miércoles, 30 de mayo de 2012

2 becas de formación en archivística y gestión documental relacionadas con los fondos documentales del Tribunal Constitucional.

BECAS DE FORMACIÓN EN ARCHIVÍSTICA Y GESTIÓN DOCUMENTAL RELACIONADAS CON LOS FONDOS DOCUMENTALES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En el ámbito de las actividades de tratamiento de su Patrimonio Documental, el Tribunal Constitucional convoca el presente concurso con el fin de adjudicar dos becas para la realización de actividades de formación archivística y en gestión documental teórico-práctica relacionadas con la gestión documental y archivística del Tribunal Constitucional, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.
Objeto y condiciones. 1. Las becas tienen por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con la gestión documental y archivística de los documentos del Tribunal Constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal Constitucional.
2. Se convocan dos becas, que tendrán una duración máxima de doce mensualidades. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas podrán ser prorrogadas, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación de los interesados, por un máximo de doce meses, con arreglo a las disponibilidades presupuestarias.
Dotación de las becas. La dotación de cada beca será de 1.200 euros brutos mensuales.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Para optar a estas becas se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos:
• Licenciado universitario, ingeniero, arquitecto o equivalente.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1 de enero de 2007.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público.
2. Serán méritos preferentes a valorar:
a) Expediente académico del interesado.
b) Formación específica en materia de gestión documental y archivística: cursos de postgrado, de especialización, etc.
c) Experiencia laboral en tareas de gestión documental y archivística, desarrolladas preferentemente en instituciones públicas mediante relación contractual o de colaboración.
d) Conocimientos de informática: aplicaciones de sistemas de bases de datos relacionales y documentales. Se valorarán muy especialmente el conocimiento y experiencia en el uso de programas de gestión documental y de análisis y modelización de procedimientos.
Requisitos de las solicitudes. 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como Anexo I al presente Acuerdo que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es y deberán dirigirse al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal Constitucional, C/ Domenico Scarlatti, 6. 28003 Madrid, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El resumen del currículum vítae deberá expresarse en el formulario que se publica como Anexo 2 a la presente convocatoria y que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es.
4. Los participantes en la convocatoria podrán presentar una memoria en la que se expongan, de forma ordenada y clara, las razones que motivan al aspirante a optar a las citadas becas, su perspectiva sobre la documentación del Tribunal Constitucional y sobre la metodología a seguir para su gestión. La memoria tendrá un máximo de doscientas líneas y podrá presentarse en el plazo máximo de un mes días a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de mayo al 29 de junio de 2012, a.i.} La valoración de las memorias se ajustará a los criterios establecidos en la base sexta.

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