miércoles, 23 de mayo de 2012

Bases 2 plazas de Auxiliar Administrativo, como personal Laboral Fijo. Ajuntament de La Nucía (Marina Baixa-Alacant).

Ajuntament de La Nucía (Marina Baixa-Alacant). Bases 2 plazas de Auxiliar Administrativo, como personal Laboral Fijo. [butlletí oficial de la província - alacant, 22 maig 2012 - n.º 96]
Bases para la convocatoria de dos plazas de Auxiliar Administrativo, como personal Laboral Fijo, con destino a diferentes Servicios en este Ayuntamiento y de acuerdo con la Oferta de Empleo Público 2011.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/19923, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte (20) días naturales contados desde el siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
El pago de las tasas correspondientes deberá realizarse en la siguiente cuenta bancaria: Entidad: 3045 – Oficina: 0002 – D.C.: 51 – Cuenta número: 1661961126; y serán de 40 € según la Ordenanza Fiscal correspondiente.
BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, LABORAL FIJO
BASE 1ª OBJETO. El objeto de las presentes bases es la contratación de 2 plazas de Auxiliar Administrativo, mediante oposición, en régimen laboral fijo, incluidas la Oferta de Empleo 2011.
Esta plaza tiene las siguientes características:
- Grupo: C2; Clasificación: Administración General; Subescala: Auxiliar; Clase: Laboral fijo; 
Denominación: Auxiliar Administrativo; 
Adscripción: Cultura y Deportes; 
Plazas vacantes: dos
Plazas nº: 1016 y 1017.
BASE 2ª MODALIDAD DE CONTRATO. La modalidad del contrato es: Contrato de trabajo indefinido, regulado particularmente por el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29 de marzo) y la Ley 12/2001, de 9 de julio (BOE de 10 de julio).
La contratación se acomodará, en todo caso, a las exigencias que demanden los servicios municipales.
La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse a las personas a contratar, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
BASE 3ª REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 3.1- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en cualquier caso, los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
b) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria o equivalente.

f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución Judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.2- Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la formalización del contrato laboral temporal.
BASE 4ª SOLICITUDES. 4.1 Forma. Una vez aprobada la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, conteniendo el anuncio dicha convocatoria y las bases que la han de regir; y extracto en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Nucía, pudiendo utilizarse el modelo normalizado de instancia que se facilitará el Registro de Entradas de este Ayuntamiento.
Cuando el proceso selectivo incluya una fase de concurso, los candidatos que aleguen méritos deberán aportar los documentos (copias simples) que sirvan de prueba para la justificación de aquellos. No serán tenidos en cuenta méritos que no sean alegados y aquellos de los que no se adjunte la correspondiente acreditación a la solicitud.
4.2 Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.3 Lugar de presentación.
El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de La Nucía o en la forma que determine el Art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
En la instancia bastará que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 3ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, además deberá ir acompañada inexcusablemente de la siguiente documentación:
a- Fotocopia del DNI o documento equivalente a efectos
de esta convocatoria.
b- Fotocopia del Título exigido.
c- Currículum Vitae.
d- Justificante del pago de los derechos de examen, y que deberá ingresarse en la siguiente cuenta bancaria de Caixa Altea:
Entidad: 3045 Oficina: 0002 Dígito Control: 51 Cta. Nº: 1661961126
El importe de los derechos de examen asciende a la cantidad de cuarenta euros (40 €). El importe sólo será devuelto cuando el aspirante no fuera admitido por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la pruebas. El impago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión del aspirante. www.lanucia.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia