólogos FPGS para la participación en la realización de un proyecto concreto de I+D en el periodo 2011-2013 por parte de empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales, y parques científicos y tecnológicos, según lo dispuesto en el artículo Tercero de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero.
4. Beneficiarios de las ayudas. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se concedan al amparo de este subprograma:
a) las empresas,
b) los centros tecnológicos,
c) los centros de apoyo a la innovación tecnológica,
d) las asociaciones empresariales,
e) los parques científicos y tecnológicos.
5. Tipo de actuaciones objeto de las ayudas. 1. La actividad objeto de la ayuda será la contratación de un tecnólogo FPGS, los costes indirectos y su formación inicial obligatoria para participar en un proyecto de I+D en el periodo de ejecución.
A efectos de esta convocatoria se entiende como periodo de ejecución de la actividad el periodo de intersección entre el periodo de la ejecución del proyecto de I+D y la duración del contrato del tecnólogo.
2. El plazo de ejecución de la actividad que se subvencionará será como máximo de 36 meses a partir del 10 de enero de 2011. En el caso de contrataciones de duración inferior, se entenderá que el plazo de ejecución de cada anualidad, será consecutivo con la fecha de fin del plazo de ejecución de la anualidad anterior, atendiendo a lo dispuesto en la Resolución de Concesión de la ayuda.
3. Los tecnólogos FPGS que se contraten con cargo a este subprograma tendrán que cumplir las condiciones expuestas en el artículo 6 de esta orden.
4. Además, dicho tecnólogos FPGS deberán participar en la realización de proyectos concretos de investigación industrial, de desarrollo experimental o en estudios de viabilidad técnica previos, definidos en el artículo 2 de esta orden.
5. La contratación de estos tecnólogos FPGS deberá ser a jornada completa de acuerdo con el convenio colectivo, con la legislación laboral vigente y con una duración mínima de doce meses.
6. La fecha de formalización de los contratos y la de incorporación efectiva del tecnólogo FPGS a su puesto de trabajo serán posteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y anteriores a la finalización del plazo de 20 días hábiles señalado en el apartado 2 del artículo 18.
7. Se podrá solicitar una ayuda para contratos ya formalizados en el momento de presentar la solicitud a este Subprograma, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad a la publicación de esta convocatoria.
8. No podrá estar en vigor cualquier otro contrato de carácter laboral por parte del tecnólogo FPGS contratado.
9. Las localizaciones de los puestos de trabajo de los tecnólogos FPGS a contratar deberán estar ubicadas en España.
6. Requisitos de los tecnólogos FPGS. 1. A los efectos de este subprograma se entiende por tecnólogo con título de formación profesional de Grado Superior (tecnólogo FPGS), una persona con un mes de experiencia laboral o académica demostrable como participante en proyectos de I+D+i en áreas relevantes para las actividades que desarrolle o pretenda desarrollar la entidad solicitante y que esté en posesión del título de Técnico Superior de Formación Profesional a que se refiere el artículo 44 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, o título equivalente.
14. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria será desde el 10 de enero de 2011 hasta el 10 de febrero de 2011, ambos incluidos.
15. Presentación y contenido de las solicitudes. 1. La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es).
2. La convocatoria de ayudas regulada por la presente orden se realiza al amparo de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos en el marco de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.
3. Objetivo de la Convocatoria. El objetivo de la convocatoria, al amparo del apartado 2 del artículo Primero de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, es apoyar la contratación de personal cualificado en el sector empresarial y organismos privados de investigación sin fines de lucro, para de este modo estimular la transferencia de conocimiento y tecnología al sector productivo y promover la innovación empresarial.
Se reforzará la contratación y formación inicial obligatoria de tecnólogos FPGS para la participación en la realización de un proyecto concreto de I+D en el periodo 2011-2013 por parte de empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales, y parques científicos y tecnológicos, según lo dispuesto en el artículo Tercero de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero.
4. Beneficiarios de las ayudas. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se concedan al amparo de este subprograma:
a) las empresas,
b) los centros tecnológicos,
c) los centros de apoyo a la innovación tecnológica,
d) las asociaciones empresariales,
e) los parques científicos y tecnológicos.
5. Tipo de actuaciones objeto de las ayudas. 1. La actividad objeto de la ayuda será la contratación de un tecnólogo FPGS, los costes indirectos y su formación inicial obligatoria para participar en un proyecto de I+D en el periodo de ejecución.
A efectos de esta convocatoria se entiende como periodo de ejecución de la actividad el periodo de intersección entre el periodo de la ejecución del proyecto de I+D y la duración del contrato del tecnólogo.
2. El plazo de ejecución de la actividad que se subvencionará será como máximo de 36 meses a partir del 10 de enero de 2011. En el caso de contrataciones de duración inferior, se entenderá que el plazo de ejecución de cada anualidad, será consecutivo con la fecha de fin del plazo de ejecución de la anualidad anterior, atendiendo a lo dispuesto en la Resolución de Concesión de la ayuda.
3. Los tecnólogos FPGS que se contraten con cargo a este subprograma tendrán que cumplir las condiciones expuestas en el artículo 6 de esta orden.
4. Además, dicho tecnólogos FPGS deberán participar en la realización de proyectos concretos de investigación industrial, de desarrollo experimental o en estudios de viabilidad técnica previos, definidos en el artículo 2 de esta orden.
5. La contratación de estos tecnólogos FPGS deberá ser a jornada completa de acuerdo con el convenio colectivo, con la legislación laboral vigente y con una duración mínima de doce meses.
6. La fecha de formalización de los contratos y la de incorporación efectiva del tecnólogo FPGS a su puesto de trabajo serán posteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y anteriores a la finalización del plazo de 20 días hábiles señalado en el apartado 2 del artículo 18.
7. Se podrá solicitar una ayuda para contratos ya formalizados en el momento de presentar la solicitud a este Subprograma, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad a la publicación de esta convocatoria.
8. No podrá estar en vigor cualquier otro contrato de carácter laboral por parte del tecnólogo FPGS contratado.
9. Las localizaciones de los puestos de trabajo de los tecnólogos FPGS a contratar deberán estar ubicadas en España.
6. Requisitos de los tecnólogos FPGS. 1. A los efectos de este subprograma se entiende por tecnólogo con título de formación profesional de Grado Superior (tecnólogo FPGS), una persona con un mes de experiencia laboral o académica demostrable como participante en proyectos de I+D+i en áreas relevantes para las actividades que desarrolle o pretenda desarrollar la entidad solicitante y que esté en posesión del título de Técnico Superior de Formación Profesional a que se refiere el artículo 44 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, o título equivalente.
14. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria será desde el 10 de enero de 2011 hasta el 10 de febrero de 2011, ambos incluidos.
15. Presentación y contenido de las solicitudes. 1. La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación (https://sede.micinn.gob.es).
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